Managua, 4 agosto del año 2007.

DICTAMEN


Managua, 08 de junio del 2009






DECRETO A. N. No. 5860
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE IGLESIAS APOSTOLICAS JESUCRISTO FUENTE DE VIDA ETERNA, la que podrá identificarse con las siglas “ADIAJFUVE”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de El viejo, Departamento de Chinandega.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION DE IGLESIAS APOSTOLICAS JESUCRISTO FUENTE DE VIDA ETERNA, la que podrá identificarse con las siglas “ADIAJFUVE”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional



Managua, 4 agosto del año 2007.
Managua, 08 de junio del 2009