EXPOSICION DE MOTIVOS

Licenciado
Eduardo Gómez López.
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado presidente:

El suscrito representante ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 50, 138 numeral 1, 5 y 140 de la Constitución Política, en el numeral 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y con fundamento también en las disposiciones pertinentes de la Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro, ley número 147, publicada en la Gaceta Diario Oficial número 102, del 29 de mayo de 1992, somete por su medio a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica para la entidad, sin fines de lucro denominada: “ASOCIACIÓN EDUCACION POR LA VIDA”.

Esta Asociación fue constituida en escritura pública número cuarenta y siete que autorizó, el Notario Uriel Barquero Arévalo en la ciudad de Masatepe, a las diez de la mañana del día veintidós de Junio del año dos mil seis.

La “ASOCIACIÓN EDUCACION POR LA VIDA” fue creada entre otros con los objetivos siguientes: a) Contribuir a la educación y formación integral de los niños y jóvenes mediante actividades extracurriculares que coadyuven a su pleno desarrollo intelectual, moral, ético y formación vocacional. b) construir, desarrollar y mantener un centro educativo comunitario, en el que los niños y jóvenes tengan la oportunidad de cultivar y desarrollar sus habilidades, artísticas, intelectuales y culturales. c) Impulsar campañas, nacionales o internacionales tendientes a la consecución de material didáctico y educativo, principalmente libros y textos, con los que los jóvenes desarrollen el hábito de la lectura como medio de superación, conocimiento y recreación. d) Impulsar, desarrollar y cultivar en los niños y jóvenes, valores y principios que posibiliten la forja de una conciencia critica, responsable y tolerante en el ámbito de contribuir a la formación de futuros ciudadanos, honestos y comprometidos con el desarrollo social de la comunidad. e) Impulsar, organizar y entrenar equipos y ligas deportivas como elemento complementario a la educación formal, ello en el ámbito de conseguir un pleno desarrollo físico y mental de los niños y jóvenes. f) Identificar, contactar y desarrollar vínculos de relación mediante ayuda mutua e intercambio con organismos privados o estatales, nacionales o extranjeros que tengan o guardan identidad o afinidad con los objetivos de nuestra Asociación.

En la consecución de los objetivos antes enunciados esta Asociación podrá desarrollar las siguientes actividades, derechos u obligaciones: a) Adquirir o transferir derechos. b) Gestionar, obtener y contratar créditos o financiamientos, lo mismo que adquirir donaciones provenientes tanto de personas naturales o jurídicas. c) constituir garantías sobre bienes de la Asociación, adquirir herencias o legados, librar cheques, poseer cuentas bancarias o disponer de títulos de crédito. En fin la Asociación que se constituye podrá realizar todas aquellas actividades, organizativas, legales, financieras y administrativas que sean lícitas y coadyuven a la consecución de sus objetivos.

Por lo antes expuesto, solicito a los honorables Diputados dar su aprobación a la presente iniciativa en el plenario enviándola a la comisión respectiva, para ser dictaminada, para recibir posteriormente su aprobación final, todo de conformidad a lo establecido por el artículo 43 y siguientes del estatuto de la Asamblea Nacional.

Managua, dieciocho de Julio del año dos mil seis.


DIPUTADO