Managua, 22 de Junio del 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Primer Secretario:

Con fundamento en el artículo 140, numeral 1) de la Constitución Política de la República; el artículo 14, numeral 2) y artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, le presento esta Iniciativa de Ley denominada “LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR DOS LOTES DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO DE NICARAGUA A FAVOR DE LA FUNDACION AMIGOS DEL ZOOLOGICO NICARAGUENSE (FAZOONIC)”, junto con la correspondiente Exposición de Motivos y su debida fundamentación.

La presente Iniciativa de Ley tiene por objeto donar a la referida Fundación dos lotes de terreno colindantes con el Zoológico Nacional, propiedad del Estado de la República de Nicaragua, para desarrollar programas y proyectos en aras de proteger y rescatar la fauna nicaragüense.

En tal virtud, solicitamos se le brinde el trámite correspondiente a esta Iniciativa de Ley, a fin de que la misma sea sometida a la consideración del Plenario de la Honorable Asamblea Nacional para su conocimiento y debida aprobación.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, adjuntamos dos copias de ley en formato físico y una en formato digital de la presente iniciativa de Ley.

Agradeciendo su fina atención a la presente, le reitero las mayores muestras de mi consideración y estima.


Carlos García Bonilla
Diputado


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 22 de Junio del 2010


Ingeniero
RENÉ NIÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:
Con fundamento en el artículo 140, numeral 1) de la Constitución Política de la República; el artículo 14, numeral 2) y los artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, presento esta Iniciativa de Ley denominada LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR DOS LOTES DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO DE NICARAGUA A FAVOR DE LA “FUNDACION AMIGOS DEL ZOOLOGICO NICARAGUENSE (FAZOONIC)”, para su debido tramite de proceso de formación de ley.

FUNDAMENTO

La presente Iniciativa de Ley denominada LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR DOS LOTES DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO DE NICARAGUA A FAVOR DE LA “FUNDACION AMIGOS DEL ZOOLOGICO NICARAGUENSE (FAZOONIC)”, tiene como objetivo donar a la referida Fundación dos lotes de terreno colindantes con el Zoológico Nacional, propiedad del Estado de la República de Nicaragua, para desarrollar programas y proyectos en aras de proteger y rescatar la fauna nicaragüense.

La Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC), es una Entidad legalmente constituida conforme la Ley Nº 147 “Ley General Sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, cuya Personalidad Jurídica le fue otorgada mediante Decreto AN No. 1772 del catorce de octubre de mil novecientos noventa y siete y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 217 del trece de noviembre del mismo año. Así mismo, se encuentra debidamente inscrita ante el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación bajo el Número Perpetuo 1,032; Folio: 434/445; Tomo: V Libro: 4º, del Registro que dicho Departamento tiene a su cargo y goza de plena capacidad para ejercer sus derechos y contraer obligaciones de acuerdo a sus fines y objetivos, según Constancia de Cumplimiento emitida por el Doctor Gustavo A. Sirias Q, Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones el dieciocho de septiembre del pasado año dos mil nueve, en tanto ha cumplido con los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley Nº 147 sobre Persona Jurídicas sin fines de lucro en sus incisos e), f), y g).

Esta Fundación desde el año 1997 ha venido administrando el Zoológico Nacional, en ese año el Zoológico contaba únicamente con una colección de apenas ciento treinta y cinco animales, pero gracias al arduo trabajo realizado por dicha Fundación desde ese entonces a la fecha se han reproducido especies que se encuentran en peligro de extinción, por lo que actualmente el Zoológico cuenta con una colección animal de más de cuatrocientos, los cuales se encuentran albergados en un espacio de apenas 1.7 manzanas, lo que resultaba extremadamente pequeño para la atención y el desarrollo de los mismos.

Para la mejor atención y el buen desarrollo de la cantidad de animales que alberga el Zoológico Nacional, por gestiones de su administración, en el año 2005 se adquirió en arriendo un lote de terreno colindante al mismo (Centro Xilonem), de 2.5 manzanas, administrado por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), por el cual se paga un canon simbólico mensual de novecientos cincuenta córdobas (C$ 950.00), en este terreno hay reproducción de Dantos o Tapir, Búfalos y otras especies de Zoológico, además de funcionar el CENTRO DE RESCATE FAZOONIC, el único en Nicaragua donde se recibe de manos del MARENA, Policía y Fiscalía Ambiental animales decomisados y de personas que los tenían como mascotas, los cuales se reciben muy maltratados, procediéndose a curarlos y rehabilitarlos para luego reintroducirlos a su medio natural, esta área aloja a más de 450 animalitos que necesitan espacio y un lugar adecuado para recibir su rehabilitación.

Así mismo, se adquirió en arriendo otro lote de terreno también colindante al Zoológico, administrado por la Corporación Nacional del Sector Público (CORNAP), por el cual se paga un canon simbólico anual de cien dólares (U$ 100.00), el que sirve como parqueo.

Actualmente esta Fundación pretende desarrollar un Proyecto de ampliación y modernización del Zoológico Nacional, cuyos objetivos principales son:

1) Desarrollar y modernizar el Zoológico Nacional, manteniendo un nivel educativo y turístico aceptable.

2) Definir la zona de Fauna Exótica de la Nacional e incorporar un Centro de Rescate como parte de la reorganización de las especies del Zoológico Nacional.

3) Velar por la conservación preservación, protección, investigación de la vida silvestre.

4) Proveer un lugar confortable y seguro de alojamiento para todas y cada una de las especies que serán agrupadas en la zona del proyecto.

5) Formación de las personas que realicen practicas profesionales en el ámbito de esta materia.

Este Proyecto se estaría realizando en dos etapas, en la primera se construirán el Centro de Rescate, el Centro de Rehabilitación y el Centro de Producción en conjunto con la construcción del vivero y del Arboretum y en la segunda etapa se construirán los recintos de la Fauna Exótica, compuesta por Leones, Tigres, Linces, Primates, Avestruz, Emús, Danto o Tapir, Coyotes, Zahino-Jabali, Búfalo, Zebras, a cuya ejecución se requiere de la donación de los dos lotes de terreno objeto de esta Iniciativa de Ley, siendo esta la única vía para adquirirlos.

La Ejecución de este proyecto tiene como perspectiva conservar la flora y la fauna nacional principalmente aquellas que están en peligro de extinción; transformar el zoológico en un centro turístico y educativo que promueva el estudio y la investigación científica de las diferentes especies de nuestra flora y fauna nacional como exótica; proveer una alternativa segura, atractiva y confortable para cada una de las especies que serán reubicadas de su recinto actual; garantizar la comodidad necesaria para el descanso y la convivencia diaria a través de una alternativa que cuente con un escenario óptimo y adecuado de los huéspedes, donde se incorporará elementos naturales de acuerdo a su hábitat; y garantizar una contribución económica al Zoológico, a través de visitas a la nueva zona del proyecto con miras hacer del Zoológico una institución auto sostenible.

La Constitución Política de la República, respecto de los derechos sociales de los nicaragüenses señala como tales: la educación y la cultura; la recreación y el esparcimiento. Establece además como obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales, con lo que se estaría contribuyendo de llevarse acabo la ejecución del proyecto.

Es del dominio público que la Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC), se ha destacado por su ardua labor en pro de la educación, promoviendo visitas escolares en todo el país, desde niños de preescolar hasta estudiantes universitarios; ha sobre salido en la reproducción de especies en peligros de extinción; en la protección y rescate de la fauna nicaragüense; y sobre todo ha demostrado responsabilidad y eficiencia en la administración del Zoológico Nacional, lo cual ha tenido gran impacto nacional en ese ámbito, cumpliendo así una función social que redunda en beneficio del pueblo de Nicaragua.

La Ley Nº 169, “LEY DE DISPOSICION DE BIENES DEL ESTADO Y ENTES REGULADORES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS”, establece que el Poder Ejecutivo para disponer de los bienes propiedad del Estado que superen el monto de los C$ 200,000.00, requerirá de una Ley aprobada por la Asamblea Nacional para la enajenación de los mismos, siendo este el caso que nos ocupa.

En virtud del conjunto de consideraciones de carácter general y las especificas relacionadas en esta Exposición de Motivos, presentamos esta Iniciativa de Ley denominada LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR DOS LOTES DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO DE NICARAGUA A FAVOR DE LA “FUNDACION AMIGOS DEL ZOOLOGICO NICARAGUENSE (FAZOONIC)”, para su conocimiento y debida aprobación por el Plenario de esta Asamblea Nacional.

Firmo por lo que hace a la Exposición de Motivos y a la Fundamentación de la presente iniciativa de Ley.




Carlos García Bonilla
Diputado
LEY Nº………….

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


Hace saber al pueblo nicaragüense que
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA.

En uso de sus facultades,


HA DICTADO

La siguiente:
LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR DOS LOTES DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO DE NICARAGUA A FAVOR DE LA “FUNDACION AMIGOS DEL ZOOLOGICO NICARAGUENSE (FAZOONIC)”.


Artículo 1.-

Se autoriza al Poder Ejecutivo para proceder a la donación de dos lotes de terreno propiedad del Estado de Nicaragua: 1) Lote de terreno que forma parte del inmueble inscrito con el Nº 37,697; Tomo: 90; Folio: 202/203; Asiento: 2do del Registro Público de Masaya, actualmente bajo la administración de la CORNAP, con un área de cinco mil varas cuadradas, con los linderos especiales siguientes: Norte: Resto del inmueble; Sur: Inmueble arrendado a la Cascada; Este: Camino de acceso al Zoológico Nacional; y Oeste: Inmueble administrado por CORNAP. 2) Lote de terreno que forma parte del inmueble inscrito bajo el Nº: 66,427; Tomo: 475; Folio: 231; Asiento: 1ro. del Registro de Masaya, propiedad del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, con un área de de dos manzanas y media, con los linderos siguientes: Norte: CROPENIC; Sur: Zoológico, Edgard Lang Sacasa; Este: Banco Nicaragüense; Oeste: Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.

Arto 2.-

La donación deberá hacerse a favor de la “Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC)”, cuya personalidad jurídica fue otorgada mediante Decreto AN No. 1772 del 14 de octubre de 1997, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 217 del 13 de noviembre del mismo año e inscrita bajo el Número Perpetuo 1,032; Folio: 434/445; Tomo: V Libro: 4º, del Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación.

Arto 3.-

El Poder Ejecutivo autorizará mediante Acuerdo al Procurador General de la República para que comparezca ante la Notaría del Estado a suscribir la respectiva Escritura de Donación a favor de la “Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC)”.

Arto 4.-

La Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC)”, no podrá enajenar en manera alguna los bienes inmuebles objeto de la presente donación ni darles un uso distinto a los fines y objetivos de la misma.

Arto 5.-

La presente ley entrara en vigor a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los __________ días del mes de ____________ del año dos mil diez. Santos René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Carlos Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.