Managua, 25 de Noviembre del año 2009
Honorable
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
.-
Estimado Doctor Navarro Moreira:
En mi carácter de Presidente de la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA”
la
que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P);
estoy presentando
ante usted, solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION,
la que será de carácter religioso, sin fines de Lucro, social, no partidista y educativa, con duración indefinida, La Asociación tendrá su domicilio, en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. De
La Sandak Iván Montenegro (4) cuatro cuadras arriba, y 2 1/2 dos media al lago.-
De conformidad a los trámites de ley, señalados por nuestra Constitución Política y la Ley No.147. “Ley sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial No.102 del 29 de Mayo de mil novecientos noventa y dos (1992).-
Habiéndose cumplido con todos los requisitos correspondientes, solicito a la Honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional, la aprobación de la Concesión de Personería Jurídica en referencia, basados en las Leyes de la Materia.
Adjunto a la presente: Exposición de Motivos, Escritura de Constitución y Estatutos, diskette con los Archivos y Proyecto de Decreto en original y tres copias.
Me suscribo de usted, con muestra de estima y consideración.
Atentamente,
DENIS CASIANO HERNÁNDEZ,
HERNÁNDEZ,
PRESIDENTE
Cédula: 001-150362-0059W
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 25 de Noviembre del año 2009
Honorable
Ingeniero. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Estimado Señor Presidente:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el Artículo 14, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la GDO.No.102 del 29 de Mayo de mil novecientos noventa y dos (1992); presento la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.)
; Asociación de carácter religiosa, sin fines de lucro, social, no partidista y educativa, con duración indefinida, con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. Del Sandak Iván Montenegro (4) cuatro cuadras arriba, y 2 1/2 dos media al lago.-
constituida en Escritura Pública Número Quince (15); autorizada en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua,
a las dos de la tarde del día veintiuno de Noviembre del año dos mil Nueve.-
Ante los oficios notariales de la Lic. María Auxiliadora Munguía García, Abogada y Notario Público de la República de Nicaragua.-
FUNDAMENTACION:
Esta Asociación se establece con los siguientes objetivos:
1.-).- Predicar el evangelio y la Sana Doctrina de nuestro Señor y Salvador
Jesucristo, por todos los medios permitidos por la ley, y por las autoridades civiles.-
2).-Establecer congregaciones, así como la construcción de sus templos exclusivamente para la adoración de nuestro Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo y específicamente para la sanidad interior y liberación de las personas que están cautivas por el pecado y el mal.-
3).- Realizar capacitaciones tales como: Talleres, Conferencias en pequeñas y grandes escalas, así como convocatorias masivas del Pueblo del Señor y todas aquellas personas no convertidas que quieran participar con el único objetivo de contribuir y ayudar al fortalecimiento de la moral y sus valores para un futuro mejor.-
4).- Seminarios que contribuyan al fortalecimiento y desarrollo de los valores morales, espirituales, autoestima y superación personal.
5.- Organizar y dirigir eventos públicos de carácter religioso, como campañas, cruzadas evangelísticas, conciertos de música cristiana, los cuales se pueden llevar a efecto en Plazas Públicas, Estadios y puede ser bajo techo o a campo abierto, por medios escritos, hablados, radiales y televisivos.
6.-Llevar a efecto o impulsar programas y proyectos de Desarrollo Social, cultural, educativo y espiritual en las diferentes comunidades del Campo y la Ciudad, que vayan en beneficio de las personas miembros de Nuestra Asociación como de la Comunidad donde la misma habita.-
7.- Impulsar programas radiales, televisivos, periodísticos y de cualquier otro orden difusivo que lleve a sembrar el amor de Dios a los corazones de Hombres, Mujeres, Jóvenes y Niños en el último rincón del País. Así como establecer el vínculo Familiar, exponiendo temas en relación al Matrimonio en la vida espiritual.
8).- Brindar ayuda a todas aquellas personas de escasos recursos económicos, conforme las bendiciones que Dios nos hará llegar a nuestro Templo.-
9).- Crear nuevos Centros de estudios en los niveles de Pre-Escolar, Primaria y Secundaria y establecer conforme a las necesidades de las diferentes comunidades, comedores infantiles que sean administrados por nuestra Asociación.
10).-Llevar a efecto la realización de actividades con grupos de nuestra Sociedad en riesgo tales como: Pandilleros, drogadictos, Prostitución y Alcoholismo y otros males que dañan nuestra Sociedad.-
11).- Establecer y promover espacios de intercambios y cooperación con Organismos o Instituciones homólogas a fines, ya sea privadas, estatales, Nacionales e Internacionales que sean convenientes para la constitución y consecuencias de los fines y objetivos de la Asociación.-
12).- Desarrollar Proyectos para capacitar aquellas personas que por falta de recursos económicos no pudieron adquirir una formación profesional, se les capacitará en Cursos de Belleza, Costura, Repostería, Manualidades, los que será en nuestro Ministerio y que en un futuro puedan ser útiles en esta Sociedad.-
13).-
LA ASOCIACION,
podrá solicitar financiamiento a cualquier Institución u Organismo Internacional, cumpliendo con lo que establecen sus Estatutos y demás Leyes que rigen la Materia.
14).-Gestionar ayuda Médica Internacional a través de Brigadas Médicas con el objetivo de ayudar a aquellas personas de escasos recursos y brindarles atención médica y medicamentos.-
15).-Visitará los diferentes Distritos Policiales, Sistemas Penitenciarios (Cárceles de Hombres y Mujeres); llevando la palabra de Dios a los privados de libertad, proporcionando ayuda material y velando porque sean reintegrados a la Sociedad.-
Solicito someter a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa; a fin de que sea aceptada y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
Atentamente,
DIPUTADO INDEPENDIENTE
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
DECRETO A.N. No.________
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otòrgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la
que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.);
Asociación de carácter religiosa, sin fines de lucro, de duración indefinida, eminentemente apolítica, social y educativa, con domicilio en Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la que
podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.);
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua a los ________________del mes de_____________ del año dos mil ____________
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 29 de noviembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. Presentada por el Diputado: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar el evangelio y la Sana Doctrina de nuestros Señor y Salvador Jesucristo, por todos los medios permitidos por la ley, y por las autoridades civiles, 2) Establecer congregaciones, así como la construcción de sus templos exclusivamente para la adoración de nuestro Dios, Padre hijo y Espíritu Santo y específicamente para la sanidad interior y liberación de las personas que están cautivos por el pecado y el mal.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DENIS CASIANO HERNANDEZ HERNANDEZ, Vicepresidente (a), CHARIS DEL SOCORRO RIVAS LOPEZ, Secretario (a), YELBA IGNACIA HERNANDEZ HERNANDEZ, Tesorero, (a), DIANA MARIA ACUÑA VARGAS, Fiscal, NATIVIDAD DEL SOCORRO LOPEZ CASTILLO, Primer Vocal, MARGARITA ISABEL MARTINEZ, Segundo Vocal, MARVIN JOSE RIVAS LOPEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6270
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA”,
la que podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, capital de Nicaragua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA”,
la que podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el dos del mes de Febrero del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 25 de Noviembre del año 2009
Honorable
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
.-
Estimado Doctor Navarro Moreira:
En mi carácter de Presidente de la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA”
la
que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P);
estoy presentando
ante usted, solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION,
la que será de carácter religioso, sin fines de Lucro, social, no partidista y educativa, con duración indefinida, La Asociación tendrá su domicilio, en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. De
La Sandak Iván Montenegro (4) cuatro cuadras arriba, y 2 1/2 dos media al lago.-
De conformidad a los trámites de ley, señalados por nuestra Constitución Política y la Ley No.147. “Ley sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial No.102 del 29 de Mayo de mil novecientos noventa y dos (1992).-
Habiéndose cumplido con todos los requisitos correspondientes, solicito a la Honorable Junta Directiva de la Asamblea Nacional, la aprobación de la Concesión de Personería Jurídica en referencia, basados en las Leyes de la Materia.
Adjunto a la presente: Exposición de Motivos, Escritura de Constitución y Estatutos, diskette con los Archivos y Proyecto de Decreto en original y tres copias.
Me suscribo de usted, con muestra de estima y consideración.
Atentamente,
DENIS CASIANO HERNÁNDEZ,
HERNÁNDEZ,
PRESIDENTE
Cédula: 001-150362-0059W
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 25 de Noviembre del año 2009
Honorable
Ingeniero. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Estimado Señor Presidente:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el Artículo 14, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la GDO.No.102 del 29 de Mayo de mil novecientos noventa y dos (1992); presento la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.)
; Asociación de carácter religiosa, sin fines de lucro, social, no partidista y educativa, con duración indefinida, con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. Del Sandak Iván Montenegro (4) cuatro cuadras arriba, y 2 1/2 dos media al lago.-
constituida en Escritura Pública Número Quince (15); autorizada en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua,
a las dos de la tarde del día veintiuno de Noviembre del año dos mil Nueve.-
Ante los oficios notariales de la Lic. María Auxiliadora Munguía García, Abogada y Notario Público de la República de Nicaragua.-
FUNDAMENTACION:
Esta Asociación se establece con los siguientes objetivos:
1.-).- Predicar el evangelio y la Sana Doctrina de nuestro Señor y Salvador
Jesucristo, por todos los medios permitidos por la ley, y por las autoridades civiles.-
2).-Establecer congregaciones, así como la construcción de sus templos exclusivamente para la adoración de nuestro Dios, Padre, Hijo y Espíritu Santo y específicamente para la sanidad interior y liberación de las personas que están cautivas por el pecado y el mal.-
3).- Realizar capacitaciones tales como: Talleres, Conferencias en pequeñas y grandes escalas, así como convocatorias masivas del Pueblo del Señor y todas aquellas personas no convertidas que quieran participar con el único objetivo de contribuir y ayudar al fortalecimiento de la moral y sus valores para un futuro mejor.-
4).- Seminarios que contribuyan al fortalecimiento y desarrollo de los valores morales, espirituales, autoestima y superación personal.
5.- Organizar y dirigir eventos públicos de carácter religioso, como campañas, cruzadas evangelísticas, conciertos de música cristiana, los cuales se pueden llevar a efecto en Plazas Públicas, Estadios y puede ser bajo techo o a campo abierto, por medios escritos, hablados, radiales y televisivos.
6.-Llevar a efecto o impulsar programas y proyectos de Desarrollo Social, cultural, educativo y espiritual en las diferentes comunidades del Campo y la Ciudad, que vayan en beneficio de las personas miembros de Nuestra Asociación como de la Comunidad donde la misma habita.-
7.- Impulsar programas radiales, televisivos, periodísticos y de cualquier otro orden difusivo que lleve a sembrar el amor de Dios a los corazones de Hombres, Mujeres, Jóvenes y Niños en el último rincón del País. Así como establecer el vínculo Familiar, exponiendo temas en relación al Matrimonio en la vida espiritual.
8).- Brindar ayuda a todas aquellas personas de escasos recursos económicos, conforme las bendiciones que Dios nos hará llegar a nuestro Templo.-
9).- Crear nuevos Centros de estudios en los niveles de Pre-Escolar, Primaria y Secundaria y establecer conforme a las necesidades de las diferentes comunidades, comedores infantiles que sean administrados por nuestra Asociación.
10).-Llevar a efecto la realización de actividades con grupos de nuestra Sociedad en riesgo tales como: Pandilleros, drogadictos, Prostitución y Alcoholismo y otros males que dañan nuestra Sociedad.-
11).- Establecer y promover espacios de intercambios y cooperación con Organismos o Instituciones homólogas a fines, ya sea privadas, estatales, Nacionales e Internacionales que sean convenientes para la constitución y consecuencias de los fines y objetivos de la Asociación.-
12).- Desarrollar Proyectos para capacitar aquellas personas que por falta de recursos económicos no pudieron adquirir una formación profesional, se les capacitará en Cursos de Belleza, Costura, Repostería, Manualidades, los que será en nuestro Ministerio y que en un futuro puedan ser útiles en esta Sociedad.-
13).-
LA ASOCIACION,
podrá solicitar financiamiento a cualquier Institución u Organismo Internacional, cumpliendo con lo que establecen sus Estatutos y demás Leyes que rigen la Materia.
14).-Gestionar ayuda Médica Internacional a través de Brigadas Médicas con el objetivo de ayudar a aquellas personas de escasos recursos y brindarles atención médica y medicamentos.-
15).-Visitará los diferentes Distritos Policiales, Sistemas Penitenciarios (Cárceles de Hombres y Mujeres); llevando la palabra de Dios a los privados de libertad, proporcionando ayuda material y velando porque sean reintegrados a la Sociedad.-
Solicito someter a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa; a fin de que sea aceptada y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
Atentamente,
DIPUTADO INDEPENDIENTE
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
DECRETO A.N. No.________
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otòrgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la
que podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.);
Asociación de carácter religiosa, sin fines de lucro, de duración indefinida, eminentemente apolítica, social y educativa, con domicilio en Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTÓLICA “UNCIÓN PROFÉTICA” (A.I.A.U.P.);
la que
podrá identificarse de forma abreviada;
(A.I.A.U.P.);
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua a los ________________del mes de_____________ del año dos mil ____________
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 29 de noviembre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua. Presentada por el Diputado: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar el evangelio y la Sana Doctrina de nuestros Señor y Salvador Jesucristo, por todos los medios permitidos por la ley, y por las autoridades civiles, 2) Establecer congregaciones, así como la construcción de sus templos exclusivamente para la adoración de nuestro Dios, Padre hijo y Espíritu Santo y específicamente para la sanidad interior y liberación de las personas que están cautivos por el pecado y el mal.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DENIS CASIANO HERNANDEZ HERNANDEZ, Vicepresidente (a), CHARIS DEL SOCORRO RIVAS LOPEZ, Secretario (a), YELBA IGNACIA HERNANDEZ HERNANDEZ, Tesorero, (a), DIANA MARIA ACUÑA VARGAS, Fiscal, NATIVIDAD DEL SOCORRO LOPEZ CASTILLO, Primer Vocal, MARGARITA ISABEL MARTINEZ, Segundo Vocal, MARVIN JOSE RIVAS LOPEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la Ciudad de Managua, Capital de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N INTERNACIONAL APOSTOLICA “UNCION PROFÉTICA”,
la que
podrá identificarse de forma abreviada con las siglas
(A.I.A.U.P.),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO