Escribo esta correspondencia en mi carácter de presidente de la “FUNDACIONKARINA MARÍA PEÑA LÓPEZ”,.Y que abreviadamente se dé nominará (DR KARINA) la cual es una Fundación de carácter no gubernamental sin fines de lucro, que tiene como objetivos 1) desarrollar actividades en beneficio de las personas víctimas de las diligencias médicas, y que sufren una enfermedad 2, crear proyectos de capacitación que sensibilicen a los médicos y personal de salud empro de hacer honor asu juramento Hipócrates el padre de la medicina 3 crear programas radiales y televisivos, que ayuden a orientar a la población sobre diligencias medicas Ayudar legalmente aquellas personas víctimas de las diligencias médicas y acompáñalas emocional y psicológicamente en sus dificultades, todo atreves de la “FUNDACIÓN DOCTORA KARINA MARÍA PEÑA LÓPEZ”,. Y que abreviadamente se denominará (DR KARINA) con domicilio en el municipio de Managua, Departamento de Managua con una duración indefinida, constituida en Escritura Pública No. 899 autorizada ante el Notario Público, Efrain Antonio Martínez Meza, a las tres de la tarde del día dieciocho de octubre del año dos mil catorce.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 7 de la Ley General sobre Personas jurídicas sin fines de lucro, publicada en La Gaceta, Diario oficial Número 102, del día 29 de Mayo de 1992, Ley No. 147, solicito formalmente sus buenos oficios a fin de someter a la consideración de los honorables miembros de la Asamblea Nacional, la aprobación de Personería Jurídica para la Fundación Civil sin fines de Lucro denominada “FUNDACIÓN DOCTORA KARINA MARÍA PEÑA LÓPEZ”,. Y que abreviadamente se denominará (DR KARINA)
1. Escritura Pública de Constitución y Estatutos insertos y dos copias
2. Exposición de Motivos
3. Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.
Atentamente;
Estimado Ingeniero Núñez:
Esta Fundación se constituyó con los objetivos 1) desarrollar actividades en beneficio de las personas víctimas de las diligencias médicas, y que sufren una enfermedad 2, crear proyectos de capacitación que sensibilicen a los médicos y personal de salud empro de hacer honor a su juramento Hipócrates el padre de la medicina 3 crear programas radiales y televisivos, que ayuden a orientar a la población sobre diligencias medicas Ayudar legalmente aquellas personas víctimas de las diligencias médicas y acompáñalas emocional y psicológicamente en sus dificultades,
FUNDAMENTACIÓN:
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce en la Ley Ordinaria N°. 147 “Ley General de Personas Jurídicas”. Con fundamento en el inciso 5, del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los artos. 11 Numeral, 1, 90, 91 y 92 de la Ley No. 606. Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus Reformas Incorporadas considero que la “FUNDACION DOCTORA KARINA MARÍA PEÑA LÓPEZ”,. Y que abreviadamente se denominará (DR KARINA) fundación civil sin fines de lucro, será de gran beneficio para la población.
Razón por la cual someto a consideración, de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el Plenario y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.
Atentamente,
SANTIAGO ANTONIO ABURTO OVANDO
ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ LIC. .ALBA PALACIOS BENAVIDEZ Presidente A.N. Primer Secretaria A.N