Managua, 18 de septiembre del año dos mil nueve.
Dr. Wilfredo Navarro.
Primera secretaria Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable primer secretario.
El suscrito presidente de la asociación
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE)
solicita de conformidad con lo dispuesto en el articulo 7 de la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, el otorgamiento de personalidad jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE) a
sosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Trecientos Cincuenta Y Siete ciento diecisiete (357) ante los oficios notariales de la Abogada
KARLA MARINA VARGAS MENDIOLA
,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de septiembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escriura pública número trecientos cincuenta y siete (357) antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1. construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2. Construir acilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3. construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (PASTOR, MAESTRO, EVANGELISTA, APOSTOL Y PROFETA) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la asosiación ( original y dos copias )
2- Exposición de motivos
3- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo
Atentamente,
NIDIA DEL CARMEN LOPEZ SANCHEZ.
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN MICPE.
Managua, 18 de septiembre del año dos mil nueve.
Lic. Rene Núñez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable señor Diputado
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del articulo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE) a
sosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Trecientos Cincuenta Y Siete ciento diecisiete (357) ante los oficios notariales de la Abogado
KARLA MARINA VARGAS MENDIOLA
,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de septiembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escriura pública número trecientos cincuenta y siete (357) antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1. construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2. Construir acilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3. construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (PASTOR, MAESTRO, EVANGELISTA, APOSTOL Y PROFETA) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Managua, 18 de septiembre del año dos mil nueve.
Lic. Rene Núñez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del articulo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE) a
sosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Trecientos Cincuenta Y Siete ciento diecisiete (357) ante los oficios notariales de la Abogado
KARLA MARINA VARGAS MENDIOLA
,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de septiembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escriura pública número trecientos cincuenta y siete (357) antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1. construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2. Construir acilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3. construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (PASTOR, MAESTRO, EVANGELISTA, APOSTOL Y PROFETA) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL
En uso de sus facultades
Ha Dictado El siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la Personalidad Jurídica de la asociación:
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE)
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de TEUSTEPE (EMPALME DE BOACO.), departamento de BOACO.
Arto. 2
La representación legal de esta asosiación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La asosiación :
“ASOCIACION MINISTERIO INTERNACIONAL CATEDRAL PROFETICA DEL EVANGELIO” (MICPE)
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes dela República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamble Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil nueve.
RENE NUÑEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional