Managua, 13 de junio de 2007


Dr. Wilfredo Navarro
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Estimado Dr. Navarro.
Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Leoncio Gumercindo Sáenz Sáenz, para que sea tramitada de conformidad a la Ley. Acompaño a la presente Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto, con el debido soporte electrónico.

Sin más a que referirnos y en espera de su atención, le saludamos.

Atentamente,


Ing. Sadrach Zeledón Rocha Lic. Francisco Valenzuela Blandón
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN


Lic. Filiberto Rodríguez López Lic. José Ramón Sarria Morales
Diputado Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN


Lic. Iris Marina Montenegro Lic. Evertz Carcamo Narváez
Diputada Diputado
Bancada Alianza FSLN Bancada Alianza FSLN

Cc. archivo.-


EXPOSICION DE MOTIVOS
Ing. René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 19 y 140 numeral 1 ambos de la Constitución Política de la República y de los artículos 14 Inc 2, 30 numeral 20, 89 numeral 12, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a Favor del Señor Leoncio Gumercindo Sáenz Sáenz.

El Decreto 1141, “Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria” del 22 de Noviembre de 1982, y sus reformas, presenta el asidero legal para conceder Pensiones de Gracia; a las personas inválidas o mayores de (60) sesenta años de edad que se encuentran en estado de necesidad o desamparo, de conformidad a las necesidades económicas del país, c) A los que hayan contribuido con su aporte a la cultura, también dispone que estas pensiones se otorgan, siempre que los beneficiarios no tengan familiares con posibilidades económicas para cumplir sus obligaciones, fundamento legal en el que se sustenta esta Reforma.

El Señor Leoncio Gumercindo Sáenz Sáenz, es un reconocido artista nicaragüense, máximo exponente de la Pintura Indigenista en Nicaragua. Nació en la Comunidad de Palcila Matagalpa, el 13 de abril de 1935, a temprana edad ganó el Premio Nacional de Pintura. Fue alumno del Maestro Rodrigo Peñalba en la Escuela de Bellas Artes de Managua. Fundador del Grupo Praxis, junto a Alejandro Arostegui, Orlando Sovalbarro, Genaro Lugo.

Obras Realizadas:
§ Mural El Tiangue, Supermercado de Plaza España.
§ Monumento a la Paz, Mural “Muerte y Resurrección”
§ Leyendas Nicaragüenses, Monumento Mártires de Batahola.
§ Mural “El Jaguar y la Luna”, Centro Cultural Managua
§ Ilustraciones de Libros: “La Hora Cero”, “El Pez y la Serpiente”, Revista Taller # 4, Homenaje a Leonel Rugama.

La mayor parte de sus obras (Dibujos, murales, pinturas y esculturas), se encuentran dispersas por el mundo en colecciones, catálogos, posters, revistas y libros. En nuestro País Nicaragua, su obra se encuentra recogida en cinco grandes colecciones:
§ Fundación Carlos Garzón
§ Galería Epikentro
§ Museo Julio Cortazar
§ Pinacoteca del Banco Central
§ Galería Josefina.
Dentro de sus exposiciones se destacan las siguientes:
§ 1960- II Bienal Internacional de Pintura, México D.F.
§ 1966- Arte Latinoamericano Contemporáneo New York.
§ 1966- Unión Panamericana, Washington D.C.
§ 1968- Festival Americano de Pintura, Lima Perú.
§ 1969- X Bienal de Sao Paulo, Brasil.
§ 1974- Arte Hispanoamericano, Las Palmas España.
§ 1976- Arte Latinoamericano, Washington D.C.
§ 1977- Arte Ibero América, Madrid España.
§ 1979- Casa de las Ameritas, Habana Cuba.
§ 1981- Pintura Contemporánea de Nicaragua, México D.F.
§ 1984- XVIII Bienal Sao Paulo Brasil.
§ 1986- Museo de Arte Hispánico de New York.
§ 1991- Maestro del Grupo Praxis Primera Generación, BANIC (Exposición)
§ 1992- Expo Sevilla 92, España.
§ 1993-Arte sobre Papel, Museo de Arte Contemporáneo OEA.
§ 1994- IX Bienal de Arte, Valparaíso Chile.
§ 1997- I Bienal de Pintura Nicaragüense, Teatro Rubén Darío.

Los Reconocimientos que ha obtenido son:
§ 1981- Premio Pintura, Certamen Nacional de Artes Plásticas.
§ 1982- Premio Dibujo, Certamen Nacional de Artes Plásticas.
§ 1988- Orden de la Independencia Cultural Rubén Darío.
§ 2000- Ciudadano del Siglo, Banco del Café, FUNDEMOS, Instituto de Cultura.
§ 2000- Honor al Mérito, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua por su aporte al dibujo prehispánico, patrimonio cultural de la Nación.
§ 2006- Orden Carlos Garzón, Unión Nicaragüense de Artistas Plásticos UNAP.

FUNDAMENTACIÓN.-

Existe asidero jurídico y moral que sustenta la posibilidad de reconocerle una pensión de gracia a este magnífico artista de pinturas como lo es el Señor Leoncio Gumercindo Sáenz Sáenz, quien constituye un gran valor cultural en vida. En la actualidad tiene 73 años de edad, vive en el Barrio Primero de Mayo de Matagalpa, es un hombre soltero, sin hijos y bajo el cuido de su hermana Doña Victorina Sáenz. Su estado de salud es precario, está muy enfermo y se moviliza en silla de ruedas.

Estos méritos justifican y hacen merecedor al señor Leoncio Gumercindo Sánez Sáenz, para que la Honorable Asamblea Nacional apruebe la Pensión de Gracia que sirva como un pequeño reconocimiento a su aporte a la cultura nacional, hasta por un monto de Cinco mil córdobas netos (C$ 5,000.00) mensuales.

Pedimos el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional, siendo que la presente iniciativa no se opone a la Constitución Política de la República de Nicaragua, se ni a ninguna ley ordinaria, para que le de el trámite de ley, se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.

Managua, trece de junio del año 2007.


Ing. Sadrach Zeledón Rocha Lic. Francisco Valenzuela Blandón
Diputado Diputado
Alianza Bancada FSLN Alianza Bancada FSLN

Lic. Filiberto Rodríguez López Lic. José Ramón Sarria Morales
Diputado Diputado
Alianza Bancada FSLN Alianza Bancada FSLN


Lic. Iris Marina Montenegro Lic. Evertz Carcamo Narváez
Diputada Diputado
Alianza Bancada FSLN Alianza Bancada FSLN

Hasta aquí la Exposición de Motivos.

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO No. ________

Arto.1.-Concede Pensión de Gracia y Vitalicia al Señor Leoncio Gumercindo Sáenz Sáenz, por la cantidad de Cinco Mil Córdobas Netos (C$5,000.00) mensuales.-

Arto.2.-La Pensión concedida se entregará de los fondos del Presupuesto General de la República y afectará la correspondiente partida presupuestaria nacional por el monto fijado en el artículo anterior.-

Arto.3.- La Pensión de Gracia no será objeto de venta, traspaso gravamen de ninguna Especie y solo será entregado al beneficiario, o a la persona que él autorice para ello.

Arto.4.-El presente Decreto entrara en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, el _________ del __________________del año dos mil siete.-



Ing. René Núñez Téllez. Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional