Managua, Nicaragua.
20 de Octubre del 2010.

Doctora
WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho:


Estimado Doctor Navarro:

Por este medio le envió solicitud de Personería Jurídica de la Entidad Civil, denominada “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA” “AKISANIS DE MASAYA”, con el propósito primordial de contribuir al desarrollo del Deporte de la Natación, e incentivar el mismo en favor de nuestra Juventud y público en general.

Asimismo refiero sus objetivos, consistentes en la promoción del deporte de la natación en todas sus formas y categorías, así, como promover todo tipo de proyectos, actividades y programas vinculados al deporte de la natación, incluyendo los niveles escolares, masivos populares y de alto rendimiento, en particular, desarrollar los programas y organizar las competencias de natación en el departamento de Masaya.

Esta Asociación se propone desarrollar entre otros, los siguientes fines:

a) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la práctica de la natación en todas sus modalidades (natación competitiva, natación master, natación en aguas abiertas y otras actividades afines) en el departamento de Masaya por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados;

b) Mantener vinculaciones y relaciones con los organismos similares nacionales y del extranjero, así como con las otras entidades internacionales que dentro de sus respectivas áreas dirigen y promueven las actividades relacionadas con el deporte de la natación;

c) Organizar campeonatos y torneos nacionales e internacionales, para desarrollar de esta manera un conocimiento más amplio sobre la Natación, así como un mayor interés general acerca de este deporte.

Por lo antes expuesto y en calidad de diputado, considero que la ASOCIACIÓN sin fines de lucro CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA es de gran beneficio para la población del Departamento de Masaya, y para toda la Sociedad Nicaragüense en general, por lo que, de obtener su correspondiente Personería Jurídica, expreso que es, por lo tanto, fundamental contar con la respectiva aprobación, para trabajar legalmente en pro y beneficio de la comunidad.

Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarle y desearle éxitos en sus actividades.


Atentamente,



JORGE MANRIQUE BENTACOURT G
Presidente


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS





Diputado.
Ing. René Núñez Téllez.
Presidente.
Asamblea Nacional.
Su despacho.

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos. 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA” y constituida mediante Escritura Pública Número noventa y ocho (98), CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y ESTATUTOS, a las ocho de la mañana del día seis de Octubre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Manuel de Jesús Dolmus Toruño.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a La “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA”.

La “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA” es una institución privada, apolítica de carácter civil, no gubernamental, sin fines de lucro, apolítica, integrada por personas naturales con el fin de desarrollar la natación nicaragüense hasta niveles estratégicos y fundamentales para el país, a través de un mandato en equipo con identidad y valores con vocaciones de servicio, respeto mutuo y de puertas abiertas, para tener la fuerza legal y para dar a conocer la natación dirigida a un grupo de nadadores capacitados y preparados para representar al país, que pueda brindar un esfuerzo con el apoyo casi personalizado de nuestros entrenadores y grupo de apoyo internacional para con nuestros nadadores, atendiendo a las necesidades individual.

Esta fundación, se constituyo con los siguientes objetivos generales:

a) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la práctica de la natación en todas sus modalidades (natación competitiva, natación master, natación en aguas abiertas y otras actividades afines) en el departamento de Masaya por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados;

b) Mantener vinculaciones y relaciones con los organismos similares nacionales y del extranjero, así como con las otras entidades internacionales que dentro de sus respectivas áreas dirigen y promueven las actividades relacionadas con el deporte de la natación;

c) Organizar campeonatos y torneos nacionales e internacionales, para desarrollar de esta manera un conocimiento más amplio sobre la Natación, así como un mayor interés general acerca de este deporte.

Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA, es de gran beneficio para la Sociedad Nicaragüense y es fundamental contar con la respectiva aprobación de su Personería Jurídica para trabajar legalmente en pro de la comunidad, y en tal sentido solicito someter a consideración del Honorable Plenario de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por La Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 28 de Octubre del año dos mil diez.

Atentamente;


LIC. XOCHILT OCAMPO
Diputada Propietaria
Bancada Alianza FSLN



.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO EL SIGUIENTE
DECRETO.

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Masaya, departamento de Masaya.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de La Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil diez.


Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 06 de abril del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, con domicilio en la ciudad de Masaya, departamento de Masaya, República de Nicaragua. Presentada por la Diputada: XOCHILT OCAMPO ROCHA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la practica de la natación en todas sus modalidades (natación, competitiva, clavados, polo acuático, nado sincronizado, natación máster, natación en aguas abiertas y otras actividades afines), por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JORGE MANRIQUE BETANCOURT GONZALEZ, Vicepresidente, PERCYS ANTONIO CASTILLO QUINTANILLA, Secretario, NOEL ANTONIO CANTILLO DELGADO, Tesorero, ERIC FIDEL ALTAMIRANO CARCACHE, Vocal, ESTEBAN IGNACIO ALVAREZ CHINCHILLA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA





En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

. Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en. la ciudad de Masaya, departamento de Masaya, República de Nicaragua.



Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6417
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya, departamento de Masaya.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, Nicaragua.
20 de Octubre del 2010.

Doctora
WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho:


Estimado Doctor Navarro:

Por este medio le envió solicitud de Personería Jurídica de la Entidad Civil, denominada “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA” “AKISANIS DE MASAYA”, con el propósito primordial de contribuir al desarrollo del Deporte de la Natación, e incentivar el mismo en favor de nuestra Juventud y público en general.

Asimismo refiero sus objetivos, consistentes en la promoción del deporte de la natación en todas sus formas y categorías, así, como promover todo tipo de proyectos, actividades y programas vinculados al deporte de la natación, incluyendo los niveles escolares, masivos populares y de alto rendimiento, en particular, desarrollar los programas y organizar las competencias de natación en el departamento de Masaya.

Esta Asociación se propone desarrollar entre otros, los siguientes fines:

a) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la práctica de la natación en todas sus modalidades (natación competitiva, natación master, natación en aguas abiertas y otras actividades afines) en el departamento de Masaya por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados;

b) Mantener vinculaciones y relaciones con los organismos similares nacionales y del extranjero, así como con las otras entidades internacionales que dentro de sus respectivas áreas dirigen y promueven las actividades relacionadas con el deporte de la natación;

c) Organizar campeonatos y torneos nacionales e internacionales, para desarrollar de esta manera un conocimiento más amplio sobre la Natación, así como un mayor interés general acerca de este deporte.

Por lo antes expuesto y en calidad de diputado, considero que la ASOCIACIÓN sin fines de lucro CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA es de gran beneficio para la población del Departamento de Masaya, y para toda la Sociedad Nicaragüense en general, por lo que, de obtener su correspondiente Personería Jurídica, expreso que es, por lo tanto, fundamental contar con la respectiva aprobación, para trabajar legalmente en pro y beneficio de la comunidad.

Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarle y desearle éxitos en sus actividades.


Atentamente,



JORGE MANRIQUE BENTACOURT G
Presidente


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS





Diputado.
Ing. René Núñez Téllez.
Presidente.
Asamblea Nacional.
Su despacho.

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos. 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA” y constituida mediante Escritura Pública Número noventa y ocho (98), CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y ESTATUTOS, a las ocho de la mañana del día seis de Octubre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Manuel de Jesús Dolmus Toruño.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a La “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA”.

La “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA” es una institución privada, apolítica de carácter civil, no gubernamental, sin fines de lucro, apolítica, integrada por personas naturales con el fin de desarrollar la natación nicaragüense hasta niveles estratégicos y fundamentales para el país, a través de un mandato en equipo con identidad y valores con vocaciones de servicio, respeto mutuo y de puertas abiertas, para tener la fuerza legal y para dar a conocer la natación dirigida a un grupo de nadadores capacitados y preparados para representar al país, que pueda brindar un esfuerzo con el apoyo casi personalizado de nuestros entrenadores y grupo de apoyo internacional para con nuestros nadadores, atendiendo a las necesidades individual.

Esta fundación, se constituyo con los siguientes objetivos generales:

a) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la práctica de la natación en todas sus modalidades (natación competitiva, natación master, natación en aguas abiertas y otras actividades afines) en el departamento de Masaya por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados;

b) Mantener vinculaciones y relaciones con los organismos similares nacionales y del extranjero, así como con las otras entidades internacionales que dentro de sus respectivas áreas dirigen y promueven las actividades relacionadas con el deporte de la natación;

c) Organizar campeonatos y torneos nacionales e internacionales, para desarrollar de esta manera un conocimiento más amplio sobre la Natación, así como un mayor interés general acerca de este deporte.

Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA, es de gran beneficio para la Sociedad Nicaragüense y es fundamental contar con la respectiva aprobación de su Personería Jurídica para trabajar legalmente en pro de la comunidad, y en tal sentido solicito someter a consideración del Honorable Plenario de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por La Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 28 de Octubre del año dos mil diez.

Atentamente;


LIC. XOCHILT OCAMPO
Diputada Propietaria
Bancada Alianza FSLN



.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO EL SIGUIENTE
DECRETO.

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACIÓN AKISANIS DE MASAYA”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Masaya, departamento de Masaya.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de La Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil diez.


Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 06 de abril del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, con domicilio en la ciudad de Masaya, departamento de Masaya, República de Nicaragua. Presentada por la Diputada: XOCHILT OCAMPO ROCHA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Desarrollar, fomentar, promocionar, organizar, dirigir, administrar, coordinar, controlar y difundir la practica de la natación en todas sus modalidades (natación, competitiva, clavados, polo acuático, nado sincronizado, natación máster, natación en aguas abiertas y otras actividades afines), por intermedio y dentro del ámbito de sus miembros afiliados.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JORGE MANRIQUE BETANCOURT GONZALEZ, Vicepresidente, PERCYS ANTONIO CASTILLO QUINTANILLA, Secretario, NOEL ANTONIO CANTILLO DELGADO, Tesorero, ERIC FIDEL ALTAMIRANO CARCACHE, Vocal, ESTEBAN IGNACIO ALVAREZ CHINCHILLA.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA





En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

. Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en. la ciudad de Masaya, departamento de Masaya, República de Nicaragua.



Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CLUB DE NATACION AKISANIS DE MASAYA”, que también se podrá identificar con el nombre de “AKISANIS DE MASAYA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO