Managua, 02 de Mayo del 2007.
Dr. Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-
Estimado Diputado Navarro
:
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle que sea sometida a consideración de la Asamblea Nacional de Nicaragua
,
la presente solicitud de aprobación de la personalidad Jurídica
“ASOCIACIÓN DE CUMPLIDORES DE LA PAZ”
LA QUE PUEDE ABREVIARSE CON LAS SIGLAS, “ACP”.
Acompaño a la presente solicitud:
a) ACTA DE CONSTITUCIÓN Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS
b) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
c) FORMATO DEL DECRETO LEY.
Sin mas a que referirme y en espera de su atención, me despido..
Atentamente,
Lic. JORGE ALBERTO PEREIRA MARTÍN
PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL
ASOCIACIÓN CUMPLIDORES DE LA PAZ
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El Siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DE CUMPLIDORES DE LA PAZ (ACP)
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Fundación, será ejercida en la forma que determinen, sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACIÓN CUMPLIDORES DE LA PAZ (ACP),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.
Arto. 4 El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario de la Republica.
Dado en la ciudad de Managua, en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ del dia ________ del mes del________ dos mil___________
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
Managua, 02 de Mayo de 2007
Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Sus Manos.-
.
Estimado Presidente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
El Suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el mismo inciso 5 del Art. 138 y 140 de la Constitución Política y el inciso 2 del Arto. 4 y 44 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN CUMPLIDORES DE LA PAZ
, la que puede abreviarse con las sigla
ACP
. Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Numero Ocho, Otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la Republica de Nicaragua, a las ocho de la mañana del dia veintitrés de Diciembre del año dos mil seis, ante los Oficios Notariales de
ROLANDO HERIBERTO MORAN POZO
, Abogado y Notario Publico, de la Republica de Nicaragua.
Esta Asociación se establece con los siguientes objetivos
Contribuir a generar y consolidar un amplio movimiento comprometido con la cultura de paz, reconciliación, unidad nacional y convivencia armoniosa con la naturaleza entre las y los nicaragüenses que fomente el Desarrollo Humano, social, educativo, económico, laboral, productivo, ambiental, ecológico a nivel nacional e internacional.
También son parte de los fines y objetivos los siguientes:
a) Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de los excombatientes, madres de héroes y mártires, viudas, huérfanos, discapacitados y victimas de guerra en general;
b) Búsqueda de Recursos económicos financieros a nivel nacional e internacional , con organismos e instituciones privadas, publicas o estatales para desarrollar proyectos sociales, de infraestructura, productivos y culturales con los cumplidores de la paz;
c) Desarrollar proyectos de construcción de viviendas para los cumplidores de la paz;
d) Desarrollar proyectos económicos, sociales, productivos auto sostenible con los cumplidores de la paz;
e) Desarrollar proyectos de educación, básica, media, técnica vocacional y superior con los cumplidores de la paz, para elevar su nivel educativo;
f) Desarrollar programas, proyectos y acciones que contribuya con la atención medica básica o especializada, y consecución de medios auxiliares para los cumplidores de la paz;
g) Desarrollar bases de datos que faciliten la caracterización de los cumplidores de la paz, que permita gestionar opciones laborales con la empresa privada o con el estado;
h) Desarrollar capacitaciones, seminarios, talleres que mejoren la formación integral de los cumplidores de la paz;
i) Formar proyectos que contribuyan al impulso, formación o fortalecimiento de micros, pequeñas y medianas empresas de cumplidores de la paz, en áreas tecnológicas, productivas, artesanales, técnicas y comerciales;
j) Gestionar bancos de tierras para impulsar proyectos productivos y habitacionales;
k) Fomentar principios y valores morales, éticos, la mística y la solidaridad con los cumplidores de la paz;
l) Buscar hermanamiento y colaboración con asociaciones similares nacionales y extranjeras;
m) Contribuir con expresiones organizativas diversas para fomentar la participación ciudadana efectiva;
n) Fomentar el desarrollo humano participativo con enfoque de genero, generacional, étnicos para el desarrollo socio cultural nacional con equidad;
o) Fomentar el desarrollo y la proyección de las expresiones artísticas, culturales folklóricas propios del país.
Para lograr sus objetivos esta Asociación podrá realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Asociación y Leyes de la Republica.
Por lo ante expuesto someto a la consideración someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
EVERT CARCAMO
Diputado Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 10 de Octubre del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
con domicilio en Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Evertz Carcamo, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1) Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de los ex combatientes, madres de héroes y mártires, viudas, huérfanos, discapacitados y víctimas de guerra en general. 2) Búsqueda de Recursos económicos financieros a nivel nacional e internacional, con organismos e instituciones privadas, públicas o estatales para desarrollar proyectos sociales, de infraestructura, productivos, educativos, y culturales con los cumplidores de la paz. 3) Desarrollar proyectos de construcción de viviendas para los cumplidores de la paz.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JORGE ALBERTO PEREIRA MARTIN; Primer Vicepresidente: GABRIELA WALESKA SABALLOS TRUMBLE; Segundo Vicepresidente: MAURICIO MARTIN CHAVEZ MEJIA; Secretario: FELIPE NERI LEIVA OROCHENA; Tesorero: MIGUEL ANGEL OROZCO ZELEDÒN; Relaciones Publicas; EDGAR ORLANDO ALTAMIRANO LÒPEZ; Primer Vocal: ALDO ERNESTO BALLADARES MORALES; Segundo Vocal; JOEL LOPEZ SEVILLA; Tercer Vocal: WALTER RAMIRO CASTILLO SANDINO; Cuarto Vocal: IVANIA REÑAZCO HURTADO; Fiscal: GUILLERMO JOSE JIMENEZ MARTINEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5267
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1.
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ (ACP);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Departamento de Managua. .
Art. 2.
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3.
La
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ (ACP);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Noviembre de año dos mil siete.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 10 de Octubre del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
con domicilio en Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: Evertz Carcamo, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de Septiembre del año dos mil siete.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1) Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de los ex combatientes, madres de héroes y mártires, viudas, huérfanos, discapacitados y víctimas de guerra en general. 2) Búsqueda de Recursos económicos financieros a nivel nacional e internacional, con organismos e instituciones privadas, públicas o estatales para desarrollar proyectos sociales, de infraestructura, productivos, educativos, y culturales con los cumplidores de la paz. 3) Desarrollar proyectos de construcción de viviendas para los cumplidores de la paz.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JORGE ALBERTO PEREIRA MARTIN; Primer Vicepresidente: GABRIELA WALESKA SABALLOS TRUMBLE; Segundo Vicepresidente: MAURICIO MARTIN CHAVEZ MEJIA; Secretario: FELIPE NERI LEIVA OROCHENA; Tesorero: MIGUEL ANGEL OROZCO ZELEDÒN; Relaciones Publicas; EDGAR ORLANDO ALTAMIRANO LÒPEZ; Primer Vocal: ALDO ERNESTO BALLADARES MORALES; Segundo Vocal; JOEL LOPEZ SEVILLA; Tercer Vocal: WALTER RAMIRO CASTILLO SANDINO; Cuarto Vocal: IVANIA REÑAZCO HURTADO; Fiscal: GUILLERMO JOSE JIMENEZ MARTINEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que de terminen sus Estatutos.
Arto. 3 La
ASOCIACION DE CUMPLIDORES DE LA PAZ,
la que podrá identificarse con las siglas
(ACP)
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO