Managua, 10 de Septiembre del 2008
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Doctor Navarro:

A través del presente documento le solicitamos formalmente a Usted la concesión de personalidad jurídica a la Fundación Desarrollo Verde (F.D.V.) y adjuntamos para tal efecto, el testimonio de constitución, estatutos, exposición de motivos y proyecto de decreto.

Agradeciendo de antemano la atención que preste a la presente, me suscribo de Usted.

Atentamente



LIC. LENIA DANIA REYES DURAN
Presidente
Fundación Desarrollo Verde (FDV)


DECRETO No.


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DESARROLLO
VERDE, pudiéndose ser abreviada así (F.D.V), sin fines de lucro, de
Carácter civil y social, con domicilio en la Municipio de Chinandega,
Departamento de Chinandega, de duración indefinida.

Art.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiéndose ser
abreviada así (F.D.V), está obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personerías Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación el La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ días del mes _________del año dos mil cinco.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


Managua, 10 de Septiembre del 2008


DICTAMEN

Managua, 11 de septiembre del 2009



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho



Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.), con domicilio en la ciudad de Chinandega. Presentada por el Diputado, IPOLITO TORREZ PONCE. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 17 de septiembre del año dos mil ocho.

Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Promover herramientas y mecanismo de trabajo que sean sostenibles y sustentables con la naturaleza, 2) Fomentar en las administraciones públicas la adopción y aplicación de políticas de población, incorporándolos en la planificación participativa, 3) Contribuir al desarrollo económico local eco sostenible en todos los niveles, 4) Promover la protección y manejo sostenible de cuencas hidrográficas con enfoque de gestión de riesgo.


Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LENIA IDANIA REYES DURÁN, Secretario, LUBA NADIEZHDA REYES DURÁN, Tesorero, SANTIAGO ATAHUALPA ESTRADA GUERRERO, Fiscal, JULIO CESAR FLORES VEGA, Vocal, ABILIO ESCALANTE TORREZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Chinandega.


Arto. 2 La representación legal de esta Fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5912
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Chinandega.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Noviembre del año dos mil nueve.


Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 10 de Septiembre del 2008
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Doctor Navarro:

A través del presente documento le solicitamos formalmente a Usted la concesión de personalidad jurídica a la Fundación Desarrollo Verde (F.D.V.) y adjuntamos para tal efecto, el testimonio de constitución, estatutos, exposición de motivos y proyecto de decreto.

Agradeciendo de antemano la atención que preste a la presente, me suscribo de Usted.

Atentamente



LIC. LENIA DANIA REYES DURAN
Presidente
Fundación Desarrollo Verde (FDV)


DECRETO No.


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DESARROLLO
VERDE, pudiéndose ser abreviada así (F.D.V), sin fines de lucro, de
Carácter civil y social, con domicilio en la Municipio de Chinandega,
Departamento de Chinandega, de duración indefinida.

Art.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiéndose ser
abreviada así (F.D.V), está obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personerías Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación el La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ días del mes _________del año dos mil cinco.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


Managua, 10 de Septiembre del 2008
Managua, 11 de septiembre del 2009



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho



Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.), con domicilio en la ciudad de Chinandega. Presentada por el Diputado, IPOLITO TORREZ PONCE. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 17 de septiembre del año dos mil ocho.

Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Promover herramientas y mecanismo de trabajo que sean sostenibles y sustentables con la naturaleza, 2) Fomentar en las administraciones públicas la adopción y aplicación de políticas de población, incorporándolos en la planificación participativa, 3) Contribuir al desarrollo económico local eco sostenible en todos los niveles, 4) Promover la protección y manejo sostenible de cuencas hidrográficas con enfoque de gestión de riesgo.


Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: LENIA IDANIA REYES DURÁN, Secretario, LUBA NADIEZHDA REYES DURÁN, Tesorero, SANTIAGO ATAHUALPA ESTRADA GUERRERO, Fiscal, JULIO CESAR FLORES VEGA, Vocal, ABILIO ESCALANTE TORREZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Chinandega.


Arto. 2 La representación legal de esta Fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “FUNDACION DESARROLLO VERDE, pudiendo ser abreviada así (F.D.V.). Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO