Managua, 07 de Abril de 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimado Dr. Navarro.

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a La Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.


Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente

RONALD ANTONIO URBINA HERRERA
Presidente de la Fundación


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Diputado
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURA NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESO” y constituida mediante Escritura Pública Número uno (01), a las dos de la tarde del ´dia veintisiete de Agosto del dos mil nueve, ante los oficios notariales de la Licenciada Beatriz del Carmen Flores Duarte.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a La Fundación denominada “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”.

FUNDESOC “Nuevos Horizontes” se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, para gestionar proyectos sostenibles que promuevan el desarrollo integral de los miembros y de la sociedad nicaragüense en general, trabajando con calidad, y en la búsqueda de la mejora continua mediante la realización de actividades educativas, a todos los niveles, artísticas, culturales y científicas.

Esta fundación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

1)- Promover el desarrollo económico, Cultural y social de las comunidades Rurales y urbanas en la formulación, evaluación y ejecución de proyectos de desarrollo integral. 2)- Formular y ejecutar proyectos que contribuyan a la Auto Sostenibilidad de La Fundación. 3)- Realizar certámenes socio-culturales entre jóvenes de diferentes sectores sociales, universitarios, indígenas, estudiantes de secundaria, asociaciones juveniles. 4)- Crear una Base de Datos de técnicos y profesionales voluntarios para la ejecución de programas de desarrollo sociales, cultural, académicos, deportivos, comunitarios y de gestión de viviendas que impulse la Fundación. 5)- Impulsar actividades que contribuyan al desarrollo integral incluyendo como prioridades el derecho a salud, educación y capacitación sanitaria en lugares vulnerables 6)- Diseñar alternativas y soluciones a los problemas causados por la pobreza existente en las comunidades, a través de gestiones financieras en instituciones nacionales e internacionales según sea su naturaleza, con el fin de mejorar la calidad de vida dentro del núcleo familiar y comunitario. 7)- Promover Políticas Públicas que mejoren la calidad de vida de la población Rural y urbana. 8)- Establecer y promover espacios de intercambios y cooperación con organismos e instituciones homólogas afines, privadas, estatales, nacionales e internacionales que se consideren convenientes para la constitución y consecuencia de los fines y objetivos. 9)- Crear proyectos habitacionales en beneficio de los sectores empobrecidos del país como una alternativa de solución de vivienda de las familias con bajos ingresos económicos. 10)- Organizar y promover eventos culturales, artísticos en todo el territorio nacional, para constituir red de apoyo con jóvenes a nivel nacional e internacional en post de los programas de la Fundación.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por La Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 07 de Abril del año dos mil diez.

Atentamente;


LIC. XOCHILT OCAMPO
Diputada Propietaria
Bancada Alianza FSLN




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO EL SIGUIENTE
DECRETO.

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de La Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil diez.


Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 24 de septiembre del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por la Diputada: XOCHILTH OCAMPO, en la Continuación de la segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo económico, Cultural y social de las comunidades Rurales y urbanas en la formulación, evaluación y ejecución de proyectos de desarrollo integral, 2) Organizar y promover eventos culturales, Artísticos en todo el territorio nacional, para constituir red de apoyo con jóvenes a nivel nacional e internacional en post de los programas de la Fundación, 3) Formular y ejecutar proyectos que contribuyan a la Auto Sostenibilidad de la Fundación.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, RONALD ANTONIO URBINA HERRERA, Vicepresidente, HERIBERTO LUCIANO TELLEZ VARGAS, Secretario, MARCOS ANTONIO REYES TOLEDO, Primer Vocal, REYNALDO HERIBERTO VALLE, Fiscal, CARMELA DE LOS ANGELES LOPEZ CORDERO, Técnico supervisor de proyectos, RUDDY ARMANDO URBINA HERRERA, Segundo Vocal, ISRAEL FILEMON TORUÑO TORUÑO, Tesorero, CESAR AUGUSTO MENDOZA MARTINEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6199

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” FUNDESOC”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” FUNDESOC”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 07 de Abril de 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimado Dr. Navarro.

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a La Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.


Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente

RONALD ANTONIO URBINA HERRERA
Presidente de la Fundación


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Diputado
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURA NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESO” y constituida mediante Escritura Pública Número uno (01), a las dos de la tarde del ´dia veintisiete de Agosto del dos mil nueve, ante los oficios notariales de la Licenciada Beatriz del Carmen Flores Duarte.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a La Fundación denominada “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”.

FUNDESOC “Nuevos Horizontes” se constituye como una asociación sin fines de lucro, de naturaleza civil, para gestionar proyectos sostenibles que promuevan el desarrollo integral de los miembros y de la sociedad nicaragüense en general, trabajando con calidad, y en la búsqueda de la mejora continua mediante la realización de actividades educativas, a todos los niveles, artísticas, culturales y científicas.

Esta fundación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

1)- Promover el desarrollo económico, Cultural y social de las comunidades Rurales y urbanas en la formulación, evaluación y ejecución de proyectos de desarrollo integral. 2)- Formular y ejecutar proyectos que contribuyan a la Auto Sostenibilidad de La Fundación. 3)- Realizar certámenes socio-culturales entre jóvenes de diferentes sectores sociales, universitarios, indígenas, estudiantes de secundaria, asociaciones juveniles. 4)- Crear una Base de Datos de técnicos y profesionales voluntarios para la ejecución de programas de desarrollo sociales, cultural, académicos, deportivos, comunitarios y de gestión de viviendas que impulse la Fundación. 5)- Impulsar actividades que contribuyan al desarrollo integral incluyendo como prioridades el derecho a salud, educación y capacitación sanitaria en lugares vulnerables 6)- Diseñar alternativas y soluciones a los problemas causados por la pobreza existente en las comunidades, a través de gestiones financieras en instituciones nacionales e internacionales según sea su naturaleza, con el fin de mejorar la calidad de vida dentro del núcleo familiar y comunitario. 7)- Promover Políticas Públicas que mejoren la calidad de vida de la población Rural y urbana. 8)- Establecer y promover espacios de intercambios y cooperación con organismos e instituciones homólogas afines, privadas, estatales, nacionales e internacionales que se consideren convenientes para la constitución y consecuencia de los fines y objetivos. 9)- Crear proyectos habitacionales en beneficio de los sectores empobrecidos del país como una alternativa de solución de vivienda de las familias con bajos ingresos económicos. 10)- Organizar y promover eventos culturales, artísticos en todo el territorio nacional, para constituir red de apoyo con jóvenes a nivel nacional e internacional en post de los programas de la Fundación.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por La Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 07 de Abril del año dos mil diez.

Atentamente;


LIC. XOCHILT OCAMPO
Diputada Propietaria
Bancada Alianza FSLN




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FALCULTADES:
HA DICTADO EL SIGUIENTE
DECRETO.

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES” conocida de forma abreviada como FUNDESOC”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de La Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil diez.


Ing. René Núñez Téllez.
Dr. Wilfredo Navarro.
Presidente
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 24 de septiembre del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua. Presentada por la Diputada: XOCHILTH OCAMPO, en la Continuación de la segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo económico, Cultural y social de las comunidades Rurales y urbanas en la formulación, evaluación y ejecución de proyectos de desarrollo integral, 2) Organizar y promover eventos culturales, Artísticos en todo el territorio nacional, para constituir red de apoyo con jóvenes a nivel nacional e internacional en post de los programas de la Fundación, 3) Formular y ejecutar proyectos que contribuyan a la Auto Sostenibilidad de la Fundación.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, RONALD ANTONIO URBINA HERRERA, Vicepresidente, HERIBERTO LUCIANO TELLEZ VARGAS, Secretario, MARCOS ANTONIO REYES TOLEDO, Primer Vocal, REYNALDO HERIBERTO VALLE, Fiscal, CARMELA DE LOS ANGELES LOPEZ CORDERO, Técnico supervisor de proyectos, RUDDY ARMANDO URBINA HERRERA, Segundo Vocal, ISRAEL FILEMON TORUÑO TORUÑO, Tesorero, CESAR AUGUSTO MENDOZA MARTINEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “FUNDACION DE DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL NUEVOS HORIZONTES”, FUNDESOC, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO