Managua, 5 de Diciembre del 2007
Primer
SECRETARIO
Asamblea Nacional
Estimado Señor Secretario:
En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 inc. 1 de la Constitución Política de Nicaragua y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del Licenciado Apolonio Francisco Palacio Torres, como se especifica en el artículo 90 de la Ley antes mencionada, solicito se le dé el trámite correspondiente.
Acompaña a la presente la Carta de solicitud, Exposición de Motivos, Fundamentación y texto del articulado del Decreto.
Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarlo.
Siempre más allá,
Managua, 5 de Diciembre de 2007
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Ingeniero:
Apreciado Señor Presidente:
El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que le conceden el artículo 140 de la Constitución Política de Nicaragua y la Ley No. 175, Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia, aprobada el 15 de Abril de 1994 y publicada el 15 de Junio de 1994 en La Gaceta, Diario Oficial No. 111; que otorga Pensiones de Gracia, en base a sus méritos, a personas que han prestado servicios distinguidos a la patria como justo reconocimiento. Por ello, solicito a la Secretaria de la Asamblea Nacional acoja la presente petición de Pensión de Gracia vitalicia por la suma de cinco mil córdobas mensuales (C$ 5,000.00) a favor del Licenciado Apolonio Francisco Palacio Torres, que ha contribuido con el deporte nicaragüense como jugador y entrenador.
El señor Apolonio Francisco Palacios Torres, nació el 17 de Septiembre de 1943, realizó sus estudios secundarios en el Colegio Bautista de Managua de 1955 a 1960 donde estudió secundaria hasta 4to año de bachillerato, posteriormente se trasladó al Colegio Seminario de San José, Costa Rica iniciándose ahí como jugador de Baloncesto de Primera División con este mismo equipo y convirtiéndose de esta manera en el primer jugador de Baloncesto nicaragüense que milita en un equipo extranjero. En 1960 regresó a Nicaragua y formó parte de la Selección Nacional de Nicaragua que participó en el Campeonato Centroamericano efectuado en El Salvador, convirtiéndose en el Sub-Campeón Centroamericano de Tiros Libre. Terminó sus estudios Secundarios en la Universidad de La Salle de México desde 1961 hasta 1967, convirtiéndose en el primer jugador nicaragüense de baloncesto en la Primera División de México D.F.
En el periodo de 1963-67 fue fundador, jugador y entrenador del equipo de la Universidad Centroamericana (UCA) de primera división de Managua, junto con el Reverendo Juan Bautista Arríen.
El Licenciado Apolonio Palacio Torres, cumpliendo lo establecido en el Arto. 65 Cn. sobre el derecho que tenemos los nicaragüense al deporte, la educación física, la recreación y el esparcimiento, impulsó el deporte a través del entrenamiento a muchos jóvenes en los diferentes equipos que lograron muchos triunfos a nivel nacional e internacional, inculcándoles de esta manera el amor al deporte y la recreación sana.
Entre los diferentes trabajos que realizó como entrenador y arbitro se encuentran:
v Entrenador de la selección Nacional para el Centroamericano efectuado en Guatemala en 1980.
v Entrenador y jefe de la selección del Atlántico para efectuar 10 encuentros con Cuba en la Habana, en el año de 1980.
v Entrenador del equipo UPOLI de la rama femenina y masculina por 4 años desde 1981-1985.
v Entrenador de Baloncesto de diferentes Colegios como el Bautista (1975-80). Loyola (1975). Experimental México (1978), Maestro Gabriel (1979). Nicaragüense Francés (1995-2000).
v Entrenador del equipo SERPENS de Primera División masculino, en Managua, Nicaragua.
v Fue árbitro del Torneos de Primera División desde 1975 hasta 1978 en Managua, Nicaragua.
v Fue Arbitro de los torneos Internacionales Carlos Ulloa In Memorian desde 1980 hasta 1988.
v Arbitro Internacional del Campeonato Centroamericano efectuado en Quetzaltenango en 1984.
v Fundador Docente de la Universidad Politécnica UPOLI de Nicaragua en 1967.
v Fundador trabajador del Instituto Nicaragüense de Deportes (IND) en 1979.
v Fundador de la liga del Parque de Baloncesto iniciada en el Gimnasio Iván Montenegro. 1989.
Reconocimientos Recibidos por su trayectoria Deportiva están:
v Fundación Salón de la Fama del Deporte Nicaragüense, Miembro Honor a la Excelencia en Baloncesto, por su contribución en la Promoción y Desarrollo de su Disciplina en el Deporte Nicaragüense. Managua, Nicaragua 2003.
v Tiempos Deportivos y Federación Nicaragüense de Baloncesto Pergamino por su aporte al Baloncesto como Atleta, Árbitro, entrenador y dirigente.
v Tiempos Deportivos y Federación Nicaragüense de Baloncesto, Pergamino, por ser miembro de la selección masculina del Baloncesto de todos los tiempos. En Reconocimiento al legado con su vida Deportiva. 2002.
v Tempos deportivos y Federación Nicaragüense de Baloncesto, Pergamino por ser miembro de los 40 mejores jugadores de la Historia del Baloncesto. 2002.
v Ingreso al Salón de la Fama del Deporte Nicaragüense el 6 de Mayo del 2003.
FUNDAMENTACIÓN
En síntesis, el Licenciado Apolonio Francisco Palacios Torres, ha consagrado su vida al Deporte Nicaragüense, destacándose en el Baloncesto y entrenando a muchos jóvenes en diferentes categorías, promocionó de esta forma el deporte, lo que le mereció su inclusión al salón de la Fama del Deporte Nicaragüense el 6 de Mayo del 2003, el cual es un valioso reconocimiento que sólo se le otorga a los deportistas excelentes que se han destacado en el Deporte Nacional.
Es por todo lo anterior que el Licenciado Apolonio Francisco Palacios Torres, reúne las condiciones y méritos previstos en la Ley Creadora de un Fondo de Reserva para el Pago de Pensiones de Gracia, por lo que espero se le conceda dicha pensión y se le dé el trámite correspondiente.
HASTA AQUÍ LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y FUNDAMENTACIÓN
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política en su Artículo 138 numeral 19 concede la facultad a la Asamblea Nacional a conceder pensión de gracia.
II
Que la LEY CREADORA DE UN FONDO DE RESERVA PARA EL PAGO DE PENSIONES DE GRACIA, LEY No. 175, establece en su considerando I, que dado los meritos a personas que han prestado un servicio distinguido tiene derecho a una Pensión de Gracia y siendo que el Licenciado Apolonio Francisco Palacios Torres, se ha destacado por sus servicios al país en la promoción del Deporte, llena los requisitos establecidos en la referida Ley, por lo que se hace acreedor de la presente pensión.
III
Que la dedicación al Deportes Nicaragüense del Licenciado Apolonio Francisco Palacios Torres, le ha merecido reconocimientos a nivel nacional e internacional y su ingreso al salón de la Fama del Deporte Nicaragüense y miembro de Honor a la excelencia en Baloncesto.
IV
Que los nicaragüenses debemos hacer reconocimientos a Deportistas destacados y principalmente a los que ingresan al Salón de la Fama del Deporte Nicaragüense, ya que cumplen con lo establecido en el Arto. 65 de nuestra Constitución Política, sobre el derecho que tenemos los Nicaragüenses al deporte, la educación Física, la recreación y el esparcimiento, sin ser parte del Estado e impulsando el Deporte y la educación física para la formación integral de muchos jóvenes de Nicaragua.
POR TANTO EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
“Decreto de Pensión de Gracia”
Arto. 1 Concédase pensión de gracia vitalicia al Licenciado Apolonio Palacio Torres, por la suma de Cinco Mil Córdobas Mensuales. (C$ 5,000.00)
Arto. 2 La pensión concedida afectará la correspondiente partida Presupuestaria Nacional, por un monto fijado de C$ 5,000.00, Córdobas mensuales.
Arto. 3 La pensión de gracia, no será objeto de venta, traspaso, gravamen de ninguna especie y solo será entregada al beneficiario o a persona debidamente autorizada para ello.
Arto. 4 La presente Ley será trasmitida al Poder Ejecutivo para su aplicación y será publicado en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de cesiones de la Asamblea Nacional a los ____ días del mes de _______________ del año dos mil siete.
René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Primer Secretario