04 de Mayo del 2006
Dra. Maria Auxiliadora Alemán
Secretaria General. de la Asamblea Nacional.
Sus Manos
Estimada Licenciada Alemán.
Le ruego que en su calidad de Secretaria General de la Asamblea General reciba la solicitud para que dicha Asamblea otorgue Personalidad Jurídica Para Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas que estoy presentando por mandato de esa asociación según consta en su escritura de constitución.
Quedando a sus apreciables ordenes por si se requiere de otros documentos o información que ayude a la pronta resolución de nuestra solicitud.
Muchas Gracias.
Jilma Balladares Terán.
Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas
Tel: 311 2463
Email: abcenter@ibw.com.ni
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la personalidad jurídica a la “Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas”, sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el municipio de León, Departamento de León.
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determina sus estatutos.
Arto. 3
La “Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas”. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la república.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala…………….
León, 19 de Mayo del 2006.
Exposición de Motivos
Excelentísimo Señor Diputado de la Asamblea Nacional.
Ing. Eduardo Gómez López.
Estimados Ing. Gómez:
Las asociaciones de hecho vicentinas de servicio voluntario a los pobres llevan mucho tiempo de trabajar en beneficio de los mas necesitados en varios departamentos de Nicaragua; especialmente en León se siente su presencia en todos los ámbitos de la población.
La Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas para cumplir sus objetivos como participar en la lucha contra las pobrezas y sus causas, ejecutar proyectos étc….. debe llenar los requisitos de los organismos sin fines de lucro al igual que para recibir donaciones, efectuar contratos, comprar o vender o de otra forma optar a fondos nacionales o internacionales.
Es necesario que las voluntarias vicentinas organicen y legalicen su asociación para que continúen su labor en beneficio de los pobres de Nicaragua.
Agradeciendo la atención que estoy seguro prestarán a esta solicitud de Personería Jurídica de la Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas me suscribo con un cordial saludo.
________________
DICTAMEN
Managua, 28 de agosto del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
con domicilio en la Ciudad de León, República de Nicaragua. Presentada por la Diputada: Maria Eugenia Sequeira, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 8 de Junio del año dos mil seis.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1)Impulsar la investigación sobre los problemas que plantea la pobreza y el sufrimiento y los medios con qué responder, hoy día, a las aspiraciones de los mas desfavorecidos. 2)Participar en la esfera de la lucha contra las pobrezas y sus causas, en los esfuerzos de la Iglesia universal, de los organismos intergubernamentales internacionales y privados. 3)Promover la captación de recursos financieros, en materiales y equipos, asistencia técnica y gestionar y ejecutar proyectos en beneficio de los pobres y para e fortalecimiento.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JILMA BALLADARES TERÁN; Vicepresidente: ESPERANZA LUGO VARGAS; Secretaria General: ELENA BALLADARES CUADRA, Secretaria de Actas: IDALIA ESCORCIA DE HERDOCIA; Tesorera: JUDY DEL ROSARIO SOVALBARRO; Responsable de Formación; ALODIA ROCHA SOTELO; Vocal: ADILIA MERCEDES BOLAÑOS MARTÍNEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la Ciudad de León, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 5225
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1.
Otórgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACIÓN NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS” (ANVV);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de León. .
Art. 2.
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3.
La
“ASOCIACIÓN NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS” (ANVV);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Noviembre de año dos mil siete.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la
Asamblea Nacional
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Secretario de la
Asamblea Nacional
04 de Mayo del 2006
Dra. Maria Auxiliadora Alemán
Secretaria General. de la Asamblea Nacional.
Sus Manos
Estimada Licenciada Alemán.
Le ruego que en su calidad de Secretaria General de la Asamblea General reciba la solicitud para que dicha Asamblea otorgue Personalidad Jurídica Para Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas que estoy presentando por mandato de esa asociación según consta en su escritura de constitución.
Quedando a sus apreciables ordenes por si se requiere de otros documentos o información que ayude a la pronta resolución de nuestra solicitud.
Muchas Gracias.
Jilma Balladares Terán.
Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas
Tel: 311 2463
Email: abcenter@ibw.com.ni
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la personalidad jurídica a la “Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas”, sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el municipio de León, Departamento de León.
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determina sus estatutos.
Arto. 3
La “Asociación Nacional de Voluntarias Vicentinas”. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la república.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala…………….
DICTAMEN
Managua, 28 de agosto del 2007
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
con domicilio en la Ciudad de León, República de Nicaragua. Presentada por la Diputada: Maria Eugenia Sequeira, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 8 de Junio del año dos mil seis.
Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos:
1)Impulsar la investigación sobre los problemas que plantea la pobreza y el sufrimiento y los medios con qué responder, hoy día, a las aspiraciones de los mas desfavorecidos. 2)Participar en la esfera de la lucha contra las pobrezas y sus causas, en los esfuerzos de la Iglesia universal, de los organismos intergubernamentales internacionales y privados. 3)Promover la captación de recursos financieros, en materiales y equipos, asistencia técnica y gestionar y ejecutar proyectos en beneficio de los pobres y para e fortalecimiento.
Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JILMA BALLADARES TERÁN; Vicepresidente: ESPERANZA LUGO VARGAS; Secretaria General: ELENA BALLADARES CUADRA, Secretaria de Actas: IDALIA ESCORCIA DE HERDOCIA; Tesorera: JUDY DEL ROSARIO SOVALBARRO; Responsable de Formación; ALODIA ROCHA SOTELO; Vocal: ADILIA MERCEDES BOLAÑOS MARTÍNEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
Atentamente,
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUINÓNEZ TUCKLER ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICEPRESIDENTE
FRANCISCO SACASA JOSÉ A. MARTÍNEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LOPEZ LEOPOLDO NAVARRO
MIEMBRO MIEMBRO
IPOLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS VICTOR DUARTE
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA GLADYS BAEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ CARLOS GARCIA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
sin fines de lucro, de duración indefinida y con Domicilio en la Ciudad de León, República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La
“ASOCIACION NACIONAL DE VOLUNTARIAS VICENTINAS”
y utilizará las siglas
“ANVV”
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO