Managua, 18 de Diciembre del año dos mil nueve.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina

Honorable primer Secretario:

El suscrito presidente de la fundacion “FUNDACION SALEM” (SALEM). Solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación “FUNDACION SALEM” (SALEM). Fundacion de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número cuatrocientos sesenta y cuatro (464) ante los oficios notariales del Abogado KARLA MARIANA VARTAS MENDIOLA, a las Diez de la mañana del dieciocho de diciembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escritura pública número sesenta y siete (464). Antes mencionada esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.

Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la fundación (original y dos copias)
2.-Exposición de motivos
3.-Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo




REV. IGNACIO BERNABE BERMUDES BRAVO
PRESIDENTE DE LA “FUNDACION SALEM” (SALEM)



Managua, 18 de Diciembre del año dos mil nueve.



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorable Señor Diputado

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución Politica, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación “FUNDACION SALEM” (SALEM). Fundacion de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número cuatrocientos sesenta y cuatro (464) ante los oficios notariales del Abogado KARLA MARIANA VARTAS MENDIOLA, a las Diez de la mañana del dieciocho de diciembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escritura pública número sesenta y siete (464). Antes mencionada esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.




SALVADOR TALAVERA ALANIZ
DIPUTADO





DECRETO No.

ASAMBLEA NACIONAL

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SALEM” (SALEM) sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Jinotepe, departamento de Carazo.

Art.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La “FUNDACION SALEM” (SALEM) está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil nueve.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN



Managua, 15 de marzo del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo. Presentada por los Diputados: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo integral de la niñez y la mujer adolescentes y personas de la tercera edad, 2) Contribuir al desarrollo integral de Nicaragua con énfasis en lo ecológico, conservación y protección del medio ambiente y su entorno, 3) Crear, dirigir, organizar proyectos sociales con jóvenes, adultos, enfocados en los valores morales, cívicos y culturales en todo el territorio nacional.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, IGNACIO BERNABE OBREGON BRAVO, Vicepresidente, ELIETH ABIGAIL GARCIA MARQUEZ, Secretario, MIRTHA ESTHER ROCHA OBREGON, Tesorera, DANIEL AZUCENA OBREGON BRAVO, Vocal, ARLEN VERONICA CRUZ LOPEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM),

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS




ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LaFUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6425
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SALEM”. Y que abreviadamente se denominará (SALEM); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACION SALEM”. Y que abreviadamente se denominará (SALEM); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 18 de Diciembre del año dos mil nueve.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina

Honorable primer Secretario:

El suscrito presidente de la fundacion “FUNDACION SALEM” (SALEM). Solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación “FUNDACION SALEM” (SALEM). Fundacion de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número cuatrocientos sesenta y cuatro (464) ante los oficios notariales del Abogado KARLA MARIANA VARTAS MENDIOLA, a las Diez de la mañana del dieciocho de diciembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escritura pública número sesenta y siete (464). Antes mencionada esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.

Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la fundación (original y dos copias)
2.-Exposición de motivos
3.-Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo




REV. IGNACIO BERNABE BERMUDES BRAVO
PRESIDENTE DE LA “FUNDACION SALEM” (SALEM)



Managua, 18 de Diciembre del año dos mil nueve.



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorable Señor Diputado

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución Politica, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Fundación “FUNDACION SALEM” (SALEM). Fundacion de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número cuatrocientos sesenta y cuatro (464) ante los oficios notariales del Abogado KARLA MARIANA VARTAS MENDIOLA, a las Diez de la mañana del dieciocho de diciembre del año dos mil nueve. Adjuntamos la escritura pública número sesenta y siete (464). Antes mencionada esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.




SALVADOR TALAVERA ALANIZ
DIPUTADO





DECRETO No.

ASAMBLEA NACIONAL

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SALEM” (SALEM) sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Jinotepe, departamento de Carazo.

Art.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La “FUNDACION SALEM” (SALEM) está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil nueve.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL



DICTAMEN



Managua, 15 de marzo del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo. Presentada por los Diputados: SALVADOR TALAVERA ALANIZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo integral de la niñez y la mujer adolescentes y personas de la tercera edad, 2) Contribuir al desarrollo integral de Nicaragua con énfasis en lo ecológico, conservación y protección del medio ambiente y su entorno, 3) Crear, dirigir, organizar proyectos sociales con jóvenes, adultos, enfocados en los valores morales, cívicos y culturales en todo el territorio nacional.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, IGNACIO BERNABE OBREGON BRAVO, Vicepresidente, ELIETH ABIGAIL GARCIA MARQUEZ, Secretario, MIRTHA ESTHER ROCHA OBREGON, Tesorera, DANIEL AZUCENA OBREGON BRAVO, Vocal, ARLEN VERONICA CRUZ LOPEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM),

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS




ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LaFUNDACION SALEM”, y que abreviadamente se denominara (SALEM), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO