Managua, 22 de Mayo del 2012.

Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada Diputado Palacios:

A través de la presente, me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a aprobación del Plenario la solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN NICARAGUA SOLIDARIA (FUNISOL) de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147. Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyectos de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de usted,

Atentamente,

Juan Diego Briceño Montealegre
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 12 de Diciembre del 2012

RENÉ NÚÑEZ TELLÉZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capítulo III. Arto. 14, numeral 2, Arto 89. Párrafo 4, numeral 2 y Arto 91, y en la Ley. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas, Sin Fines de Lucro, presento la solicitud de Otorgamiento de la Personería Jurídica de esta FUNDACIÓN NICARAGUA SOLIDARIA (FUNISOL), Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número Seis (06), otorgada en la ciudad de Managua, a las de la tarde del día veintiuno de Enero del año dos mil doce, ante los Oficios Notariales de José Eduardo Boza Guerrero, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Esta Fundación se establece como Objetivos fundamentales:

Para lograr sus objetivos esta Fundación podrá realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y Leyes de la República.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente.


VENANCIA IBARRA SILVA
Diputada



ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1. Otórguese personalidad jurídica a la FUNDACIÓN NICARAGUA SOLIDARIA (FUNISOL), es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en el Municipio de la Dalia, Departamento de Matagalpa.

Artículo 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Artículo 3. La FUNDACIÓN NICARAGUA SOLIDARIA (FUNISOL), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo 4. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los ________ días del mes de _______________ del año dos mil trece.




ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primer Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional