Managua, 03 de septiembre del 2007.

Managua, 03 de septiembre del 2007

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua Capitulo III. Arto. 14, numeral 2, Arto 89. Párrafo 4, numeral 2 y Arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO LOCAL, MUNICIPAL EN LO ECONOMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE GENERO, la que podrá utilizar simplemente las siglas “ASODESAG”, Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Numero ciento veinte y seis (126), otorgada en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las once de la mañana del día 29 del mes agosto del año dos mil siete, ante los Oficios Notariales de IVANIA MARIA RUEDA MORALES, Abogado y Notario Público de la Republica de Nicaragua.

Esta Asociación se establece como Objetivos fundamental:

Ø Desarrollar programas dirigidos a grupos metas, garantizando sus derechos por ejemplo el rescate de los buzos, garantizando sus derechos de vida y seguridad laboral, mujeres maltratadas, desarrollo de políticas y programas de planificación familiar, otorgamiento de micro créditos familiares y todo lo referido al ámbito del combate a la pobreza, fundamentalmente en las zonas rurales mas pobres del país.
Ø Brindar atención medica a grupos meta.
Ø Brindar atención Asesoria Técnica, Jurídica y social gratuita para los grupo meta. Para lograr sus objetivos esta Asociación podrá realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Asociación y Leyes de la Republica.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.





Atentamente,

Enrique Quiñónez Tuckler
Diputado
Bancada PLC


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO LOCAL, MUNICIPAL EN LO ECONOMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE GENERO, la que podrá utilizar simplemente las siglas “ASODESAG”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma
que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE DESARROLLO LOCAL, MUNICIPAL EN LO ECONOMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE GENERO, la que podrá utilizar simplemente las siglas “ASODESAG”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENE NÚÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE SECRETARIO


Managua, 12 de noviembre del 2007