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DICTAMEN
Managua, 16 de Octubre del 2007. -
Ingeniero
RÉNE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Estimado Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de La Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 138 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, y el artículo 50 y 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, hemos procedido a dictaminar el
Proyecto de Decreto de Repatriación del Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua que se Encuentra Movilizadas en Irak.
La Comisión luego de haberlo analizado, ha llegado a la siguiente conclusión:
I. Antecedentes:
Con fecha 29 de Septiembre del año dos mil tres, fue remitido a la Comisión de Defensa y Gobernación, a través de Primer Secretaría, el Proyecto de Decreto de Repatriación del Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua que se encuentran movilizadas en Irak, presentado por varios Diputados de esta legislatura.
Cabe mencionar, que con la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en su artículo 62, esta Comisión se denomina Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, por lo que se retoma este Proyecto de Decreto y se procede a su análisis para su respectivo dictamen.
La Exposición de Motivos de este Proyecto de Decreto, expresa que el objetivo fundamental es el sentir y clamor de la familia nicaragüense quienes piden el retorno de sus familiares a suelo patrio, la repatriación de los soldados desde Irak, a adoptar medidas urgentes para salvaguardar la vida de nuestros soldados y de esta forma evitar la tragedia y el luto en los hogares nicaragüenses.
II. Fundamento:
Los miembros Representantes de la Comisión, consideran que este proyecto en su momento recogía el sentir de los distintos sectores sociales importantes en el desarrollo económico y social del país, y tenía razón de ser. Sin embargo, actualmente los elementos presentados de esta problemática son inexistentes y fuera de tiempo.
III. Recomendación:
Por todo lo antes expresado, los suscritos miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, con fundamento en el artículo 138, numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, y los artículo 50 y 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, hemos resuelto emitir el presente
DICTAMEN DESFAVORABLE
, a la Iniciativa: "
Proyecto de Decreto de Repatriación del Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua que se encuentran movilizadas en Irak"
, por considerarla desfasada, fuera de contexto y fuera de la realidad económica y social del país, por lo que recomendamos al Honorable Plenario la aprobación del mismo.
Adjuntamos texto del articulado.
COMISION DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACION
Y DERECHOS HUMANOS
ENRIQUE QUIÑÓNEZ TUCKLER ELIDA MARÍA GALEANO CORNEJO
PRESIDENTE PRIMER VICE PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA URCUYO JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ
SEGUNDO VICEPRESIDENTE MIEMBRO
AUGUSTO VALLE CASTELLÓN GABRIEL RIVERA ZELEDÓN
MIEMBRO MIEMBRO
FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ LEOPOLDO NAVARRO B.
MIEMBRO MIEMBRO
IPÓLITO TORREZ PONCE SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO MIEMBRO
JORGE MATAMOROS SABORIO VÍCTOR MANUEL DUARTE A.
MIEMBRO MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILÉS GLADYS BÁEZ
MIEMBRO MIEMBRO
MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ CARLOS GARCÍA BONILLA
MIEMBRO MIEMBRO
___________________________________________________________________________________
Hasta aquí las firmas de los Diputados de la Comisión, de Dictamen Desfavorable al "Proyecto de Decreto de Repatriación del Contingente de Tropas del Ejército de Nicaragua que se encuentran movilizadas en Irak".-
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente,
DECRETO No. ________
REPATRIACION DEL CONTINGENTE DE TROPAS DEL EJERCITO DE NICARAGUA DE IRAK
Arto. 1 Deróguese el Decreto A.N. No. 3681, aprobado el nueve de julio del presente año y publicado en el Diario Oficial, La Gaceta , ejemplar número 133 correspondiente al día 16 de Julio del dos mil tres.
Arto. 2 Se mandata al Presidente de la República, para que a partir de la vigencia del presente decreto, ordene las diligencias necesarias que aseguren la repatriación del contingente de tropas del ejército de Nicaragua compuesto por ciento quince (115) oficiales, clases y soldados, que integrado a un contingente militar Multinacional se encuentran en Irak; y cancelar definitivamente, el envío del segundo contingente militar compuesto por ciento quince (115) oficiales, clases y soldados, previsto a enviarse a Irak a inicios del año 2004.
Art. 3 Se autoriza al Poder Ejecutivo a destinar la partida presupuestaria que corresponda, para el efectivo cumplimiento de la repatriación de nuestras tropas ala territorio nacional.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial, "La Gaceta".
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _____ días del mes de _________ del año dos mil tres.-
RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL