EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El presente documento contiene la Exposición de Motivos y el Texto del Proyecto de “Ley de Reforma a la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario.”

Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 140 de nuestra Constitución Política, someto a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional el Proyecto de “Ley de Reforma a la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario.”

El presente Proyecto de Ley tiene como objetivo fundamental reformar la Ley No. 550, “Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario” publicada en la Gaceta No. 167 del 29 de agosto de 2005, para introducir cambios que clarifiquen el alcance de la Ley Anual del Presupuesto General de la República, regulen el proceso de modificación del Proyecto de Ley, y establezca límites a la aprobación de modificaciones a la Ley Anual del Presupuesto General de la República.

En la actual Ley es aconsejable aclarar que la Ley Anual del Presupuesto General de la República no versará sobre aspectos distintos a la materia presupuestaria. Esto es necesario, porque al no precisar el alcance de la Ley podrían introducirse artículos ajenos al objeto de la misma, como aquellos relativos a la administración de la deuda pública o a la recaudación de impuestos.

Por otra parte, la actual Ley establece que no se puede alterar el Presupuesto de Egresos sin haberse identificado las fuentes de Ingresos correspondientes. No obstante, no se menciona ni distingue de aquellas fuentes de Ingresos que son de carácter permanentes de las transitorias, ni se especifican las condiciones técnicas sobre las cuales esos mayores Ingresos se sustentan. Por esa razón, en esta reforma se sugiere conformar una Comisión Técnica integrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Asamblea Nacional para que ésta se encargue de dictaminar la viabilidad financiera de los Ingresos identificados.

Por último, en la actual Ley no se establece una fecha límite para la aprobación de los Proyectos de Modificación a la Ley de Presupuesto remitidos por el Ejecutivo. La falta de un plazo determinado podría no garantizar aquellas posibles ampliaciones de créditos presupuestarios que estarían demandando la atención inmediata del Estado, riesgo que aumentaría en el caso que llegase a ocurrir condiciones políticas adversas.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo 141 de la Constitución Política, solicito a esa Honorable Asamblea Nacional se le dé trámite de urgencia a la presente Iniciativa de Ley y lo apruebe tal como ha sido estructurado.

Hasta aquí la Exposición de Motivos. A continuación el Texto del Proyecto de “Ley de Reforma a la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario.”