Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Managua, 9 de Septiembre de 2010 SPPN-E-10-1056

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaria Asamblea Nacional Su Despacho

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto de Ley, adjunto a la presente le remito la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".
Ce: Ing. Rene Núñez Téllez-Presidente Asamblea Nacional Archivo.

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y el articulo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia.


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Managua, 9 de Septiembre de 2010

Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional Su Despacho

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto de Ley, adjunto a la presente te remito la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y el articulo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia.

Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.


de Nicaragua

Ce: Archivo
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho

La presente Iniciativa de Ley de Modificación a la Ley No. 713 Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010 está motivada por la necesidad de realizar ajustes en el Presupuesto General de Ingresos, como resultado de una evolución más favorable del contexto macroeconómico y consecuentemente de la recaudación de ingresos, en comparación con los pronósticos que se hicieron en la formulación del presupuesto 2 010, el cual fue aprobado por la Asamblea Nacional en Diciembre del 2009. Mientras en la formulación del presupuesto 2010 se estimó un crecimiento real del PIB del 1.0%, se proyecta ahora un crecimiento del 2.5%. La inflación acumulada, que se habia estimado en 3.0%, se proyecta en 8.5%, mientras que la inflación promedio que se estimó en 5.5%, se proyecta en 6.0%.

Como resultado de esos cambios en las condiciones reales en nuestra economía y mejoras en la gestión de la administración de la recaudación, se ha observado una evolución más dinámica durante el periodo Enero-Junio . del corriente año, con respecto a las expectativas contempladas en la formulación del presupuesto 2 010. En consecuencia, se ha efectuado una nueva estimación de la recaudación, la que es mayor al Presupuesto General de Ingresos aprobado originalmente, por lo que resulta necesario ajustar las fuentes de ingresos para hacerlas consistentes con la realidad económica del país y a su vez con el comportamiento de la recaudación percibida al mes de Junio. Al mismo tiempo, se está aprovechando para


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revisar y ajustar los créditos presupuestarios de los gastos y su financiamiento, pero conservando el objetivo básico de garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este sentido, y tomando en consideración que se deben contrarrestar los daños que está causando el invierno 2010, se están asignando recursos internos tanto al Ministerio de Transporte e Infraestructura como al Ejército de Nicaragua, y a su vez a diversas instituciones para atender necesidades indispensables. Por otra parte, también se están incorporando mayores recursos al servicio de la deuda pública. A su vez se están reasignando, en particular recursos externos de préstamos y donaciones atadas, incorporando aquellos donde se cuenta con la disponibilidad y no existen los créditos presupuestarios, y reduciendo las fuentes de donaciones y préstamos que por diversas circunstancias no se podrán ejecutar en lo que resta del año.

Se debe señalar que la estimación de los ingresos del
Presupuesto General de la República del año 2010 tenia
como base de cálculo los ingresos observados al mes de
agosto de 2009 y la estimación de las variables
macroeconómicas, las que han sido modificadas con los
datos observados al cierre del año 2009. El PIB
nominal con que se formuló el Presupuesto era de
C$135,887.6 millones y las Importaciones CIF (sin
incluir Petróleo y Derivados) eran de US$2,962.8
millones. Las nuevas estimaciones del BCN en base a lo
observado en el primer semestre de 2010, son de un PIB
nominal de C$136,138.4 millones e importaciones de
US$3,124.0 millones.
f

Además de los cambios en las variables macroeconómicas, en el primer semestre del año se empezó a observar el impacto de la reforma a la Ley de Equidad Fiscal en la recaudación de cada uno de los impuestos y un incremento importante de las importaciones, asocia4as a la recuperación de la


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actividad económica desde finales del año 2009, por lo que se hizo necesario realizar una revisión a las estimaciones efectuadas durante el proceso de elaboración del Presupuesto General de la República 2010.

Todo lo anterior motivó el cambio en el monto de los ingresos totales de C$25,262.8 millones considerado inicialmente en el presupuesto, por una nueva estimación que alcanza los C$2 6,7 43.5 millones, es decir un incremento de C$1,480.7 millones, que equivale al 5.8% del Presupuesto General de Ingresos vigente. El nuevo monto de C$26,743.5 millones es superior en 12.5% en relación a los ingresos percibidos en el año 2009.

Los impuestos que mayor reforma presentan en su recaudación son:

En el caso del Impuesto Sobre la Renta, se estimó un presupuesto de ingresos anual de C$9,096.5 millones, el cual incorporaba el rendimiento de las medidas de la reforma tributaria. Sin embargo, y como resultado de la evaluación preliminar realizada a Junio, se observó que las medidas de reforma que más aportan a la recaudación estarán rindiendo el ingreso estimado con desfase en el tiempo.

En tal sentido, para el caso de las retenciones por dividendos se espera rindan lo estimado en los meses posteriores a la declaración anual del IR de Septiembre y Marzo del 2011, que qorresponden en mayor porcentaje al resultado económico y por tanto del ejercicio fiscal del año 2010. De igual manera, el rendimiento esperado por el cambio de base del pago mínimo definitivo estará produciendo resultados plenos en los meses en que se declare el IR anual de las empresas en base al ejercicio económico del 2010. No obstante, la aplicación de la nueva tabla progresiva


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del IR para los asalariados, tuvo un impacto negativo en el flujo de ingreso del IR, porque está afectando desde la entrada en vigencia de la Ley No.712. En consecuencia, la nueva estimación del IR plantea una reducción de C$686.5 millones para el año 2010. No obstante, es importante destacar que la recaudación del primer semestre del año, muestra un crecimiento de 6.9% en relación al mismo periodo de 2009.

El Impuesto al Valor Agregado sobre consumo nacional se incrementa en C$463.9 millones, como consecuencia de un aumento en las ventas gravadas y por un mayor rendimiento del impuesto por la eliminación de las exoneraciones para productos suntuarios (cigarrillos, vehículos, licores y roñes, cervezas, perfumes, cosméticos, barcos y lanchas). En la recaudación del primer semestre se observó un sobre cumplimiento de la meta semestral en 5.3%.

Se espera una mayor recaudación del Impuesto al Valor Agregado sobre bienes importados, como consecuencia del incremento en el valor de las importaciones. En relación al presupuesto inicial, esta recaudación se incrementa en C$859.4 millones. El resultado positivo obedece a un mayor ingreso marginal por la eliminación de exoneraciones a la importación de los productos señalados en el párrafo anterior, por el incremento de las tasas de recaudación de vehículos y el cambio en la tributación de los cigarrillos. Se debe señalar que el monto recaudado en el primer semestre del año muestra un sobre cumplimiento del 23.4% a lo presupuestado para el primer semestre de 2010.

En relación al Impuesto Selectivo de Consumo, la recaudación presupuestada anual se incrementará en C$837.5 millones, tanto por el aumento de las importaciones, como por el incremento en el consumo local y la aplicación de la reforma tributaria.


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La recaudación del Impuesto Selectivo al Consumo de bienes adquiridos 1ocalmente se incrementará en C$267.9 millones, principalmente debido a un incremento en el consumo de los derivados de petróleo que alcanzó un sobre cumplimiento de 16.3%, asi como por el aumento en el consumo y la eliminación de las exoneraciones de estos bienes.

Por su parte, el impuesto Selectivo de Consumo a los productos importados, recaudado por la Dirección General de Servicios Aduaneros, se aumenta en un monto de C$569.6 millones, sustentado por el aumento de las importaciones y la tasa efectiva de este conjunto de bienes. En este resultado ha sido relevante el rendimiento de las medidas de reforma de eliminación de exoneraciones a los bienes suntuarios, al aumento de ISC a vehículos de alto cilindraje y al cambio en la recaudación de los cigarrillos.

La recaudación por Derechos Arancelarios de Importación (DAI) se reduce en C$125.9 millones con respecto a lo presupuestado, debido a la aplicación de los acuerdos de desgravación arancelaria estipulados en los tratados de libre comercio con México, Taiwán, Panamá y CAFTA. Asi mismo, se produjo una reorientación del origen de las importaciones, incrementándose el volumen de aquellas provenientes de Centro América.

Por otra parte, esta Iniciativa de Ley de modificación propone aumentar el Presupuesto General de Egresos 2010 en un monto de C$1,207.6f millones, lo que conlleva a reducir el déficit fiscal en el monto de C$273.1 millones del presupuesto aprobado inicialmente. Este monto de gasto significa un incremento de 3.9% respecto al Presupuesto General de Egresos aprobado originalmente y sumado al monto del presupuesto inicial se aumenta en 8.1% en relación a lo ejecutado en el 2009. Esto significa que el gasto


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estará creciendo en términos reales, lo que evidencia la implementación de una política fiscal de estimulo a la demanda agregada, con el objetivo de paliar los efectos negativos derivados de la crisis económica internacional.

En la modificación al Presupuesto General de Egresos se ha efectuado una revisión a la ejecución de los programas y proyectos de inversión, la que condujo a aplicar una reducción de los créditos presupuestarios de aquellos que a la fecha muestran un menor grado de ej ecución, en particular de fuentes externas. Asimismo, se han revisado e identificado recursos adicionales, externos atados, por lo que se están aumentando los créditos presupuestarios a las instituciones ejecutoras de los mismos, y se procedió a incorporar reasignaciones intra-institucionales, a los efectos de readecuar las fuentes de financíamiento a las disponibilidades financieras reales.

Con la nueva proyección de los ingresos tributarios, se está proponiendo el ajuste correspondiente de las transferencias a las alcaldías municipales, por un monto de ampliación de C$138.3 millones, con lo cual se les está apoyando en la ejecución de nuevos planes de inversión y en el financíamiento de sus gastos operativos. Asimismo, y como consecuencia de las mayores recaudaciones, algunas instituciones se les están aumentando sus créditos presupuestarios en diferentes programas y proyectos para atender necesidades urgentes y necesarias. En este sentido, y con fuente tesoro, se aumentan ¡los presupuestos al Ministerio de Transporte e Infraestructura para un proyecto de Obras de Emergencia en la Red Vial y contrapartida a proyectos financiados con recursos externos, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Defensa, en particular al Ejército de Nicaragua para consumo de combustibles, alimentación y la creación de brigadas humanitarias,. de protección de bosques y de


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la fuerza naval, asi como a operaciones humanitarias para atender desastres naturales. También se asignan recursos con fuente interna al Ministerio de Gobernación para la cancelación de contrato para el nuevo Sistema de Emisión de pasaporte, salvoconducto y cédula de residencia, los cuales por efecto de atrasos del contratista no se pudieron cancelar en el 2 009; a la Policía Nacional, Ministerio de Educación, transferencias a la Dirección General de Ingresos y Dirección General de Servicios Aduaneros, para apoyar la incorporación de nuevos contribuyentes. De igual manera, se asignan mayores recursos al subsidio de energía eléctrica en asentamientos en barrios económicamente vulnerables, aporte a las Universidades, el Proyecto de Apoyo a las Comunidades, al Fondo de Mantenimiento Vial, subsidio de energía y agua a jubilados y Asamblea Nacional, entre otros.

También, con recursos externos se están realizando mayores asignaciones presupuestarias netas al Ministerio Agropecuario y Forestal, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, proyecto Ordenamiento de la Propiedad, SE-SINAPRED, Alcaldía de Granada, Alcaldía de Managua, Instituto de la Vivienda Urbana y Rural y ENACAL, entre otros.

El Programa de Inversiones Públicas se aumenta en C$659.9 millones, producto de un aumento en recursos del tesoro por C$293.2 millones, C$123.2 millones en donaciones y C$243.5 millones de préstamos.

Con recursos del tesoro se han aumentado las transferencias de capital a las alcaldías en un monto de C$104.0 millones y para financiar obras de infraestructura del Ministerio de Transporte e Infraestructura por C$186.4 millones, entre las cuales se destacan la contrapartida para obras de adoquinado de caminos, la rehabilitación de la carretera San


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Ramón Muy Muy, Matagalpa-Jinotega, Mejoramiento Puntual sobre la carretera Río Blanco-Siuna-Puente Banacruz y Mejoramiento de la carretera Acoyapa-San Carlos y C$114.0 millones para reparación de obras de infraestructura vial dañada por el invierno 2010.

En el caso de las fuentes de desembolsos de préstamos, es importante destacar que se producen aumentos por el orden de C$243.5 millones, concentrado en las siguientes instituciones: Ministerio de Transporte e Infraestructura con C$97.8 millones en tres proyectos: la Carretera Matagalpa-Jinotega, Mantenimiento San Isidro-Malpaisillo y finiquito por reconocimiento de costos adicionales en el Proyecto IV programa de rehabilitación y mantenimiento de carretera en la obra Diriamba-Casares-La Boquita. También registra aumento el Instituto de la Vivienda Urbana y Rural con un monto de C$43.8 millones para construcción de viviendas nuevas bajo la modalidad de subsidios de ingresos moderados y mejoramiento de viviendas para ingresos bajos e ingresos moderados bajos, así como a la Corte Suprema de Justicia. Otra institución que registra aumentos importantes en préstamos es SE-SINAPRED, cuyos recursos están orientados para la rehabilitación de techos a los afectados del Huracán Félix.

Por otra parte, se presentan disminuciones con préstamos externos por C$223.1 millones. El Ministerio de Transporte e Infraestructura disminuye debido a que en ciertas obras los procesos legales han tomado más tiempo del previsto, por tanto, lOjS recursos asignados en el 2010 no podrán ser ejecutados en su totalidad. La disminución del Ministerio de Salud obedece a que en el proceso de formulación del presupuesto 2010 los créditos se calcularon con supuestos de ejecución 2009 más bajos que lo ejecutado, mientras que se estimaron costos más altos que lo contratado. El Fondo de Inversión Social de Emergencia ha tenido atrasos en la


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ejecución porque las obras han tomado un tiempo mayor a lo estimado en la etapa de formulación, mientras que en el Ministerio de Energia y Minas, se reduce porque se han tenido dificultades en el cumplimiento a las condiciones previas al primer desembolso con el Banco Mundial, por lo que el monto programado no será ejecutado en su totalidad.

En el caso de las donaciones hay una variación neta de C$168.6 millones de disminución, explicada por C$123.2 de incremento y una disminución de C$2 91.8 millones.

Dos instituciones concentran los aumentos. En primer lugar, el Ministerio de Energía y Minas quien dispone de mayores recursos de donación para obras de electrificación rural. En segundo lugar el Ministerio de Transporte e Infraestructura con el Proyecto Mej oramiento del camino Wapi-El Tortuguero.

Por el lado de las reducciones, la mayor parte
corresponde al Fondo de Inversión Social de Emergencia
con C$111.7 millones, seguida del Ministerio de
Educación con C$47.2 millones y Ministerio de Salud
con C$27.1 millones - En estas dos instituciones se
reducen las donaciones debido a los atrasos de la
fuente de financiamiento. En el Ministerio de
Transporte se reduce el proyecto Guayacan Jinotega por
no lograrse la firma de un adendum por parte de la
fuente de financiamiento Unión Europea y el proyecto
de INATEC, Formación Profesional en especialidades de
electrónica y soldadura, debido a atrasos del
financiador LUXEMBURGO.
í

Por otra parte, en el financiamiento neto del déficit, las donaciones netas atadas a programas y proyectos se aumentan en C$16.9 millones, por efecto de aumento y reducciones de gasto, así como de reasignaciones. Los desembolsos del financiamiento externo neto atados a programas y proyectos se aumentan en C$77.1 millones.


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En materia de los recursos líquidos de apoyo presupuestario, esta Iniciativa de Ley de Modificación al Presupuesto 2010 contempla una reducción en el monto de C$525.0 millones, equivalente a US$25.0 millones de apoyo presupuestario del préstamo del Banco Mundial, y se incorpora la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por C$213.7 millones, equivalente a US$10.0 millones, ya recibido en las cuentas de la Tesorería General de la República. Se aumenta la amortización externa en C$23.5 millones, con lo que el financiamiento interno neto se aumenta en menos C$22.6 millones, en particular por mayor pago de deuda interna.

En resumen, se solicita a la Asamblea Nacional la siguiente modificación al Presupuesto General de la República 2010:

1.Incremento del Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2 010 en la suma de C$1,480.7 millones, de conformidad con el Anexo N°. I que se adjunta. Este aumento conllevará a disponer de un Presupuesto General de Ingresos 2010 de C$26,743.5 millones, lo que es mayor en 5-8% del presupuesto vigente y superior en 12.5% a la ejecución percibida en 2009.

2.Incremento neto del Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207.6 millones, distribuido en un aumento neto de C$975.4 millones que corresponden a gastos corrientes y un aumento de £$232.3 millones en gasto de capital, de conformidad con el listado Institucional y su Anexo N° II, III y IV que se adjunta. Cabe señalar que este aumento neto es producto de un monto de incrementos de C$1,582.3 millones y reducción de C$374.7 millones, entre gasto corriente y gasto de capital, respectivamente. jTambién se está incluyendo


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reasignaciones intra-institucionales por un monto de C$906.4 millones.

3. El servicio de la deuda pública se aumenta en C$274.3 millones. En el caso del servicio de la deuda interna el incremento es de C$157.6 millones, de los cuales para intereses y comisiones se destina un monto de C$106.1 millones, principalmente para los BPI's. En lo referente al servicio de la amortización interna y externa, se contemplan incrementos y reducciones, hasta por un monto neto de aumento de C$46.1 millones, entre las cuales en la deuda interna se contempla un monto de C$2 0.0 millones destinado al pago de pasivos laborales de Sentencias Ej ecutoriadas.

4.El aumento del Presupuesto General de Ingresos menos el aumento del Presupuesto General de Egresos origina una reducción del Déficit Presupuestario Global en C$273.1 millones.

5.Aumento neto del financiamiento de donaciones externas atadas a programas y proyectos en un monto de C$17.2 millones.

6.Aumento del financiamiento externo de la fuente de desembolso de préstamos externos atados a programas y proyectos en un monto de C$77.1 millones.

7.Incremento de recursos líquidos de apoyo presupuestario de donación externa de la Federación de Rusia por un monto de C$213.7 millones, equivalente a US$10.0 millones.

8.Reducción de recursos líquidos de apoyo presupuestario de desembolso de préstamo del Banco


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Mundial por C$535.0 millones, equivalente a US$25.0 millones.

También debo informar que se está incorporando un nuevo artículo a la Ley N°713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010 en donde se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2010, mediante crédito presupuestario adicional a los presupuestos de los organismos, recursos potenciales a ser ejecutados con financiamiento de desembolsos de préstamos externos aprobados por la Asamblea Nacional y de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación, destinados a programas y proyectos cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Esta autorización se realiza hasta por el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010, aprobado en el Arto. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010. Esta iniciativa se encuentra en correspondencia con el Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP), para apoyar la recuperación económica en el caso que el pais obtenga mayores fuentes externas de financiamiento.

Es importante señalar que ésta Iniciativa de Ley de Modificación Presupuestaria se encuentra acorde con el Programa Económico Financiero del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional y con los compromisos asumidos con organismos financieros internacionales, y es coherente con el objetivo f de garantizar la estabilidad macroeconómica.


FUNDAMENTACIÓN

Que el Artículo 112 de la Constitución Política de la República de Nicaragua establece en su tercer párrafo lo siguiente: "Toda, modificación al Presupuesto

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General de la República que suponga aumento o disminución de los Créditos, disminución de los ingresos o transferencias entre distintas instituciones, requerirá de la aprobación de la Asamblea Nacional. La Ley Anual de Presupuesto no puede crear tributos".

Que el Articulo 51 de la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, establece lo siguiente: La Ley Anual de Presupuesto General de la República podrá ser modificada durante su ejecución, con el objetivo de ajustar las proyecciones de ingresos y/o los limites de egresos a las necesidades y disponibilidades de recursos. Todo de conformidad a lo establecido en el articulo 112 de la Constitución Politica de la República de Nicaragua.

Todo Proyecto de Ley de Modificación será elaborado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de acuerdo a las normativas presupuestarias vigentes. El Proyecto de Ley será presentado por el Presidente de la República a consideración de la Asamblea Nacional para su discusión y aprobación.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en el inciso 2) del articulo 140, inciso 3) y 5) del articulo 150 todos de la Constitución Politica de la República de Nicaragua, articulo 89 párrafo segundo y articulo 91 de la Ley No. 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de Febrero del año 2007, someto a consideración de la Asamblea Nacional, la iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 141 párrafo 5to. de la J Constitución Politica de la


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República de Nicaragua y el artículo 93 de la Ley No. 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo", solicito se le conceda trámi te de urgencia a la presente Iniciativa.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación. A continuación la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Ley No

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;

HA DICTADO


Lo siguiente:

LEY DE MODIFIACION A LA LEY NO. 713, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2010

Articulo 1. Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,480,739,839.00 (UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución


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por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I.

Articulo 2. Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207,666,703.00 (UN MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$975,381,310.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$232,285,393.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:

I. Increioentese o asígnese, en su caso, las partidas presupues tarxas de los mini sterios e ins ti tuciones siguientes, cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° XX.

1 .A la Asamblea Nacional la suma de C$17,000,000.00 (DIECISIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,603,448.00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastfo corriente y C$11,396,552.00 (ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

2. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$48,306,668.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES


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TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
3. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$6,000,000.00 (SEIS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
4. A la Contraloria General de la República la suma de C$7,625,153.00 (SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales C$378,153.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$7,247,000.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
5. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$75,075,577.00 (SETENTA Y CINCO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$48,563,017.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS corresponden a gasto corriente y C$26,512,560.00 (VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. Del total de gasto corriente, la suma de C$39,265,746.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) se destina a la Po^icia Nacional y del total del gasto de capital la suma de C$7,245,766.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a ésta misma institución.


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6. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$1,754,117.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7. Al Ministerio de Defensa, en particular al Ejército de Nicaragua, la suma de C$101,337,777.00 (CIENTO UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de C$6,628,912.00 {SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

9. Al Ministerio Agropecuario y Forestal la suma de C$104,509,803.00 (CIENTO CUATRO MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$84,738,141.00 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$19,771,662.00 (DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

10. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de C$139,898,704.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE ^ILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,762,257.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$138,136,4 47.00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL


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CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. De este monto, C$114,000,000.00 (CIENTO CATORCE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) se destinan a reparación de caminos y puentes deteriorados por las lluvias.
11. Al Ministerio de Salud la suma de C$162,963,634.00 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
12. Al Ministerio del Trabajo, en particular Transferencia a INATEC, la suma de C$14,346,458.00 (CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,8 92,165.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,454,293.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
13. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales la suma de C$12,349,688.00 (DOCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,376,398.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS ]¡JETOS) corresponde a gasto corriente y C$6,973,290.00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
14. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de C$61,915,522.00 (SESENTA Y UN


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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$61,402,522.00 (SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$513,000.00 (QUINIENTOS TRECE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

15. Al Ministerio de Energía y Minas la suma de
C$48,136,923.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES
CIENTO TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$ 9,632,737.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente
y C$38,504,186 (TREINTA Y OCHO MILLONES
QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la
suma de C$663,034,783.00 (SEISCIENTOS SESENTA
Y TRES MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales la suma de C$336,42 9,128.00
(TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES

CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$32 6,605,655 . 00 (TRESCIENTOS VEINTISÉIS -MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución fy detalle:

16.1 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales la suma de C$1,601,426.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

16.2 Al Instituto de la Vivienda Urbana y
Rural la suma de C$ 33,256,438.00 {TREINTA

Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.

16.3 Al Instituto Nicaragüense de Fomento
Municipal la suma de C$11,377,182.00 (ONCE
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL
CIENTO OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$562,806.00 (QUINIENTOS SESENTA

Y DOS MIL OCHOCIENTOS SEIS CÓRDOBAS NETOS),
corresponden a gasto corriente y
C$10,814,376.00 (DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS
CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.4 Al Fondo de Mantenimiento Vial la suma de
C$ 12,900,000.00 (DOCE MILLONES NOVECIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.5 A la Dirección General de Ingresos la
suma de C$ 19,472,013.00 (DIECINUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
TRECE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.6 A la Dirección General de Servicios
Aduaneros la suma de C$ 4,930,000.00

(CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.7 Al Consejo Naciona^l del Deporte, la
Educación y la Recreación Fisica la suma de
C$471,586.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y UN
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.

16.8 Al Instituto Nacional de Información de
Desarrollóla suma de C$8,560,000.00 (OCHO

20
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.9 Al Instituto Nicaragüense del Deporte la
suma de C$109,950.00 (CIENTO NUEVE MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en
gasto de capital.

16.10 Al Instituto Nicaragüense de la Muj er la suma de C$1,74 9,098.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.11 Al Instituto Tecnológico Nacional la suma de C$1,100,000.00 (UN MILLÓN CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.12 Al Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas la suma de C$1,579,003.00(UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.13 Al Instituto Nacional de Promoción de la Competencia (PROCOMPETENCIA) la suma de C$4,800,000.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,479,000.00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$321,000.00 (TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

f
16.14 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico
Norte la suma de C$1,142,695.00 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente


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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

16.15 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico
Sur la suma de C$135,477.00 (CIENTO TREINTA
Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.16 A la Secretaria Ejecutiva del Sistema
Nacional de Prevención, Mitigación y
Atención de Desastres la suma de
C$50,398,611.00 (CINCUENTA MILLONES
TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
ONCE CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales
C$5,799,168.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$44,599,443.00 (CUARENTA Y
CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.

16.17 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento

de la Planificación Estratégica y la
Preinversión la suma de C$21,106,024.00
(VEINTIÚN MILLONES CIENTO SEIS MIL
VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$20,285,000.00 (VEINTE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$821,024.00 (OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
16.18 A la Partida de Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía para Jubilados la suma de C$2 6,182,000.00 (VEINTISÉIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.19 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal la suma jde C$987,265.00 (NOVECIENTOS

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OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.20 Al Fondo de Desarrollo Minero la suma de C$513,207.00 (QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.21 Al Fondo de Desarrollo Pesquero la suma de C$1,500,000(UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.22 A la Alcaldia de Managua la suma de
C$24,683,493.00 (VEINTICUATRO MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital, con fuente de
donación externa para el Proyecto
Potenciamiento del Sistema de Recolección
de los Desechos Sólidos y Mej oramiento de
las condiciones de vida de la población de
Managua.

16.23 A la Alcaldia de Granada la suma de C$54,990,639.00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital, con fuente de donación externa para el Proyecto Mej oramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Ciudad de Granada, I Fase. f
16.24 A la Partida de Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal la suma de C$3,325,804.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL


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OCHOCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.25 A la Partida de Transferencia a las
Alcaldías por Recaudaciones de Exploración
y Explotación Minera la suma de
C$739,568.00 (SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE
MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.

16.26 Al Ordenamiento de la Propiedad la suma
de C$62,105,517.00 (SESENTA Y DOS MILLONES
CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS DIECISIETE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$33,207,000.00 (TREINTA Y TRES MILLONES
DOSCIENTOS SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y
C$28,898,517.00 (VEINTIOCHO MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.

16.27 Al Banco de Fomento a la Producción
(PRODUZCAMOS) la suma de C$8,634,912.00
(OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO

MIL NOVECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.28 A la Partida de Subsidio de Energia en
Asentamientos en Barrios Económicamente
Vulnerables la suma de C$37,818,249.00

(TREINTA Y SIETE MELLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.29 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y
Alcantarillados la suma de C$14,973,073.00

(CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y

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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

TRES MIL SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
16.30 A la Partida de Comisiones Bancarias la suma de C$399,000.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.31 Al Proyecto de Apoyo a las Comunidades la suma de C$18,584,000.00 (DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.32 A las Universidades (Energía Eléctrica,
Agua y Telefonía Nacional) la suma de
C$10,218,000.00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS
DIECIOCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.

16.33 A las Universidades y Centros de
Educación Técnica Superior la suma de
C$72,4 60,002.00 (SETENTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.

16.34 A la Partida de Transferencia Municipal
la suma de C$138,333,362.00 (CIENTO TREINTA
Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$34,302,158.00

(TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA YfOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$104,031,204.00 (CIENTO CUATRO MILLONES TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme el detalle por Alcaldía que se presenta en el Anexo N°II-A.

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16.35 A la Partida de Transferencia a las Alcaldías por Recaudaciones del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC-IMI) la suma de C$11,297,189.00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.36 A la Partida de Subvenciones a Centros Religiosos, Culturales, Deportivos y Organizaciones sin fines de Lucro la suma de C$600,000.00 (SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, de los cuales C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) se destina al Instituto Nacional de Defensa al Consumidor (INDEC) y C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a la Casa de Cultura Ricardo Morales Aviles.

17. Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$111,466,748.00 (CIENTO ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, en los renglones de intereses y comisiones de la deuda interna y externa, conforme el detalle por acreedor que se presenta en el Anexo N° II-B.

XX. Redúcese las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° III.

l.A la Presidencia de la República la suma de C$4,886,783.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales la suma de C$4,192,483.00 (CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES


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CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$694,300.00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con fuente de donación externa.

2. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
la suma de C$19,429, 695.00 (DIECINUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales la suma de C$594,569.00

(QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$18,835,126.00 (DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con fuente de recursos externos.
3. Al Ministerio de Educación la suma de C$54,627,235.00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital con fuente de donación externa.
4. Al Ministerio del Trabajo y en particular la transferencia al INATEC la suma de C$44,624,000.00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$34,624,000.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto de capital, con fuente de donación externa.
5. A la Procuraduría General de la República la suma de C$1,283,126.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,036,767.00 (UN MILLÓN TREINTAj Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA


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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$246,359.00 (DOSCIENTOS CUARENTA

Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, con fuente
de donación externa.

6. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de C$249,832,925.00 (DOSCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales la suma de C$40,698,740.00
(CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$209,134,185.00 (DOSCIENTOS NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:
6.1 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia la suma de C$96,459,526.00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
6.2 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos la suma de C$2,161,507.00
(DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,080,427.00 (DOS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$81,080.00 (OCHENTA Y UN MIL OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con la fuente de donación externa.

6.3 Al Instituto de Desarrollo Rural la suma
de C$112,593,579.00 (CIENTO DOCE MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
SETENTA Y
J NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto


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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

de capital, con fuente de recursos externos.
6.4 Al Instituto Nicaragüense de Turismo la suma de C$22,614,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente con fuente de recursos externos.
6.5 Al Instituto Nicaragüense de la Juventud la suma de C$3,619,510.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.
6.6 A la Transferencia a las Alcaldía y Comunidades Indígenas por Recaudación de Pesca y Acuicultura C$1,135,072.00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) que corresponden a gasto corriente, con fuente de rentas con destino especifico.
6.7 A la Partida de Pensiones Vitalicias a Expresidentes y Exvicepresidentes la suma de C$1,340,000.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
6.8 A la Secretaria de Integración Económica Centroamericana la suma de C$172,050.00
(CIENTO SETENTA Y fDOS MIL CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

6.9 A la Corte Centroamericana de Justicia la
suma de C$227,008.00 (DOSCIENTOS
VEINTISIETE MIL OCHO CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.


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6.10A Financiera Nicaragüense de Inversiones la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.

6.11A Fondos de Contravalor la suma de C$5,510,673.00 (CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de donación externa.

6.12 A la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.

III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-xnstitucíonales por un monto de C$906,406,334.00 (NOVECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) , cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°IV y Anexo N° IV- A

Articulo 3
Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, redúcese el Déficit Fiscal en la suma de C$273,073,136.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS).


Articulo 4.
Auméntese en el Presupuesto General de la Repúbli ca 2010 el monto de C$230,927,098.00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad jie Financiamiento Neto, producto

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®

de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Arto. 2 de esta Ley, y la incorporación de la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por un monto de C$213,709,000.00 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS).

Articulo 5
Redúcese la suma de C$457,898,559.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolsos del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Arto. 2 de esta Ley. Esto incluye la reducción del monto de C$535,000,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CÓRDOBAS NETOS) del Apoyo Presupuestario del Banco Mundial (IDA)-PRSC-3.


Articulo 6
Increméntese la suma de C$23,501,675.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.


Articulo 7
Increméntese la suma neta de
C$22,600,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES

SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en el
rubro de amortización del servicio de la
deuda pública interna, según detalle en
Anexo N° V, de ampliaciones y
reasignaciones.

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Articulo 8. Corríjase el Articulo 1, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá asi: "Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 por un monto estimado de C$2 6,7 43,500,313.00 (VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley".

Articulo 9. Corríjase el Articulo 2, de la Ley N° 713,
Ley Anual de Presupuesto General de la
República 2010, el cual se leerá asi:
"Apruébese el Presupuesto General de
Egresos para el ejercicio presupuestario
2010 en la suma de C$32,301,202,2 01.00
(TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLONES
DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS UN CÓRDOBAS
NETOS), distribuidos en

C$24,743,027,869.00 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) para gasto corriente y C$7,558,174,332.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluye en esta distribución las modificaciones de incrementos, reducciones, que a continuación se detallan:"

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Articulo 10. Dentro del contexto del Programa de
Servicio para el Crecimiento y Lucha
Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la
recuperación económica, en el caso que el
pais consiga mayores fuentes externas de
financiamiento, se autoriza al Ministerio
de Hacienda y Crédito Público a
incorporar al Presupuesto General de
Egresos 2 010, mediante crédito
presupuestario adicional a los
organismos, asi como su respectiva fuente
de financiamiento, los recursos a ser
ejecutados provenientes de desembolsos de
préstamos internacionales debidamente
aprobados por la Asamblea Nacional y
destinados a programas y/o proyectos, y
cuyos montos no figuren en el ej ercicio
presupuestario vigente. Igual

procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010 aprobado en el Arto. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, a través de la Dirección de Análisis y Seguimiento del Gasto Público, y a la Contraloria General de la República, la suma confirmada de incorporación en los créditos presupuestarios institucionales. La programación y registro de la


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ejecución presupuestaria de estos recursos se harán conforme al Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoria y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario vigente.

Articulo 11. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones
de la Asamblea Nacional a los di as del mes
de del año dos mil diez,

Rene Núñez Téllez Wilfredo Navarro M.
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Hasta aqui, el texto de la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010", por lo que hace a la Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto del Proyecto de Ley, que firmo en la ciudad de Managua, a los nueve dias del mes de septiembre del año dos mil diez.


34



21 de Septiembre de 2010
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional


Apreciado Doctor Navarro.


Por instrucciones del Presidente de la Comisión de Producción, Economía y presupuesto de este Poder del Estado Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado le remito dictamen con copia electrónica de:


“Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010


Agradeciendo la atención a la presente, le saluda.




Atentamente






Ligia Delgado Quintanilla
Secretaria Legislativa

c.c. arch




Dictamen Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010
Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, Página 6
Managua, 22 de septiembre de 2010.


Dictamen Favorable


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Señor Presidente:

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibió por conducto de Primer Secretaría el mandato de la Junta Directiva el día Veintiuno de septiembre del corriente año, para la elaboración de Dictamen en un plazo de veinticuatro horas al Proyecto de “Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010”, presentado en Primer Secretaría por el Poder Ejecutivo el día 16 de septiembre del año en curso con trámite de urgencia.
I
Informe




II
Consideraciones de la Comisión
III
Dictamen de la Comisión

En virtud de las consideraciones generales expuestas en este dictamen los suscritos Integrantes de la Comisión de Producción Economía y Presupuesto y Presupuesto de la Asamblea Nacional, con fundamento en el artículo 98, 99, 100 y 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 98, 99 y 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, Ley No. 606, y habiéndose encontrado conforme lo señalado en la Constitución Política de la República de Nicaragua y la Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario, dictamina favorablemente el Proyecto de “Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010.”

Solicitamos al PLENARIO, que a la mayor brevedad y en base a la urgencia que el caso amerita, nos apoyen con su voto favorable en lo general y en lo particular.





COMISION DE PRODUCCION, ECONOMIA Y PRESUPUESTO





Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente








René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira



Oscar Moncada Reyes Alejandro Ruiz Jirón





Francisco Aguirre Sacasa Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante






Gustavo Porras Cortés Odell Incer Barquero
Integrante Integrante




Douglas Alemán Benavides Ramiro Silva Gutiérrez
Integrante Integrante





Salvador Talavera Alaniz Jorge Castillo Quant
Integrante Integrante



Guillermo Osorno Molina Brooklyn Rivera Bryan
Integrante Integrante
Dictamen Ley de Modificación a la Ley No. 713 “Ley Anual del Presupuesto General de la República 2010 Página 9



LEY Nº _____

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;
HA DICTADO

La siguiente:
Ley de Modificación a la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010

Artículo. 1






Artículo. 2
Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,480,739,839.00 (UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I.

Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207,666,703.00 (UN MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$975,381,310.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$232,285,393.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas presupuestarias de los ministerios e instituciones siguientes, cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° II. II. Redúcese las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° III.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-institucionales por un monto de C$906,406,334.00 (NOVECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°IV y Anexo N° IV- A

Artículo. 3 Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, redúcese el Déficit Fiscal en la suma de C$273,073,136.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS).

Artículo. 4 Auméntese en el Presupuesto General de la República 2010 el monto de C$230,927,098.00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Artículo. 2 de esta Ley, y la incorporación de la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por un monto de C$213,709,000.00 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS).

Artículo. 5 Redúcese la suma de C$457,898,559.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolsos del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Artículo. 2 de esta Ley. Esto incluye la reducción del monto de C$535,000,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CÓRDOBAS NETOS) del Apoyo Presupuestario del Banco Mundial (IDA)-PRSC-3.

Artículo. 6 Increméntese la suma de C$23,501,675.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.

Artículo. 7 Increméntese la suma neta de C$22,600,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública interna, según detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.

Artículo. 8 Corríjase el Artículo. 1, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 por un monto estimado de C$26,743,500,313.00 (VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley”.

Artículo. 9 Corríjase el Artículo. 2, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$32,301,202,201.00 (TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS), distribuidos en C$24,743,027,869.00 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) para gasto corriente y C$7,558,174,332.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluye en esta distribución las modificaciones de incrementos, reducciones, que a continuación se detallan:”

Artículo. 10 Dentro del contexto del Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la recuperación económica, en el caso que el país consiga mayores fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2010, mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010 aprobado en el Artículo. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010. Artículo. 11 Para los efectos de la ejecución de las obras establecidas en el artículo 2, inciso I, numeral 10 de la presente Ley, el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) queda excluido de los procedimientos para la contratación de las obras de reparación de caminos y puentes deteriorados por las lluvias, según lo establecido en la Ley No. 323 “Ley General de Contrataciones del Estado”, sus reformas y reglamento. En consecuencia se autoriza al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la contratación directa de las citadas obras hasta por un monto de C$114.0 millones, debiendo informar de estos contratos y de su ejecución a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, para lo de su cargo.

Artículo. 12 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el salón de las sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ del mes de ______ de dos mil diez.


René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional





Ley No. 736

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LEY No. 736

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY No. 713, “LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2010”

Artículo. 1 Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,480,739,839.00 (UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo No. I.

Art. 2 Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207,666,703.00 (UN MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$962,797,310.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$244,869,393.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:

Art. 3 Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, redúzcase el Déficit Fiscal en la suma de C$273,073,136.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS).

Art. 4 Auméntese en el Presupuesto General de la República 2010 el monto de C$230,927,098.00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el artículo 2 de esta Ley, y la incorporación de la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por un monto de C$213,709,000.00 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS).

Art. 5 Redúzcase la suma de C$457,898,559.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolsos del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el artículo 2 de esta Ley. Esto incluye la reducción del monto de C$535,000,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) del Apoyo Presupuestario del Banco Mundial (IDA)-PRSC-3.

Art. 6 Increméntese la suma de C$23,501,675.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo No. V, de ampliaciones y reasignaciones.

Art. 7 Increméntese la suma neta de C$22,600,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública interna, según detalle en Anexo No. V, de ampliaciones y reasignaciones.

Art. 8 Modifíquese el artículo 1, de la Ley No. 713, “Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010”, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 por un monto estimado de C$26,743,500,313.00 (VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley”.

Art. 9 Modifíquese el artículo 2, de la Ley No. 713, “Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010”, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$32,301,202,201.00 (TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLÓN DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS), distribuidos en C$24,743,027,869.00 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) para gasto corriente y C$7,558,174,332.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley”.

Art. 10 Dentro del contexto del Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la recuperación económica, en el caso que el país consiga mayores fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2010, mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010 aprobado en el artículo 2 de la Ley No. 713, “Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010”. Art. 11 Para los efectos de la ejecución de las obras establecidas en el artículo 2, inciso I, numeral 10 de la presente Ley, el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) queda excluido de los procedimientos para la contratación de las obras de reparación de caminos y puentes deteriorados por las lluvias, según lo establecido en la Ley No. 323 “Ley General de Contrataciones del Estado”, sus reformas y reglamento. En consecuencia se autoriza al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la contratación directa de las citadas obras hasta por un monto de C$126,584,000.00 (CIENTO VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS), debiendo informar de estos contratos y de su ejecución a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, para lo de su cargo.

Art. 12 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintiséis días del mes de Septiembre del año dos mil diez.





Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Alejandro Ruíz Jirón
Tercer Secretario de la
Asamblea Nacional
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

Managua, 9 de Septiembre de 2010 SPPN-E-10-1056

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primera Secretaria Asamblea Nacional Su Despacho

Estimado Primer Secretario:

Por orientaciones del Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra, con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto de Ley, adjunto a la presente le remito la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".
Ce: Ing. Rene Núñez Téllez-Presidente Asamblea Nacional Archivo.

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y el articulo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia.


Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa


Managua, 9 de Septiembre de 2010

Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional Su Despacho

Estimado Compañero Presidente:

Con la correspondiente Exposición de Motivos, Fundamentación, y texto de Ley, adjunto a la presente te remito la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 93 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y el articulo 141 párrafo 5to. de la Constitución Política de la República de Nicaragua, solicito se le conceda trámite de urgencia.

Sin más a que referirme, te saludo fraternalmente.


de Nicaragua

Ce: Archivo
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
Rene Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho

La presente Iniciativa de Ley de Modificación a la Ley No. 713 Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010 está motivada por la necesidad de realizar ajustes en el Presupuesto General de Ingresos, como resultado de una evolución más favorable del contexto macroeconómico y consecuentemente de la recaudación de ingresos, en comparación con los pronósticos que se hicieron en la formulación del presupuesto 2 010, el cual fue aprobado por la Asamblea Nacional en Diciembre del 2009. Mientras en la formulación del presupuesto 2010 se estimó un crecimiento real del PIB del 1.0%, se proyecta ahora un crecimiento del 2.5%. La inflación acumulada, que se habia estimado en 3.0%, se proyecta en 8.5%, mientras que la inflación promedio que se estimó en 5.5%, se proyecta en 6.0%.

Como resultado de esos cambios en las condiciones reales en nuestra economía y mejoras en la gestión de la administración de la recaudación, se ha observado una evolución más dinámica durante el periodo Enero-Junio . del corriente año, con respecto a las expectativas contempladas en la formulación del presupuesto 2 010. En consecuencia, se ha efectuado una nueva estimación de la recaudación, la que es mayor al Presupuesto General de Ingresos aprobado originalmente, por lo que resulta necesario ajustar las fuentes de ingresos para hacerlas consistentes con la realidad económica del país y a su vez con el comportamiento de la recaudación percibida al mes de Junio. Al mismo tiempo, se está aprovechando para


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revisar y ajustar los créditos presupuestarios de los gastos y su financiamiento, pero conservando el objetivo básico de garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este sentido, y tomando en consideración que se deben contrarrestar los daños que está causando el invierno 2010, se están asignando recursos internos tanto al Ministerio de Transporte e Infraestructura como al Ejército de Nicaragua, y a su vez a diversas instituciones para atender necesidades indispensables. Por otra parte, también se están incorporando mayores recursos al servicio de la deuda pública. A su vez se están reasignando, en particular recursos externos de préstamos y donaciones atadas, incorporando aquellos donde se cuenta con la disponibilidad y no existen los créditos presupuestarios, y reduciendo las fuentes de donaciones y préstamos que por diversas circunstancias no se podrán ejecutar en lo que resta del año.

Se debe señalar que la estimación de los ingresos del
Presupuesto General de la República del año 2010 tenia
como base de cálculo los ingresos observados al mes de
agosto de 2009 y la estimación de las variables
macroeconómicas, las que han sido modificadas con los
datos observados al cierre del año 2009. El PIB
nominal con que se formuló el Presupuesto era de
C$135,887.6 millones y las Importaciones CIF (sin
incluir Petróleo y Derivados) eran de US$2,962.8
millones. Las nuevas estimaciones del BCN en base a lo
observado en el primer semestre de 2010, son de un PIB
nominal de C$136,138.4 millones e importaciones de
US$3,124.0 millones.
f

Además de los cambios en las variables macroeconómicas, en el primer semestre del año se empezó a observar el impacto de la reforma a la Ley de Equidad Fiscal en la recaudación de cada uno de los impuestos y un incremento importante de las importaciones, asocia4as a la recuperación de la


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actividad económica desde finales del año 2009, por lo que se hizo necesario realizar una revisión a las estimaciones efectuadas durante el proceso de elaboración del Presupuesto General de la República 2010.

Todo lo anterior motivó el cambio en el monto de los ingresos totales de C$25,262.8 millones considerado inicialmente en el presupuesto, por una nueva estimación que alcanza los C$2 6,7 43.5 millones, es decir un incremento de C$1,480.7 millones, que equivale al 5.8% del Presupuesto General de Ingresos vigente. El nuevo monto de C$26,743.5 millones es superior en 12.5% en relación a los ingresos percibidos en el año 2009.

Los impuestos que mayor reforma presentan en su recaudación son:

En el caso del Impuesto Sobre la Renta, se estimó un presupuesto de ingresos anual de C$9,096.5 millones, el cual incorporaba el rendimiento de las medidas de la reforma tributaria. Sin embargo, y como resultado de la evaluación preliminar realizada a Junio, se observó que las medidas de reforma que más aportan a la recaudación estarán rindiendo el ingreso estimado con desfase en el tiempo.

En tal sentido, para el caso de las retenciones por dividendos se espera rindan lo estimado en los meses posteriores a la declaración anual del IR de Septiembre y Marzo del 2011, que qorresponden en mayor porcentaje al resultado económico y por tanto del ejercicio fiscal del año 2010. De igual manera, el rendimiento esperado por el cambio de base del pago mínimo definitivo estará produciendo resultados plenos en los meses en que se declare el IR anual de las empresas en base al ejercicio económico del 2010. No obstante, la aplicación de la nueva tabla progresiva


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del IR para los asalariados, tuvo un impacto negativo en el flujo de ingreso del IR, porque está afectando desde la entrada en vigencia de la Ley No.712. En consecuencia, la nueva estimación del IR plantea una reducción de C$686.5 millones para el año 2010. No obstante, es importante destacar que la recaudación del primer semestre del año, muestra un crecimiento de 6.9% en relación al mismo periodo de 2009.

El Impuesto al Valor Agregado sobre consumo nacional se incrementa en C$463.9 millones, como consecuencia de un aumento en las ventas gravadas y por un mayor rendimiento del impuesto por la eliminación de las exoneraciones para productos suntuarios (cigarrillos, vehículos, licores y roñes, cervezas, perfumes, cosméticos, barcos y lanchas). En la recaudación del primer semestre se observó un sobre cumplimiento de la meta semestral en 5.3%.

Se espera una mayor recaudación del Impuesto al Valor Agregado sobre bienes importados, como consecuencia del incremento en el valor de las importaciones. En relación al presupuesto inicial, esta recaudación se incrementa en C$859.4 millones. El resultado positivo obedece a un mayor ingreso marginal por la eliminación de exoneraciones a la importación de los productos señalados en el párrafo anterior, por el incremento de las tasas de recaudación de vehículos y el cambio en la tributación de los cigarrillos. Se debe señalar que el monto recaudado en el primer semestre del año muestra un sobre cumplimiento del 23.4% a lo presupuestado para el primer semestre de 2010.

En relación al Impuesto Selectivo de Consumo, la recaudación presupuestada anual se incrementará en C$837.5 millones, tanto por el aumento de las importaciones, como por el incremento en el consumo local y la aplicación de la reforma tributaria.


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La recaudación del Impuesto Selectivo al Consumo de bienes adquiridos 1ocalmente se incrementará en C$267.9 millones, principalmente debido a un incremento en el consumo de los derivados de petróleo que alcanzó un sobre cumplimiento de 16.3%, asi como por el aumento en el consumo y la eliminación de las exoneraciones de estos bienes.

Por su parte, el impuesto Selectivo de Consumo a los productos importados, recaudado por la Dirección General de Servicios Aduaneros, se aumenta en un monto de C$569.6 millones, sustentado por el aumento de las importaciones y la tasa efectiva de este conjunto de bienes. En este resultado ha sido relevante el rendimiento de las medidas de reforma de eliminación de exoneraciones a los bienes suntuarios, al aumento de ISC a vehículos de alto cilindraje y al cambio en la recaudación de los cigarrillos.

La recaudación por Derechos Arancelarios de Importación (DAI) se reduce en C$125.9 millones con respecto a lo presupuestado, debido a la aplicación de los acuerdos de desgravación arancelaria estipulados en los tratados de libre comercio con México, Taiwán, Panamá y CAFTA. Asi mismo, se produjo una reorientación del origen de las importaciones, incrementándose el volumen de aquellas provenientes de Centro América.

Por otra parte, esta Iniciativa de Ley de modificación propone aumentar el Presupuesto General de Egresos 2010 en un monto de C$1,207.6f millones, lo que conlleva a reducir el déficit fiscal en el monto de C$273.1 millones del presupuesto aprobado inicialmente. Este monto de gasto significa un incremento de 3.9% respecto al Presupuesto General de Egresos aprobado originalmente y sumado al monto del presupuesto inicial se aumenta en 8.1% en relación a lo ejecutado en el 2009. Esto significa que el gasto


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estará creciendo en términos reales, lo que evidencia la implementación de una política fiscal de estimulo a la demanda agregada, con el objetivo de paliar los efectos negativos derivados de la crisis económica internacional.

En la modificación al Presupuesto General de Egresos se ha efectuado una revisión a la ejecución de los programas y proyectos de inversión, la que condujo a aplicar una reducción de los créditos presupuestarios de aquellos que a la fecha muestran un menor grado de ej ecución, en particular de fuentes externas. Asimismo, se han revisado e identificado recursos adicionales, externos atados, por lo que se están aumentando los créditos presupuestarios a las instituciones ejecutoras de los mismos, y se procedió a incorporar reasignaciones intra-institucionales, a los efectos de readecuar las fuentes de financíamiento a las disponibilidades financieras reales.

Con la nueva proyección de los ingresos tributarios, se está proponiendo el ajuste correspondiente de las transferencias a las alcaldías municipales, por un monto de ampliación de C$138.3 millones, con lo cual se les está apoyando en la ejecución de nuevos planes de inversión y en el financíamiento de sus gastos operativos. Asimismo, y como consecuencia de las mayores recaudaciones, algunas instituciones se les están aumentando sus créditos presupuestarios en diferentes programas y proyectos para atender necesidades urgentes y necesarias. En este sentido, y con fuente tesoro, se aumentan ¡los presupuestos al Ministerio de Transporte e Infraestructura para un proyecto de Obras de Emergencia en la Red Vial y contrapartida a proyectos financiados con recursos externos, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Defensa, en particular al Ejército de Nicaragua para consumo de combustibles, alimentación y la creación de brigadas humanitarias,. de protección de bosques y de


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la fuerza naval, asi como a operaciones humanitarias para atender desastres naturales. También se asignan recursos con fuente interna al Ministerio de Gobernación para la cancelación de contrato para el nuevo Sistema de Emisión de pasaporte, salvoconducto y cédula de residencia, los cuales por efecto de atrasos del contratista no se pudieron cancelar en el 2 009; a la Policía Nacional, Ministerio de Educación, transferencias a la Dirección General de Ingresos y Dirección General de Servicios Aduaneros, para apoyar la incorporación de nuevos contribuyentes. De igual manera, se asignan mayores recursos al subsidio de energía eléctrica en asentamientos en barrios económicamente vulnerables, aporte a las Universidades, el Proyecto de Apoyo a las Comunidades, al Fondo de Mantenimiento Vial, subsidio de energía y agua a jubilados y Asamblea Nacional, entre otros.

También, con recursos externos se están realizando mayores asignaciones presupuestarias netas al Ministerio Agropecuario y Forestal, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, proyecto Ordenamiento de la Propiedad, SE-SINAPRED, Alcaldía de Granada, Alcaldía de Managua, Instituto de la Vivienda Urbana y Rural y ENACAL, entre otros.

El Programa de Inversiones Públicas se aumenta en C$659.9 millones, producto de un aumento en recursos del tesoro por C$293.2 millones, C$123.2 millones en donaciones y C$243.5 millones de préstamos.

Con recursos del tesoro se han aumentado las transferencias de capital a las alcaldías en un monto de C$104.0 millones y para financiar obras de infraestructura del Ministerio de Transporte e Infraestructura por C$186.4 millones, entre las cuales se destacan la contrapartida para obras de adoquinado de caminos, la rehabilitación de la carretera San


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Ramón Muy Muy, Matagalpa-Jinotega, Mejoramiento Puntual sobre la carretera Río Blanco-Siuna-Puente Banacruz y Mejoramiento de la carretera Acoyapa-San Carlos y C$114.0 millones para reparación de obras de infraestructura vial dañada por el invierno 2010.

En el caso de las fuentes de desembolsos de préstamos, es importante destacar que se producen aumentos por el orden de C$243.5 millones, concentrado en las siguientes instituciones: Ministerio de Transporte e Infraestructura con C$97.8 millones en tres proyectos: la Carretera Matagalpa-Jinotega, Mantenimiento San Isidro-Malpaisillo y finiquito por reconocimiento de costos adicionales en el Proyecto IV programa de rehabilitación y mantenimiento de carretera en la obra Diriamba-Casares-La Boquita. También registra aumento el Instituto de la Vivienda Urbana y Rural con un monto de C$43.8 millones para construcción de viviendas nuevas bajo la modalidad de subsidios de ingresos moderados y mejoramiento de viviendas para ingresos bajos e ingresos moderados bajos, así como a la Corte Suprema de Justicia. Otra institución que registra aumentos importantes en préstamos es SE-SINAPRED, cuyos recursos están orientados para la rehabilitación de techos a los afectados del Huracán Félix.

Por otra parte, se presentan disminuciones con préstamos externos por C$223.1 millones. El Ministerio de Transporte e Infraestructura disminuye debido a que en ciertas obras los procesos legales han tomado más tiempo del previsto, por tanto, lOjS recursos asignados en el 2010 no podrán ser ejecutados en su totalidad. La disminución del Ministerio de Salud obedece a que en el proceso de formulación del presupuesto 2010 los créditos se calcularon con supuestos de ejecución 2009 más bajos que lo ejecutado, mientras que se estimaron costos más altos que lo contratado. El Fondo de Inversión Social de Emergencia ha tenido atrasos en la


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ejecución porque las obras han tomado un tiempo mayor a lo estimado en la etapa de formulación, mientras que en el Ministerio de Energia y Minas, se reduce porque se han tenido dificultades en el cumplimiento a las condiciones previas al primer desembolso con el Banco Mundial, por lo que el monto programado no será ejecutado en su totalidad.

En el caso de las donaciones hay una variación neta de C$168.6 millones de disminución, explicada por C$123.2 de incremento y una disminución de C$2 91.8 millones.

Dos instituciones concentran los aumentos. En primer lugar, el Ministerio de Energía y Minas quien dispone de mayores recursos de donación para obras de electrificación rural. En segundo lugar el Ministerio de Transporte e Infraestructura con el Proyecto Mej oramiento del camino Wapi-El Tortuguero.

Por el lado de las reducciones, la mayor parte
corresponde al Fondo de Inversión Social de Emergencia
con C$111.7 millones, seguida del Ministerio de
Educación con C$47.2 millones y Ministerio de Salud
con C$27.1 millones - En estas dos instituciones se
reducen las donaciones debido a los atrasos de la
fuente de financiamiento. En el Ministerio de
Transporte se reduce el proyecto Guayacan Jinotega por
no lograrse la firma de un adendum por parte de la
fuente de financiamiento Unión Europea y el proyecto
de INATEC, Formación Profesional en especialidades de
electrónica y soldadura, debido a atrasos del
financiador LUXEMBURGO.
í

Por otra parte, en el financiamiento neto del déficit, las donaciones netas atadas a programas y proyectos se aumentan en C$16.9 millones, por efecto de aumento y reducciones de gasto, así como de reasignaciones. Los desembolsos del financiamiento externo neto atados a programas y proyectos se aumentan en C$77.1 millones.


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En materia de los recursos líquidos de apoyo presupuestario, esta Iniciativa de Ley de Modificación al Presupuesto 2010 contempla una reducción en el monto de C$525.0 millones, equivalente a US$25.0 millones de apoyo presupuestario del préstamo del Banco Mundial, y se incorpora la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por C$213.7 millones, equivalente a US$10.0 millones, ya recibido en las cuentas de la Tesorería General de la República. Se aumenta la amortización externa en C$23.5 millones, con lo que el financiamiento interno neto se aumenta en menos C$22.6 millones, en particular por mayor pago de deuda interna.

En resumen, se solicita a la Asamblea Nacional la siguiente modificación al Presupuesto General de la República 2010:

1.Incremento del Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2 010 en la suma de C$1,480.7 millones, de conformidad con el Anexo N°. I que se adjunta. Este aumento conllevará a disponer de un Presupuesto General de Ingresos 2010 de C$26,743.5 millones, lo que es mayor en 5-8% del presupuesto vigente y superior en 12.5% a la ejecución percibida en 2009.

2.Incremento neto del Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207.6 millones, distribuido en un aumento neto de C$975.4 millones que corresponden a gastos corrientes y un aumento de £$232.3 millones en gasto de capital, de conformidad con el listado Institucional y su Anexo N° II, III y IV que se adjunta. Cabe señalar que este aumento neto es producto de un monto de incrementos de C$1,582.3 millones y reducción de C$374.7 millones, entre gasto corriente y gasto de capital, respectivamente. jTambién se está incluyendo


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reasignaciones intra-institucionales por un monto de C$906.4 millones.

3. El servicio de la deuda pública se aumenta en C$274.3 millones. En el caso del servicio de la deuda interna el incremento es de C$157.6 millones, de los cuales para intereses y comisiones se destina un monto de C$106.1 millones, principalmente para los BPI's. En lo referente al servicio de la amortización interna y externa, se contemplan incrementos y reducciones, hasta por un monto neto de aumento de C$46.1 millones, entre las cuales en la deuda interna se contempla un monto de C$2 0.0 millones destinado al pago de pasivos laborales de Sentencias Ej ecutoriadas.

4.El aumento del Presupuesto General de Ingresos menos el aumento del Presupuesto General de Egresos origina una reducción del Déficit Presupuestario Global en C$273.1 millones.

5.Aumento neto del financiamiento de donaciones externas atadas a programas y proyectos en un monto de C$17.2 millones.

6.Aumento del financiamiento externo de la fuente de desembolso de préstamos externos atados a programas y proyectos en un monto de C$77.1 millones.

7.Incremento de recursos líquidos de apoyo presupuestario de donación externa de la Federación de Rusia por un monto de C$213.7 millones, equivalente a US$10.0 millones.

8.Reducción de recursos líquidos de apoyo presupuestario de desembolso de préstamo del Banco


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Mundial por C$535.0 millones, equivalente a US$25.0 millones.

También debo informar que se está incorporando un nuevo artículo a la Ley N°713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010 en donde se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2010, mediante crédito presupuestario adicional a los presupuestos de los organismos, recursos potenciales a ser ejecutados con financiamiento de desembolsos de préstamos externos aprobados por la Asamblea Nacional y de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación, destinados a programas y proyectos cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Esta autorización se realiza hasta por el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010, aprobado en el Arto. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010. Esta iniciativa se encuentra en correspondencia con el Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP), para apoyar la recuperación económica en el caso que el pais obtenga mayores fuentes externas de financiamiento.

Es importante señalar que ésta Iniciativa de Ley de Modificación Presupuestaria se encuentra acorde con el Programa Económico Financiero del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional y con los compromisos asumidos con organismos financieros internacionales, y es coherente con el objetivo f de garantizar la estabilidad macroeconómica.


FUNDAMENTACIÓN

Que el Artículo 112 de la Constitución Política de la República de Nicaragua establece en su tercer párrafo lo siguiente: "Toda, modificación al Presupuesto

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General de la República que suponga aumento o disminución de los Créditos, disminución de los ingresos o transferencias entre distintas instituciones, requerirá de la aprobación de la Asamblea Nacional. La Ley Anual de Presupuesto no puede crear tributos".

Que el Articulo 51 de la Ley No. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, establece lo siguiente: La Ley Anual de Presupuesto General de la República podrá ser modificada durante su ejecución, con el objetivo de ajustar las proyecciones de ingresos y/o los limites de egresos a las necesidades y disponibilidades de recursos. Todo de conformidad a lo establecido en el articulo 112 de la Constitución Politica de la República de Nicaragua.

Todo Proyecto de Ley de Modificación será elaborado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de acuerdo a las normativas presupuestarias vigentes. El Proyecto de Ley será presentado por el Presidente de la República a consideración de la Asamblea Nacional para su discusión y aprobación.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en el inciso 2) del articulo 140, inciso 3) y 5) del articulo 150 todos de la Constitución Politica de la República de Nicaragua, articulo 89 párrafo segundo y articulo 91 de la Ley No. 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de Febrero del año 2007, someto a consideración de la Asamblea Nacional, la iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Asimismo, conforme lo establecido en el articulo 141 párrafo 5to. de la J Constitución Politica de la


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República de Nicaragua y el artículo 93 de la Ley No. 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo", solicito se le conceda trámi te de urgencia a la presente Iniciativa.

Hasta aquí la Exposición de Motivos y Fundamentación. A continuación la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010".

Ley No

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;

HA DICTADO


Lo siguiente:

LEY DE MODIFIACION A LA LEY NO. 713, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2010

Articulo 1. Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,480,739,839.00 (UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución


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por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I.

Articulo 2. Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207,666,703.00 (UN MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$975,381,310.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$232,285,393.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:

I. Increioentese o asígnese, en su caso, las partidas presupues tarxas de los mini sterios e ins ti tuciones siguientes, cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° XX.

1 .A la Asamblea Nacional la suma de C$17,000,000.00 (DIECISIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,603,448.00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gastfo corriente y C$11,396,552.00 (ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

2. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$48,306,668.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES


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TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
3. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$6,000,000.00 (SEIS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
4. A la Contraloria General de la República la suma de C$7,625,153.00 (SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales C$378,153.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$7,247,000.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
5. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$75,075,577.00 (SETENTA Y CINCO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$48,563,017.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS corresponden a gasto corriente y C$26,512,560.00 (VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. Del total de gasto corriente, la suma de C$39,265,746.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) se destina a la Po^icia Nacional y del total del gasto de capital la suma de C$7,245,766.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a ésta misma institución.


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6. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$1,754,117.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7. Al Ministerio de Defensa, en particular al Ejército de Nicaragua, la suma de C$101,337,777.00 (CIENTO UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de C$6,628,912.00 {SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

9. Al Ministerio Agropecuario y Forestal la suma de C$104,509,803.00 (CIENTO CUATRO MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$84,738,141.00 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$19,771,662.00 (DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

10. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de C$139,898,704.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE ^ILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,762,257.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$138,136,4 47.00 (CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL


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CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. De este monto, C$114,000,000.00 (CIENTO CATORCE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) se destinan a reparación de caminos y puentes deteriorados por las lluvias.
11. Al Ministerio de Salud la suma de C$162,963,634.00 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
12. Al Ministerio del Trabajo, en particular Transferencia a INATEC, la suma de C$14,346,458.00 (CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,8 92,165.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,454,293.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
13. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales la suma de C$12,349,688.00 (DOCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,376,398.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS ]¡JETOS) corresponde a gasto corriente y C$6,973,290.00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
14. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de C$61,915,522.00 (SESENTA Y UN


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MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$61,402,522.00 (SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$513,000.00 (QUINIENTOS TRECE MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

15. Al Ministerio de Energía y Minas la suma de
C$48,136,923.00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES
CIENTO TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$ 9,632,737.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente
y C$38,504,186 (TREINTA Y OCHO MILLONES
QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la
suma de C$663,034,783.00 (SEISCIENTOS SESENTA
Y TRES MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales la suma de C$336,42 9,128.00
(TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES

CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$32 6,605,655 . 00 (TRESCIENTOS VEINTISÉIS -MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución fy detalle:

16.1 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales la suma de C$1,601,426.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

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16.2 Al Instituto de la Vivienda Urbana y
Rural la suma de C$ 33,256,438.00 {TREINTA

Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.

16.3 Al Instituto Nicaragüense de Fomento
Municipal la suma de C$11,377,182.00 (ONCE
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL
CIENTO OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$562,806.00 (QUINIENTOS SESENTA

Y DOS MIL OCHOCIENTOS SEIS CÓRDOBAS NETOS),
corresponden a gasto corriente y
C$10,814,376.00 (DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS
CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

16.4 Al Fondo de Mantenimiento Vial la suma de
C$ 12,900,000.00 (DOCE MILLONES NOVECIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.5 A la Dirección General de Ingresos la
suma de C$ 19,472,013.00 (DIECINUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
TRECE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.6 A la Dirección General de Servicios
Aduaneros la suma de C$ 4,930,000.00

(CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.7 Al Consejo Naciona^l del Deporte, la
Educación y la Recreación Fisica la suma de
C$471,586.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y UN
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.

16.8 Al Instituto Nacional de Información de
Desarrollóla suma de C$8,560,000.00 (OCHO

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MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.9 Al Instituto Nicaragüense del Deporte la
suma de C$109,950.00 (CIENTO NUEVE MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en
gasto de capital.

16.10 Al Instituto Nicaragüense de la Muj er la suma de C$1,74 9,098.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.11 Al Instituto Tecnológico Nacional la suma de C$1,100,000.00 (UN MILLÓN CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.12 Al Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas la suma de C$1,579,003.00(UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.13 Al Instituto Nacional de Promoción de la Competencia (PROCOMPETENCIA) la suma de C$4,800,000.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,479,000.00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$321,000.00 (TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.

f
16.14 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico
Norte la suma de C$1,142,695.00 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente


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16.15 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico
Sur la suma de C$135,477.00 (CIENTO TREINTA
Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.16 A la Secretaria Ejecutiva del Sistema
Nacional de Prevención, Mitigación y
Atención de Desastres la suma de
C$50,398,611.00 (CINCUENTA MILLONES
TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
ONCE CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales
C$5,799,168.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$44,599,443.00 (CUARENTA Y
CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.

16.17 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento

de la Planificación Estratégica y la
Preinversión la suma de C$21,106,024.00
(VEINTIÚN MILLONES CIENTO SEIS MIL
VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$20,285,000.00 (VEINTE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$821,024.00 (OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
16.18 A la Partida de Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía para Jubilados la suma de C$2 6,182,000.00 (VEINTISÉIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.19 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal la suma jde C$987,265.00 (NOVECIENTOS

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OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.20 Al Fondo de Desarrollo Minero la suma de C$513,207.00 (QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.21 Al Fondo de Desarrollo Pesquero la suma de C$1,500,000(UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.22 A la Alcaldia de Managua la suma de
C$24,683,493.00 (VEINTICUATRO MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital, con fuente de
donación externa para el Proyecto
Potenciamiento del Sistema de Recolección
de los Desechos Sólidos y Mej oramiento de
las condiciones de vida de la población de
Managua.

16.23 A la Alcaldia de Granada la suma de C$54,990,639.00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital, con fuente de donación externa para el Proyecto Mej oramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Ciudad de Granada, I Fase. f
16.24 A la Partida de Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal la suma de C$3,325,804.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL


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OCHOCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.25 A la Partida de Transferencia a las
Alcaldías por Recaudaciones de Exploración
y Explotación Minera la suma de
C$739,568.00 (SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE
MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.

16.26 Al Ordenamiento de la Propiedad la suma
de C$62,105,517.00 (SESENTA Y DOS MILLONES
CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS DIECISIETE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$33,207,000.00 (TREINTA Y TRES MILLONES
DOSCIENTOS SIETE MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y
C$28,898,517.00 (VEINTIOCHO MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.

16.27 Al Banco de Fomento a la Producción
(PRODUZCAMOS) la suma de C$8,634,912.00
(OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO

MIL NOVECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.

16.28 A la Partida de Subsidio de Energia en
Asentamientos en Barrios Económicamente
Vulnerables la suma de C$37,818,249.00

(TREINTA Y SIETE MELLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.29 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y
Alcantarillados la suma de C$14,973,073.00

(CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y

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TRES MIL SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
16.30 A la Partida de Comisiones Bancarias la suma de C$399,000.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.31 Al Proyecto de Apoyo a las Comunidades la suma de C$18,584,000.00 (DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

16.32 A las Universidades (Energía Eléctrica,
Agua y Telefonía Nacional) la suma de
C$10,218,000.00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS
DIECIOCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.

16.33 A las Universidades y Centros de
Educación Técnica Superior la suma de
C$72,4 60,002.00 (SETENTA Y DOS MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.

16.34 A la Partida de Transferencia Municipal
la suma de C$138,333,362.00 (CIENTO TREINTA
Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$34,302,158.00

(TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA YfOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$104,031,204.00 (CIENTO CUATRO MILLONES TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme el detalle por Alcaldía que se presenta en el Anexo N°II-A.

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16.35 A la Partida de Transferencia a las Alcaldías por Recaudaciones del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC-IMI) la suma de C$11,297,189.00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16.36 A la Partida de Subvenciones a Centros Religiosos, Culturales, Deportivos y Organizaciones sin fines de Lucro la suma de C$600,000.00 (SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, de los cuales C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) se destina al Instituto Nacional de Defensa al Consumidor (INDEC) y C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a la Casa de Cultura Ricardo Morales Aviles.

17. Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$111,466,748.00 (CIENTO ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, en los renglones de intereses y comisiones de la deuda interna y externa, conforme el detalle por acreedor que se presenta en el Anexo N° II-B.

XX. Redúcese las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° III.

l.A la Presidencia de la República la suma de C$4,886,783.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) , de los cuales la suma de C$4,192,483.00 (CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES


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CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$694,300.00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con fuente de donación externa.

2. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
la suma de C$19,429, 695.00 (DIECINUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales la suma de C$594,569.00

(QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$18,835,126.00 (DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con fuente de recursos externos.
3. Al Ministerio de Educación la suma de C$54,627,235.00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital con fuente de donación externa.
4. Al Ministerio del Trabajo y en particular la transferencia al INATEC la suma de C$44,624,000.00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$34,624,000.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto de capital, con fuente de donación externa.
5. A la Procuraduría General de la República la suma de C$1,283,126.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,036,767.00 (UN MILLÓN TREINTAj Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA


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Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$246,359.00 (DOSCIENTOS CUARENTA

Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, con fuente
de donación externa.

6. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de C$249,832,925.00 (DOSCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales la suma de C$40,698,740.00
(CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$209,134,185.00 (DOSCIENTOS NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente distribución y detalle:
6.1 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia la suma de C$96,459,526.00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
6.2 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos la suma de C$2,161,507.00
(DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,080,427.00 (DOS MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$81,080.00 (OCHENTA Y UN MIL OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital con la fuente de donación externa.

6.3 Al Instituto de Desarrollo Rural la suma
de C$112,593,579.00 (CIENTO DOCE MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
SETENTA Y
J NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto


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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

de capital, con fuente de recursos externos.
6.4 Al Instituto Nicaragüense de Turismo la suma de C$22,614,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente con fuente de recursos externos.
6.5 Al Instituto Nicaragüense de la Juventud la suma de C$3,619,510.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.
6.6 A la Transferencia a las Alcaldía y Comunidades Indígenas por Recaudación de Pesca y Acuicultura C$1,135,072.00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) que corresponden a gasto corriente, con fuente de rentas con destino especifico.
6.7 A la Partida de Pensiones Vitalicias a Expresidentes y Exvicepresidentes la suma de C$1,340,000.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
6.8 A la Secretaria de Integración Económica Centroamericana la suma de C$172,050.00
(CIENTO SETENTA Y fDOS MIL CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.

6.9 A la Corte Centroamericana de Justicia la
suma de C$227,008.00 (DOSCIENTOS
VEINTISIETE MIL OCHO CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.


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6.10A Financiera Nicaragüense de Inversiones la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.

6.11A Fondos de Contravalor la suma de C$5,510,673.00 (CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de donación externa.

6.12 A la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, con fuente de recursos externos.

III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-xnstitucíonales por un monto de C$906,406,334.00 (NOVECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) , cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°IV y Anexo N° IV- A

Articulo 3
Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, redúcese el Déficit Fiscal en la suma de C$273,073,136.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS).


Articulo 4.
Auméntese en el Presupuesto General de la Repúbli ca 2010 el monto de C$230,927,098.00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad jie Financiamiento Neto, producto

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Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa

®

de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Arto. 2 de esta Ley, y la incorporación de la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por un monto de C$213,709,000.00 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS).

Articulo 5
Redúcese la suma de C$457,898,559.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolsos del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Arto. 2 de esta Ley. Esto incluye la reducción del monto de C$535,000,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CÓRDOBAS NETOS) del Apoyo Presupuestario del Banco Mundial (IDA)-PRSC-3.


Articulo 6
Increméntese la suma de C$23,501,675.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.


Articulo 7
Increméntese la suma neta de
C$22,600,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES

SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en el
rubro de amortización del servicio de la
deuda pública interna, según detalle en
Anexo N° V, de ampliaciones y
reasignaciones.

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Articulo 8. Corríjase el Articulo 1, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá asi: "Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 por un monto estimado de C$2 6,7 43,500,313.00 (VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley".

Articulo 9. Corríjase el Articulo 2, de la Ley N° 713,
Ley Anual de Presupuesto General de la
República 2010, el cual se leerá asi:
"Apruébese el Presupuesto General de
Egresos para el ejercicio presupuestario
2010 en la suma de C$32,301,202,2 01.00
(TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLONES
DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS UN CÓRDOBAS
NETOS), distribuidos en

C$24,743,027,869.00 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) para gasto corriente y C$7,558,174,332.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluye en esta distribución las modificaciones de incrementos, reducciones, que a continuación se detallan:"

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Articulo 10. Dentro del contexto del Programa de
Servicio para el Crecimiento y Lucha
Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la
recuperación económica, en el caso que el
pais consiga mayores fuentes externas de
financiamiento, se autoriza al Ministerio
de Hacienda y Crédito Público a
incorporar al Presupuesto General de
Egresos 2 010, mediante crédito
presupuestario adicional a los
organismos, asi como su respectiva fuente
de financiamiento, los recursos a ser
ejecutados provenientes de desembolsos de
préstamos internacionales debidamente
aprobados por la Asamblea Nacional y
destinados a programas y/o proyectos, y
cuyos montos no figuren en el ej ercicio
presupuestario vigente. Igual

procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010 aprobado en el Arto. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, a través de la Dirección de Análisis y Seguimiento del Gasto Público, y a la Contraloria General de la República, la suma confirmada de incorporación en los créditos presupuestarios institucionales. La programación y registro de la


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ejecución presupuestaria de estos recursos se harán conforme al Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoria y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario vigente.

Articulo 11. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones
de la Asamblea Nacional a los di as del mes
de del año dos mil diez,

Rene Núñez Téllez Wilfredo Navarro M.
Presidente Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Hasta aqui, el texto de la Iniciativa de "Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010", por lo que hace a la Exposición de Motivos, Fundamentación y Texto del Proyecto de Ley, que firmo en la ciudad de Managua, a los nueve dias del mes de septiembre del año dos mil diez.


34



21 de Septiembre de 2010
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional


Apreciado Doctor Navarro.


Por instrucciones del Presidente de la Comisión de Producción, Economía y presupuesto de este Poder del Estado Diputado Wálmaro Gutiérrez Mercado le remito dictamen con copia electrónica de:


“Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010


Agradeciendo la atención a la presente, le saluda.




Atentamente






Ligia Delgado Quintanilla
Secretaria Legislativa

c.c. arch




Dictamen Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010
Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, Página 6
Managua, 22 de septiembre de 2010.


Dictamen Favorable


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Señor Presidente:

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibió por conducto de Primer Secretaría el mandato de la Junta Directiva el día Veintiuno de septiembre del corriente año, para la elaboración de Dictamen en un plazo de veinticuatro horas al Proyecto de “Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010”, presentado en Primer Secretaría por el Poder Ejecutivo el día 16 de septiembre del año en curso con trámite de urgencia.
I
Informe




II
Consideraciones de la Comisión
III
Dictamen de la Comisión

En virtud de las consideraciones generales expuestas en este dictamen los suscritos Integrantes de la Comisión de Producción Economía y Presupuesto y Presupuesto de la Asamblea Nacional, con fundamento en el artículo 98, 99, 100 y 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 98, 99 y 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, Ley No. 606, y habiéndose encontrado conforme lo señalado en la Constitución Política de la República de Nicaragua y la Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario, dictamina favorablemente el Proyecto de “Ley de Modificación a la Ley No. 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010.”

Solicitamos al PLENARIO, que a la mayor brevedad y en base a la urgencia que el caso amerita, nos apoyen con su voto favorable en lo general y en lo particular.





COMISION DE PRODUCCION, ECONOMIA Y PRESUPUESTO





Wálmaro Gutiérrez Mercado
Presidente








René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira



Oscar Moncada Reyes Alejandro Ruiz Jirón





Francisco Aguirre Sacasa Irma Dávila Lazo
Integrante Integrante






Gustavo Porras Cortés Odell Incer Barquero
Integrante Integrante




Douglas Alemán Benavides Ramiro Silva Gutiérrez
Integrante Integrante





Salvador Talavera Alaniz Jorge Castillo Quant
Integrante Integrante



Guillermo Osorno Molina Brooklyn Rivera Bryan
Integrante Integrante
Dictamen Ley de Modificación a la Ley No. 713 “Ley Anual del Presupuesto General de la República 2010 Página 9



LEY Nº _____

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;
HA DICTADO

La siguiente:
Ley de Modificación a la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010

Artículo. 1






Artículo. 2
Increméntese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,480,739,839.00 (UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I.

Increméntese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$1,207,666,703.00 (UN MIL DOSCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$975,381,310.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$232,285,393.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas presupuestarias de los ministerios e instituciones siguientes, cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° II. II. Redúcese las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N° III.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-institucionales por un monto de C$906,406,334.00 (NOVECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°IV y Anexo N° IV- A

Artículo. 3 Como consecuencia de las modificaciones del Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de Egresos, redúcese el Déficit Fiscal en la suma de C$273,073,136.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS).

Artículo. 4 Auméntese en el Presupuesto General de la República 2010 el monto de C$230,927,098.00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Artículo. 2 de esta Ley, y la incorporación de la donación de apoyo presupuestario de la Federación de Rusia por un monto de C$213,709,000.00 (DOSCIENTOS TRECE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS).

Artículo. 5 Redúcese la suma de C$457,898,559.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a los desembolsos del Financiamiento Externo Neto, producto de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el Artículo. 2 de esta Ley. Esto incluye la reducción del monto de C$535,000,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CÓRDOBAS NETOS) del Apoyo Presupuestario del Banco Mundial (IDA)-PRSC-3.

Artículo. 6 Increméntese la suma de C$23,501,675.00 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública externa, de conformidad con el detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.

Artículo. 7 Increméntese la suma neta de C$22,600,000.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS MIL CORDOBAS NETOS) en el rubro de amortización del servicio de la deuda pública interna, según detalle en Anexo N° V, de ampliaciones y reasignaciones.

Artículo. 8 Corríjase el Artículo. 1, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2010 por un monto estimado de C$26,743,500,313.00 (VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL TRESCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley”.

Artículo. 9 Corríjase el Artículo. 2, de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010, el cual se leerá así: “Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2010 en la suma de C$32,301,202,201.00 (TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS UN CÓRDOBAS NETOS), distribuidos en C$24,743,027,869.00 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) para gasto corriente y C$7,558,174,332.00 (SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluye en esta distribución las modificaciones de incrementos, reducciones, que a continuación se detallan:”

Artículo. 10 Dentro del contexto del Programa de Servicio para el Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la recuperación económica, en el caso que el país consiga mayores fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2010, mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de Egresos 2010 aprobado en el Artículo. 2 de la Ley N° 713, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2010. Artículo. 11 Para los efectos de la ejecución de las obras establecidas en el artículo 2, inciso I, numeral 10 de la presente Ley, el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) queda excluido de los procedimientos para la contratación de las obras de reparación de caminos y puentes deteriorados por las lluvias, según lo establecido en la Ley No. 323 “Ley General de Contrataciones del Estado”, sus reformas y reglamento. En consecuencia se autoriza al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la contratación directa de las citadas obras hasta por un monto de C$114.0 millones, debiendo informar de estos contratos y de su ejecución a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, para lo de su cargo.

Artículo. 12 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el salón de las sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ del mes de ______ de dos mil diez.


René Núñez Téllez Wilfredo Navarro Moreira
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional