Managua, 12 de abril del 2016
Licenciada
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Muy Estimada Licenciada Palacios:
Con motivo de constitución de la República de Nicaragua, nuestra solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTES ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO
y con el objeto de cumplir los tramites de legalidad de la misma. De conformidad con los arto 7, 9 y 10 de la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la gaceta Diario Oficial No. 102 del 29 de mayo de 1992, sometemos ante esta honorable Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, la solicitud de Personería Jurídica de la Asociación antes mencionada
.
De conformidad a la Ley No. 147 nuestra Escritura Constitutiva y Estatutos de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTES ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO,
solicitamos en el orden del día para la próxima sesión de plenario de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTES ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO,
con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya, constituida de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua, a las once de la mañana del día uno de diciembre del dos mil quince, ante los oficios notariales del Doctor Exequiel Ardían Chávez García, compuesta de ocho hojas de papel sellados de Ley.
Aprovecho la ocasión por reiterarles las muestras de consideración y estima así como su atenta gestión para la pronta aprobación de nuestra Personalidad Jurídica.
Afectuosamente,
Donaldo Marcia Martínez
Presidente
Managua, Martes 02 de febrero del 2016
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.
Excelentísimo Señor Presidente:
El suscrito Diputado representante ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, con fundamento en el inciso 5, de los Artos 138 y 140 Cn; y en el inciso 2, del arto. No. 14 y los Subsiguientes artos. No. 90, 91, 152, 153, y 154 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua, Arto. 102 y 166 y la Ley 147 Ley General de Personalidades Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la gaceta, diario oficial NO. 102 del 29 de mayo de 1992, presenta ante la Primer Secretaría de este Poder del Estado, la solicitud de otorgamiento de la Personalidad Jurídica a la , presento iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad jurídica de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO
, sin fines de lucro, y del Municipio y departamento de Managua, constituida en Escritura Pública Número 03, del día 08 de abril del dos mil dieciséis, otorgada ante los oficios notariales del Lic. Exequiel Adrián Chávez García.
La Fundamentación de esta Asociación, se Constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:
A. PREDICAR, el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo a todas las personas necesitadas de una palabra de fe, esperanza y restauración personal y espiritual, en este país y fuera de él, formándolos en los conocimientos y principios de fe, en la palabra de Dios.
B. TRABAJAR, en la conformación y consolidación del Cuerpo de Cristo en Nicaragua y fuera de ella a través del impulso de diversos medios, programas y proyectos.
C. IMPULSAR, en todo el país y fuera de él, programas y proyectos que estén enfocados hacia la restauración y sanidad integral de las personas abandonadas y desprotegidas socialmente, como parte de la acción social de la iglesia Evangélica en el trabajo comunitario.
D. PROMOVER, el crecimiento espiritual, ético, moral, económico, social y cultural de todos los fieles en Jesucristo como parte del testimonio de fe en el Señor, hacia las demás personas.
E. ESTABLECER, tempos, escuelas bíblicas, teológicas, guarderías o albergues, casas pastorales, comedores infantiles y demás programas que sea necesarios para el desarrollo y los alcances de esta Asociación.
F. IMPLEMENTAR, diversos programas de capacitaciones espirituales, bíblicos y teológicos, entre los miembros de la Asociación, que estén enfocados en los cinco ministerios de fe. Apostólicos, Profético, Evangelistico, Pastoral y de Enseñanza, para su desarrollo y madurez personal.
G. BRINDAR, asistencia, orientación y consejería psicológica, espiritual y familiar a las personas que se encuentren necesitadas de una palabra de amor, fe, misericordia y esperanza.
H. EJECUTAR, programas y proyectos que promuevan el desarrollo integral y sostenido de las familias que se encuentren con problemas de autoestima y desintegración familiar, conducentes a la mejora de su calidad de vida.
I. PROMOVER, a través de la charla educativa y cristiana el mejoramiento del nivel de vida personal y espiritual de las personas en las comunidades en donde la Asociación tenga presencia a través de la comunicación miembros de una iglesia, programas o proyectos.
J. DOTAR, de todo tipio de materiales educativos, bíblicos y religiosos a las personas miembros de la comunidades en donde se tenga presencia como Asociación con el fin de que se faciliten los cambios de vida en su entorno social y familiar.
K. GESTIONAR, becas técnicas y universidades, nacionales e internacionales, que beneficie a las familias más pobres y de escasos recursos en las comunidades para su superación personal.
L. SUSCRIBIR, alianzas, herramientas, intercambios y convenios de cooperación interinstitucional a nivel nacional e internacional para el apoyo y acompañamiento de los diversos programas y proyectos realizados por la Asociación.
M. EJECUTAR, planes programas y proyectos que estén enfocados hacia la formación integral en valores, educación cívica y promoción social que permitan así, la formación y consolidación de nuevos liderazgos sociales en las comunidades.
N. FOMENTAR, planes, programas y proyectos que a la atención, rescate y desarrollo social de los grupos más vulnerables, empobrecidos, marginados, excluidos y con desatención social, Niños/as, adolescentes, jóvenes, personas con capacidades diferentes y personas de las tercera edad, gestionando ante la institución pública y privadas y organismos internacionales, todo tipo de medios y recursos que ayudan a la mejora de su calidad de vida.
Por todo lo antes expuesto someto a la consideración de los honorables representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente.-
Patricia Mercedes Sánchez Urbina
Diputada
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO
, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de Managua.
Arto.2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS ENSANCHANDO EL REINO DE JESUCRISTO,
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA