Managua, Lunes 08 de noviembre del 2015
Licenciada
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primer Secretario
Junta Directiva, Asamblea Nacional
Sus manos:-
Muy estimada Lic. PALACIOS
:-
Con motivo de la constitución de la
ASOCIACIÓN RED APOSTÓLICA, RESTAURACIÓN DE NICARAGUA
, “
RESNIC
”, pudiéndose abreviar como “
RESNIC
”
,
y con el objetivo de cumplir los trámites de legalidad de la misma, de conformidad con los Artos. 7, 9 y 10 de la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 102, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta Honorable Primer Secretaría de la Asamblea Nacional, la solicitud de Personería Jurídica de la Asociación antes mencionada.
De conformidad con la Ley N° 147, nuestra Escritura Constitutiva y Estatutos de la
ASOCIACIÓN RED APOSTÓLICA, RESTAURACIÓN DE NICARAGUA
, “
RESNIC
”, pudiéndose abreviar como “
RESNIC
”
,
solicitamos la inclusión en el orden del día para la próxima sesión de Plenario de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN RED APOSTÓLICA, RESTAURACIÓN DE NICARAGUA
, “
RESNIC
”, pudiéndose abreviar como “
RESNIC
”
,
con domicilio en el Municipio de Ciudad Sandino, y del Departamento de Managua, constituida de conformidad a las Leyes de la República de Nicaragua, a las cinco de la tarde del día sábado siete de noviembre del año dos mil quince, ante los oficios notariales del Doctor
SADÁN RAMÓN SEQUEIRA FOX,
compuesta de siete hojas de papel sellado de ley.
Aprovecho la ocasión para reiterarles las muestras de consideración y estima así como su atenta gestión para la pronta aprobación de nuestra Personalidad Jurídica.
Atentamente,
Pastor, Daniel Matus Miranda
Presidente
Céd. 001-130876-0002M
Cel. 8410-2017; 8772-7564
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, Lunes 08 de noviembre del 2015
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente, Junta Directiva,
Asamblea Nacional
Su Despacho:-
Excelentísimo Señor Presidente:-
El suscrito Diputado, Representante ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, con fundamento en el inciso 5, del Arto. N° 138 y 140 Cn; y del inciso 2, del Arto. N° 14, y los subsiguientes Artos. Nº 90, 91, 152, 153 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua; y en la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 102, del 29 de Mayo de 1992, presenta ante la Primer Secretaría de este Poder del Estado, la solicitud de otorgamiento de la Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN RED APOSTÓLICA, RESTAURACIÓN DE NICARAGUA
, “
RESNIC
”, pudiéndose abreviar como “
RESNIC
”
,
sin fines de lucro, del Municipio de Ciudad Sandino, y del Departamento de Managua, constituida de conformidad con las Leyes de la República de Nicaragua en Escritura Pública Número Ciento Treinta y Tres, (
133
), del día sábado, siete de noviembre del año dos mil quince, otorgada ante los oficios notariales del Doctor
SADAN Ramón Sequeira Fox.
La Fundamentación de esta ASOCIACIÓN, se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:
A).- PROMOVER, el crecimiento espiritual, ético, moral, económico, social y cultural de todos los fieles en Jesucristo como parte del testimonio de fe en el Señor, hacia las demás personas.
B).- IMPULSAR, en todo el país y fuera de él, programas y proyectos que estén enfocados hacia la restauración y sanidad integral de las personas abandonadas y desprotegidas socialmente, como parte de la acción social de la Iglesia Evangélica en el trabajo comunitario.
C).- PREDICAR, el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo a todas las personas necesitadas de una palabra de fe, esperanza y restauración personal y espiritual, en este país y fuera de él, formándolos en los conocimientos y principios de fe, en la Palabra de Dios.
D).- TRABAJAR, en la conformación y consolidación del Cuerpo de Cristo en Nicaragua y fuera de ella a través del impulso de diversos medios, programas y proyectos.
E).- BRINDAR, asistencia, orientación y consejería psicológica, espiritual y familiar a las personas que se encuentren necesitadas de una palabra de amor, fe, misericordia y esperanza.
F).- IMPLEMENTAR, diversos programas de capacitación espiritual, bíblicos y teológicos, entre los miembros de la ASOCIACIÓN, que estén enfocados en los cinco ministerios de fe: Apostólico, Profético, Evangelístico, Pastoral y de Enseñanza, para su desarrollo y madurez personal.
G).- PROMOVER, a través de charlas educativas y cristianas el mejoramiento del nivel de vida, personal y espiritual de las personas en las comunidades en donde la ASOCIACIÓN tenga presencia a través de la comunión de miembros de una Iglesia, Programa o Proyecto.
H).- EJECUTAR, programas y proyectos que promuevan el desarrollo integral y sostenido de las familias que se encuentren con problemas de autoestima y desintegración familiar, conducentes a la mejora de su calidad de vida.
I).- DOTAR, de todo tipo de materiales educativos, bíblicos y religiosos a las personas miembros de las comunidades en donde se tenga presencia como ASOCIACIÓN, con el fin de que se faciliten los cambios de vida en su entorno social y familiar.
J).- GESTIONAR, Becas Técnicas y Universitarias, nacionales e internacionales, que beneficie a las familias más pobres y de escasos recursos en las comunidades, para su superación personal.
K).- SUSCRIBIR, alianzas, hermanamiento, intercambios y convenios de cooperación interinstitucional a nivel nacional e internacional para el apoyo y acompañamiento de los diversos programas y proyectos realizados por la ASOCIACIÓN.
L).- EJECUTAR, planes, programas y proyectos que estén enfocados hacia la formación integral en valores, educación cívica, y promoción social que permita así, la formación y consolidación de nuevos liderazgos sociales en las comunidades.
M).- FOMENTAR, planes, programas y proyectos para la atención, rescate y desarrollo social de los grupos más vulnerables, empobrecidos, marginados, excluidos y con desatención social, (Niños/as, Adolescentes, Jóvenes, Personas con Capacidades Diferentes y Personas de la Tercera Edad), gestionando ante las Instituciones Públicas y Privadas, y Organismos Internacionales, todo tipo de medios y recursos que ayuden a la mejora de su calidad de vida.-
Por lo antes expuesto, pido sea sometida a consideración de los Honorables Representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen, y posteriormente sea acogida y aprobada por el Plenario para su posterior aprobación.
Atentamente,
Elida María Galeano Cornejo
DIPUTADA
DECRETO A.N. N°_______
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO:
Arto. 1
Otórgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN Red Apostólica, Restauración de Nicaragua,
conocida con las siglas: “
RESNIC
”; Asociación Religiosa, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Ciudad Sandino, Departamento de Managua.
Arto. 2
La representación legal de esta
ASOCIACIÓN
será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓN Red Apostólica, Restauración de Nicaragua,
conocida con las siglas: “
RESNIC
”; está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________ días del mes de ______________________ del año dos mil Quince.-
Ing. René Núñez Téllez
, Presidente de la Asamblea Nacional.-
Lic. ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDES
, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto
: Publíquese y Ejecútese, Managua, __________ de ______________________ del año dos mil Quince.-
DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
, Presidente de la República.