Managua, 21 de Mayo del 2013

Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimada Licenciada Palacios:

ACREDITACIÓN

Soy;
Elías Ángel Jaime; en mi carácter de presidente de la Junta Directiva de la Asociación “El Ministerio Internacional Fuego en la Palabra” “MIFELP”, acredito mi representación de la siguiente manera: De conformidad a lo establecido en la Cláusula Quinta del Testimonio Escritura Publica Numero Cuarenta y Uno(41), Autorizada en esta ciudad, a las ocho de la mañana del día siete de Octubre del año Dos Mil Doce; ante los oficios notariales del Licenciado Oscar Antonio Ulloa Gutiérrez, Demuestro mi calidad de Apoderado Generalísimo de la Junta Directiva de la AsociaciónEl Ministerio Internacional Fuego en la Palabra” “MIFELP”, con las facultades de realizar los trámites pertinentes para obtener la Personalidad Jurídica del Ministerio para la ejecución de los fines y objetivos de conformidad con la ley.

SOLICITUD:
Al tenor con lo establecido en el artículo 7 de la Ley No. 147; Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, solicito a Usted someter a la consideración de los Honorables Miembros de la Asamblea Nacional, para la concesión de la Personalidad Jurídica sin fines de lucro a la denominada
Asociación “El Ministerio Internacional Fuego en la Palabra” “MIFELP”, para ello adjunto los siguientes Documentos:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 21 de Mayo del 2013.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
República de Nicaragua
Su despacho

Estimado señor Presidente:

La suscrita, Diputada ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el inciso 5 del Art. 138 y Art. 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en el numeral 2 del Arto. 4 y 44 de los Estatutos Generales de la Asamblea Nacional, en la Ley General sobre las Personas Jurídicas sin fines de lucro, Ley No. 147, y Arts. 30, numeral 5; 89, numeral 2, 90, numerales 1 y 2 y 91 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo: Por tanto, adjunto al presente, Testimonio de Escritura Pública Numero Cuarenta y Uno (41) Constitución y Estatuto Asociación “El Ministerio Internacional Fuego en La Palabra” “MIFELP”, autorizada a las ocho de la mañana del día siete de Octubre del Año Dos Mil Doce, ante los oficios notariales de Oscar Antonio Ulloa Gutiérrez con tres (3) copias de la misma por lo cual presento la siguiente solicitud de Personalidad Jurídica de la AsociaciónEl Ministerio Internacional Fuego en La Palabra”, la que podrá nombrarse indistintamente como “MIFELP” la cual es de carácter civil, sin fines de lucro y con domicilio en el Municipio de Managua.


Este Ministerio, se constituyó entre otros con los siguientes objetivos:

1. Predicar y enseñar la Palabra de Dios.
2. Estructurar, organizar y proyectar Ministerios Cristianos dentro de nuestro país y en cualquier parte del mundo.-
3. Realizar programas de Rehabilitación integral de personas adictas para su integración a la sociedad
4. Iniciar y construir templos cristianos Evangelisticos, seminarios, Centros de Estudios seculares para la educación de los nicaragüenses como preescolar, primaria, secundaria, Técnicos-Medios, comedores infantiles, brindar consultas médicas a lo largo y ancho de todo el país de Nicaragua.-
5. Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficios de la población rural y urbana de Nicaragua, tales como centros de rehabilitación social para adictos a las drogas y todo tipo de sustancias toxicas para el ser humano, alcohólicos, taba-cómanos, prostitutas, lesbianas, homosexuales, heterosexuales, huérfanos, minusválidos, menesterosos, desprotegidos y otro tipos de personas rechazadas por la familia y la sociedad Por lo antes expuesto, someto a consideración del Plenario de la Honorable Asamblea Nacional la presente solicitud de la Asociación “El Ministerio Internacional Fuego en La Palabra” que cumple con los requisitos exigidos por la ley y no se contradice con ninguna disposición de la Constitución Política de la República de Nicaragua, por lo que pedimos sea acogida y respaldada por los honorables Diputados de la Asamblea Nacional para el debido proceso de consulta y Dictamen por la Comisión de Paz, Gobernación y Derechos Humanos y su posterior aprobación mediante el Decreto Ley correspondiente.-

Atentamente




JORGE CASTILLO QUANT
Diputado






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades

Ha Dictado

El Siguiente

DECRETO

Arto. 1 Otorgase la personalidad jurídica a la Asociación “El Ministerio Internacional Fuego En La Palabra” (MIFELP), sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua.-

Arto. 2 La Representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus estatutos.

Arto. 3 La Asociación “El Ministerio Internacional Fuego En La Palabra” (MIFELP); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del Mes de ________ del año Dos Mil __________.


RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primer Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional