Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primer Secretaria
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.


Estimada Doctora Palacios:


Por este medio me dirijo a Usted para solicitarle su apoyo en el otorgamiento de la Personería Jurídica de la “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASMAT), carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en Matagalpa, departamento, Matagalpa.

Le adjunto las escrituras y copias de ley, la propuesta de decreto y todos los documentos que solicita la Asamblea Nacional.

Le agradezco de antemano su fina atención y valioso apoyo al Deporte Nacional.


Cordialmente.




JORGE ALEJANDRO RÍOS CASTILLO






MSC. EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado
Asamblea Nacional.
Su Despacho.

Estimado Diputado:

Reciba mis atentos saludos, deseándole éxitos en el desempeño de sus responsabilidades profesionales.

Por este medio me dirijo a Usted en su carácter de Diputado de la Asamblea Nacional y amigo del deporte en general de nuestro país, para solicitarle su ayuda y apoyo presentando a la Asamblea Nacional la solicitud de Personería Jurídica para la “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASMAT), de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en Matagalpa, Departamento de Matagalpa.

Le adjunto la escritura original, las copias de ley y todos los documentos en necesarios, esperando su valiosa ayuda que siempre le ha brindado al Deporte Nacional.


Agradeciendo su fina atención, le expreso mis altas muestras de respeto y amistad, le saludo.



Cordialmente.





JORGE ALEJANDRO RÍOS CASTILLO
Presidente




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INGENIERO
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
SU OFICINA

El suscrito diputado ante la asamblea nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y artos. 30 numeral 5,89, 90 y 91 de la ley orgánica del poder legislativo, presento iniciativa de decreto de otorgamiento de personería jurídica a la “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASMAT), de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Matagalpa, departamento de Matagalpa.

El marco Jurídico Constitucional Nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta iniciativa de decreto de otorgamiento de Personería Jurídica a la “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA” (ASMAT).

Fundamento.
La ASOCIACIÓN se constituye como un organismo deportivo nacional, no gubernamental sin fines de lucro y se promueve bajo altos ideales deportivos, por lo que no acepta discriminación alguna por asuntos raciales, políticos, religiosos, por razones de edad o sexo, ni de cualquier otra índole.

La importancia de esta ASOCIACIÓN para la sociedad Nicaragüense esta sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: 1- Promover, fomentar, organizar y desarrollar el motociclismo en todas las categorías y modalidades, procurando una cobertura en todo el departamento de Matagalpa. 2- Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del motociclismo en el departamento. 3- Promover y estimular el desarrollo del motociclismo juvenil en las ramas masculino y femenino en todo el departamento. 4- Auspiciar, avalar y promover: a- Campeonato anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencias; b- Dictara las bases que regirán todas las competencias del motociclismo en el departamento, en base a los reglamentos y estatutos de FENIMOTO, y reglamentos internacionales, organizados por asociación y avalados por FENIMOTO; c- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la junta directiva; d- Promover la afiliación de miembros deportistas que quieran participar del motociclismo; e- Realizar reconocimientos de corredores por su destacado desempeño; 5- Implementar cada actividad necesaria y conveniente para el desarrollo del motociclismo en el departamento, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva. 6- Seleccionar adecuadamente y conforme sus méritos a los deportistas del motociclismo que deban representar al departamento en competencias Nacionales y promover de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento, capacitación y atención. 7- La asociación creara programas para la preparación del personal que dirija eventos de entrenadores, árbitros y jueces para contribuir a la divulgación del motociclismo en el departamento.

Por lo antes expuesto solicito a someter a consideración del plenario de la asamblea nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.

En la ciudad de Managua a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil Doce.





ING. EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto.1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASMAT), sin fines de lucro, de carácter civil, de duración indefinida y con domicilio en Matagalpa, Departamento de Matagalpa.

Arto.2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto.3.- La “ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE MOTOCICLISMO DE MATAGALPA”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASMAT), estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
PRESIDENTE PRIMERA SECRETARIA

Asociación Departamental de Motociclismo.pdf


DECRETO 7416.pdf