Managua, 19 de Mayo del 2015

Doctora
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimada Doctora Palacios:

Reciba saludos especiales de parte del suscrito y de los miembros del ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ”IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”
El suscrito Presidente de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ”IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA” ,en base a la Ley Numero ciento cuarenta y siete (147), LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCROS, presento la solicitud del otorgamiento de personería jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ” IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”.Asociación de carácter humanitario constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios notariales de la licenciada Ruth del Carmen Ríos Sánchez, en esta ciudad de Managua, a las dos de la tarde del día veinticinco de marzo del año dos mil catorce. Adjuntamos la Escritura Pública Número Dos Mil Veinticuatro (2024).-Constitución de Asociación Religiosa y Aprobación de sus Estatutos.

Esta Asociación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos: Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüenses para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económico, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas Nicaragüenses asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.


Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.

Para tal fin adjuntamos requisitos señalados por la secretaria que usted dignamente preside.


Agradeciéndole todo su apoyo y colaboración, le saludo.



Pastor: Marlon José Mejía Moreno
Presidente




Managua, 19 de Mayo del 2015

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Presidente Núñez:


Con fundamento en el inciso 5, del articulo 138 y articulo 140 de la constitución política de Nicaragua, en los artículos 14 numeral 2, 102 y 103 , de la Ley numero seiscientos seis (606) Ley del Poder Legislativo con sus Reformas incorporadas y en la Ley No. 147, LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCROS, me permito presentar esta solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ” IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”. Entidad sin fines de lucro, constituida en ESCRITURA PUBLICA NUMERO DOS MIL VEINTICUATRO (2024).-otorgada en esta ciudad de Managua, a las dos de la tarde del día veinticinco de marzo del año dos mil catorce , ante los oficios notariales de la licenciada Ruth del Carmen Ríos Sánchez.

La asociación IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ASOCIACIÓNIGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”. Es una entidad de carácter social, sin fines de lucro, que dedicara entre otras actividades a Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüenses para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económico, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas Nicaragüenses asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.
FUNDAMENTACION:

En Nicaragua la ley Numero ciento cuarenta y siete (147), LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCROS, da plena facultad a las personas que profesan la fe cristiana evangélica a que se constituyan en asociaciones previo cumplimiento a los trámites legales que se deben de cumplir nuestra asociación es de carácter humanista , cuyo principal objetivo es el de promover la fe cristiana sin distingo de raza, edad, color, culturas, partidos políticos clases sociales, por lo que nos basamos en que debemos construir dignos valores cristianos para toda la sociedad y tendrá una función social y no podrá tener carácter partidario según su naturaleza y fines.


Con fundamento en el inciso 5, del articulo 138 y articulo 140 de la constitución política de Nicaragua, en los artículos 14 numeral 2, 102 y 103 , de la Ley numero seiscientos seis (606) Ley del Poder Legislativo con sus Reformas incorporadas y en la Ley No. 147, LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCROS. Solicito se otorgue la personalidad jurídica de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como ” IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”. Con carácter humanista la que será de gran ayuda a toda la sociedad, razón por la cual someto a consideración de los honorables diputados de esta asamblea nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a Comisión de la Paz Defensa Gobernación y Derechos Humanos para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.


Adjunto a la presente exposición de motivos y fundamentación las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así, como propuesta de proyecto de Decreto.




Atentamente



Alyeris Beldramina Arias Siezar
Diputada




ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Arto.1.- Otórgasele personalidad jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”, sin fines de lucros de duración indefinida y del domicilio del municipio de Managua, departamento de Managua.

Arto.2.- La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto.3.- La ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS JEHOVA SAMA”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA JEHOVA SAMA”,está obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas, sin fines de lucros y demás leyes de la República.

Arto.4.- El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los --------------------- días----------------del mes----------------------del año dos mil -------.



RENE NÚÑEZ TÉLLEZ ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMERA SECRETARIA

Asociación Iglesia Misionera Pentecostes Jehova Sama.pdf

DECRETO 7810.pdf