Managua 18 de Abril del 2013



Licenciada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria de la Asamblea Nacional
Su oficina

Estimada y Apreciada Licenciada Palacios:

De la manera más atenta pido a su autoridad en calidad de primer secretaria de la Honorable Asamblea Nacional de Nicaragua, tramitar la inscripción de la Fundación Religiosa sin fines de lucro “MINISTERIO CRISTIANO CIUDAD DE REFUGIO”, “CIUDAD DE REFUGIO” con domicilio en la Ciudad de Managua.

Nuestro Dios todo poderoso, nuestra Iglesia y mi persona, le estaremos grandemente agradecidos por la excelente labor que estará efectuando con esta generosidad- que beneficiara al pueblo de Nicaragua.

Atentamente


EGDA MARÍA ARAUZ MANZANARES
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Señor Presidente:

La suscrita diputada ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el arto. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 Ley General sobre personas jurídicas sinfines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de la Personalidad jurídica para la Fundación Religiosa FUNDACION “MINISTERIO CRISTIANO CIUDAD DE REFUGIO”, “CIUDAD DE REFUGIO”, sin fines de lucro, , constituida en escritura publica numero dieciséis (16), otorgada ante los oficios notariales de Ramiro Antonio Valverde Quintana , alas nueve de la mañana del día diez de Abril del año dos mil trece.

La Fundación tendrá como finalidad; a)una iglesia , para darle servicio al pueblo nicaragüense en general, tanto en lo espiritual como en el área social, en la consolidación y unidad familiar, rescatando valores espirituales y morales tan afectados en nuestra sociedad; b) una casa de refugio donde se les dará albergue a niños, niñas de la calle expuestos a todo tipo de peligro y atención profesional espiritual; c) una casa de refugio temporal ,para familiares de enfermos hospitalizados en Hospitales de Managua provenientes de los departamentos del país y que no tienen donde alojarse , se les brindara alojamiento garantizando desayuno y cena , así como proveerlo lo necesario para el retorno a su lugar de origen; d) un centro de atención y enseñanza cristiana para promover el aumento a los valores humanos ; e ) una campaña permanente de reciclaje cuyo objetivo será recaudar fondos y donativos pidiendo colaboración a la población ,empresas e instituciones que donen su materiales reciclables .

El Domicilio de la Fundación será en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, lugar de su sede, pudiendo desarrollar sus actividades en toda la República o fuera de ella.

Por lo ante expuesto, sometemos a consideración la presente iniciativa para que sea acogida por el Plenario y luego enviada a la Comisión para su respectivo dictamen.

Atentamente


PATRICIA SÁNCHEZ URBINA
Diputada






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades


HA DICTADO
El siguiente

DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN “MINISTERIO CRISTIANO CIUDAD DE REFUGIO”, “CIUDAD DE REFUGIO”, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto 2 La representación legal de la Fundación será ejercida en la forma que determinen los Estatutos de la misma.

Arto. 3 La FUNDACIÓN “MINISTERIO CRISTIANO CIUDAD DE REFUGIO”, “CIUDAD DE REFUGIO”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas
Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto 4 El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación
En la Gaceta Diario oficial.

RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primer Secretaria

Fundación Ministerio Cristiano Ciudad de Refugio.pdf


7573.pdf