Managua, 30 de Octubre del 2014
Licenciada Alba Palacios Benavidez Primer Secretaria Asamblea Nacional
Estimada compañera palacios, mis saludos fraternos del suscrito y demás miembros de nuestra organización.-
Soy Edgar Antonio Altamirano López, mayor de edad, Casado, Abogado de este domicilio con cedula de identidad número 001-300367-0002Q, actuando como presidente de la ASOCIACIÓN BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ J S 19 J.- pudiendo identificarse con las siglas BIR 30-72 MZC JS19J.- Por medio de la presente me dirijo a usted para exponerle lo siguiente;
Que mediante Escritura Publica numero setenta y uno de las dos de la tarde del día veintiséis de Agosto del año dos mil catorce, ante los oficios notariales del Licenciado AUGUSTO CESAR CARBALLO, realizamos constitución de Asociación sin fines de lucro, denominada ASOCIACIÓN BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ J S 19 J.- pudiendo identificarse con las siglas BIR 30-72 MZC JS19J., para beneficios de nuestro hermanos y compañeros de lucha que pertenecieron a nuestro batallón a sus familiares como la comunidad en general.
Y por la necesidad de que dicha Asociación civil sin fines de lucro ASOCIACIÓN BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ J S 19 J.- pudiendo identificarse con las siglas BIR 30-72 MZC JS19J.-, posea personería jurídica para ejercer legalmente como asociación constituida y en base a los requisito establecidos para este fin, solicitamos de la manera más atenta se realicen los trámites pertinentes para la obtención de la Personería Jurídica para nuestra asociación.
Adjunto a la presente los requisitos de ley para dar trámite a la presente solicitud, haciéndolo en nombre y representación de nuestra asociación antes mencionada.
Esperando su comprensión a la presente me suscribo atentamente,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 30 de Octubre 2014.
Ingeniero RENE NUÑEZ Presidente Asamblea Nacional Honorable señor Presidente
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional con fundamento en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica, Art. 30 numeral 7, 90, y 91 y 92 de la Ley orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua, también en los artos. 4 Inc 2 y 44 y la Ley No 147 Ley general sobre Personas jurídicas sin fines de lucro. Presento la iniciativa de Decreto de otorgamiento de Personalidad jurídica de la Asociación sin fines de lucro, la cual llevara por nombre ASOCIACIÓN BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ J S 19 J.- pudiendo identificarse con las siglas BIR 30-72 MZC JS19J.-. Constituida en Escritura Publica numero setenta y uno (71) de las dos de la tarde del día veintiséis de Agosto del año dos mil catorce, ante los oficios notariales del Licenciado Augusto César Carballo.
FUNDAMENTACION
La Asociación tendrá como objetivos, los siguientes: 1) Reunir a todos los excombatientes que integraron el Batallón de Infantería de Reserva 30-72 de la Juventud Sandinista 19 de Julio que combatieron en los años 80 y familiares de los caídos en combate.- 2) Darle continuidad a los objetivos que se han planteados en todas las reuniones que ya se han efectuados meses atrás, así como las tareas planteadas y las visitas a los sitios históricos donde cayeron nuestros compañeros y héroes de la patria.- 3) Ser reconocidos como personas jurídicas, Organización sin fines de lucros más bien de apoyo a nuestros combatientes. 4) Ser reconocidos como Héroes Nacionales que desde su juventud asumieron la responsabilidad histórica de la defensa de la soberanía nacional.- 5) Creación de un registro único que llevara la fundación para efectos de un control de los miembros del batallón en la cual constara su integración al BIR, su estatus económico, necesidades, grupo familiar y otros, dicho registro deberá pasar al REGISTRO NACIONAL ÚNICO que llevara la COMISIÓN NACIONAL que habla la Ley de la materia.- 6) Créanse los reconocimientos y méritos a nivel de nuestra organización de aquellos combatientes caídos en combates, perdidos en combate, sobrevivientes y a madres de héroes y mártires de nuestro batallón.- Créanse todos los distintivos alusivos a nuestra organización ordinarios y extraordinarios aprobados por nuestra máxima autoridad la Asamblea General de asociados.- 7) Tener y hacer hermanamientos con organizaciones afines a las nuestra, O N G sean estos nacionales o internacionales. 8) Crear el Museo del Batallón de infantería de Reserva 3072 Marlon Zelaya Cruz y difundir la biografía de nuestros héroes y mártires caídos, construcción de un muro, placa o monumento en un parque
con los nombres de nuestros caídos y que las nuevas generaciones quienes les precedieron. Asumir el ornato y mantenimiento de las tumbas de nuestros héroes, conmemorar una vez al año con las madres y familiares de nuestros héroes en una misa para todos. 9) Promover jornada de alfabetización y educación de adultos a fin de reducir los índices de analfabetismo dentro de la población adulta en la comunidad. 10) Impulsar jornadas educativas que tengan como eje fundamental la eliminación de cualquier forma de discriminación a la mujer, la niñez y la violencia intrafamiliar. 11) colaborar con los centros escolares a todos los niveles desde preescolar primaria secundaria y brindar a la comunidad y a nuestros miembros de recibir educación económica popular como cooperativas.
Por todo lo expuesto someto a consideración de los honorables diputados de la Asamblea Nacional, a fin de que sea acogida por el plenario.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto.1 Otorgase Personalidad jurídica a la “ASOCIACION BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ JS 19 J.- y que abreviadamente se denominara BIR 30-72 MZC JS19J.-, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de Managua Departamento de Managua.
Art.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3 La “ASOCIACION BATALLON DE INFANTERIA DE RESERVA 30-72 MARLON ZELAYA CRUZ JS 19 J.- y que abreviadamente se denominara BIR 30-72 MZC JS19J.-, Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y además leyes de la República.
Arto.4 El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta diario Oficial.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIA