Managua, 3 de Septiembre de 2012.

Diputada
ALBA AZUCENA PALACIOS
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimada Señora Primer Secretaria:


Tengo el gusto de saludarle en nombre del Señor, en ocasión de presentar por su digno medio, a la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para FUNDACIÓN MISIONES CRISTIANA UNIDAS”, que también será conocida como FMCU.

FMCU es una Fundación cristiana, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública NO. 1 Protocolo No. 29 otorgada ante los oficios notariales del Dr. Norberto Herrera Zúñiga, en esta ciudad, a las dos de la tarde del día 7 de Mayo de 2012.

Esta Fundación se establece con el fin general de apertura de centros de proclamación de la fe cristiana, centros de capacitación para niños, jóvenes y adultos para su promoción hacia un mejor nivel de vida material y espiritual: También esta Fundación apoyará al ministerio de los ciegos y los minusválidos, y desarrollará proyectos con igualdad de género, cultural de paz y preservación del medio ambiente.

A efectos de lograr sus objetivos, FMCU podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Leu General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro (Ley 147), y realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las leyes de la República de Nicaragua.


Por lo antes expuesto, solicito respetuosamente sea sometida a la consideración de los señores Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pase a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Para correspondencia favor dirigida a nuestro abogado, Dr. Norberto Herrera – Apartado 3595, Managua, Nicaragua – Tel. 22400184 – Cel. 886 48292

Atentamente,





DAVID. VERNON. WEBB
Presidente








EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 3 de Septiembre de 2012

Honorable Señor
RENÉ NÚÑEZ TELLÉZ
Presidente de la Asamblea Nacional
de la República de Nicaragua
Su Despacho.

Señor Presidente:


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el numeral 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 numeral 2, Arto. 30 numeral 5, Arto. 89 párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y en la Ley 147 Ley General sobre Personería Jurídica Sin fines de Lucro, presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a La FUNDACIÓN MISIONES CRISTIANA UNIDAS”, que también será conocida como FMCU.

FMCU es una Fundación cristiana, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública No. 1 Protocolo No. 29 otorgada ante los oficios notariales del Dr. Norberto Herrera Zúñiga, en esta ciudad, a las dos de la tarde del día 7 de Mayo de 2012.

Esta Fundación se establece con el fin general de apertura de centros de proclamación de la fe cristiana, centros de capacitación para niños, jóvenes y adultos para su promoción hacia un mejor nivel de vida material y espiritual: También esta Fundación apoyará al ministerio de los ciegos y los minusválidos, y desarrollará proyectos con igualdad de género, cultural de paz y preservación del medio ambiente.

A efectos de lograr sus objetivos, FMCU podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro (Ley 147), y realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las leyes de la República de Nicaragua.


Por lo antes expuesto, solicito respetuosamente sea sometida a la consideración de los señores Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pase a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.


Atentamente,


ING. AGUSTÍN JARQUIN ANAYA
Diputado






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO


Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN MISIONES CRISTIANA UNIDAS”, que también será conocida como FMCU, es una Asociación sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.


Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La FUNDACIÓN MISIONES CRISTIANA UNIDAS”, que también será conocida como FMCU, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ____________días del mes de ____________del año dos mil.



RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE SECRETARIA