Managua, Nicaragua, 27 de julio de 2016.
Diputada
Alba Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho
.
Estimada Licenciada:
La suscrita presidenta de la
ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ, (ANNIFE)
, muy amablemente le solicita con fundamentos en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en el Art. 14 numeral 2, Arto 93 numeral 2, inciso c), y Artos 102 y 166 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas y en la Ley 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro
,
el otorgamiento de Personalidad Jurídica para la asociación de carácter civil, constituida ante los oficios notariales del Licenciado
Ramón Armengol Román Gutiérrez,
en el municipio de Managua, a las nueve de la mañana del día catorce de diciembre del año dos mil quince mediante escritura pública
Número Doscientos Sesenta y Cinco (275).-
Constitución de Asociación Civil Sin Fines de Lucro y Aprobación del Estatuto
.
La mencionada asociación fue constituida como una asociación civil, sin fines de lucro, de interés científico, educativo, de duración indefinida y domiciliada en Managua; teniendo como objetivo primordial la construcción de espacios físicos y la promoción de proyectos que permitan la reducción de la brecha de acceso a alternativas educativas basadas en la experimentación.
Por todo lo antes expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Honorable Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, todo de conformidad y previo a los procedimientos de formación de ley.-
Adjuntamos a la presente solicitud:
1. Exposición de Motivos
2. Testimonio de la escritura de constitución y estatutos
3. Proyecto de decreto de otorgamiento de la personería Jurídica
4. Disco Conteniendo Información digitalizada de la Asociación.
Agradeciendo de antemano su apoyo, en nombre de la la
ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ (ANNIFE)
, me suscribo.
Fraternalmente;
Saray Elizabeth Gaitán Mora
Presidente (ANNIFE)
No De Cédula: 001-310777-0048P)
Celular: 88794808
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en el Art. 14 numeral 2, Arto 93 numeral 2, inciso c), y Artos 102 y 166 de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas y en la Ley 147, Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro presenta la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica para la
ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ (ANNIFE), Asociación de naturaleza
Civil, sin fines de lucro, de interés científico, educativo, social y de desarrollo, constituida en Escritura Publica Número Doscientos Sesenta y Cinco (275), en el municipio de Managua, a las nueve de la mañana del día catorce de diciembre del año dos mil quince, ante los oficios notariales del licenciado Ramón Armengol Román Gutiérrez, Abogado y Notario Público con domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua.
FUNDAMENTACION
En Nicaragua los ciudadanos tienen el derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su arto. 49 y en la Ley Número 147 “Ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estas organizaciones se formaran de acuerdo a la voluntad participativa y electiva de los ciudadanos, tendrán una función social basada en la Ley No. 606.- Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus Reformas incorporada. Por lo anterior, solicito se otorgue la personalidad jurídica a la ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ, (ANNIFE), la que será de gran beneficio para la niñez nicaragüense y la población en general.
Dentro de los fines que persigue la
ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ, (ANNIFE)
Se encuentran las siguientes:
Objetivo General
El objetivo principal de la organización es la construcción de espacios físicos y la promoción de proyectos que permitan la reducción de la brecha de acceso a alternativas educativas basadas en la experimentación.
Como objetivos específicos se encuentran:
1- Promover y dirigir inversiones para la construcción, desarrollo y mantenimiento de infraestructuras como museos, parques de exposición, y otros espacios que ofrezcan nuevas opciones educativas no formal e informal de forma inclusiva y práctica a la sociedad nicaragüense.
2- Desarrollar contenidos educativos innovadores que despierten la sed del descubrimiento a los visitantes, en un entorno organizado, sostenible y administrado adecuadamente.
3- Desarrollar actividades y proyectos afines a los temas de promoción de educación inclusiva, de investigación científica y aplicada, que permitan contribuir a la sostenibilidad de la organización, el desarrollo de los conocimientos, el acceso a la educación, el rescate de prácticas ancestrales.
4- Hacer las coordinaciones y desarrollar proyectos conjuntos con las autoridades de educación, cultura y ciencias de Nicaragua; 5- Suscribir convenios de cooperación con instituciones nacionales y extranjeras con el fin de desarrollar proyectos innovadores en la materia de desarrollo científico y técnico por medio de la actividad del museo; y en general, realizar todo aquello que contribuya a alcanzar los fines y objetivos señalados en este Instrumento, los cuales deben entenderse como meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.
Por todo lo antes relacionado, solicito someter a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación.
Carlos Emilio López Hurtado
Diputado
DECRETO #
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:
la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1: Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE PARA UNA NIÑEZ FELIZ, (ANNIFE
.- Asociación
Civil
,
sin fines de lucro
, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4: El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, _______ en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________días_______ del mes de _______del año dos mil ______.
Ing. René Núñez Téllez
,
Lic. Alba Palacios Benavidez
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional