Managua, 03 de Junio del año 2013
Licenciada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Asamblea Nacional

Su Despacho.

Al amparo de lo dispuesto en la Ley No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a Aprobación del Plenario de la Asamblea Nacional, la Solicitud de Personalidad Jurídica de la FUNDACION CRISTIANA “ELEVATE NICARAGUA”, pudiéndose llamar también F.C.E.N.

En virtud de lo anterior, adjunto a la presente solicitud, los siguientes documentos de ley: Escritura Pública de Constitución, con inclusión de Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto y Constancia de No Inscripción. Todos los anteriores documentos en original y sus fotocopias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención me suscribo.

Fraternalmente,


DAVID ANDREW ALBRECHT
Presidente





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 03 de junio del año 2013
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

Su Despacho

Estimado Presidente Núñez.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capítulo III., numeral 2 y Arto 91, y en la Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la FUNDACION CRISTIANA “ELEVATE NICARAGUA”, pudiéndose llamar también simplemente como F.C.E.N, Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (01, otorgada en la ciudad de Managua, a las nueve de la mañana del día veintidós de mayo del año dos mil trece, ante los oficios notariales de la Licenciada. Amy Javiera García Curtis, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Por cuanto son intereses del bienestar social de los pobladores del territorio nicaragüense, formar y restaurar valores familiares y espirituales, la Fundación Cristiana Elevate Nicaragua, pretende promover y desarrollar esta finalidad, a través de los universales valores de la Iglesia Cristiana, tales como: Comunidad, Crecimiento, Restauración, Discipulado y Excelencia, mismos que serán base principal, para alcanzar en favor del Pueblo Nicaragüense, los siguientes objetivos fundamentales, que persigue la Fundación:

1. Proclamar el evangelio de Jesucristo conforme las enseñanzas Bíblicas a fin de ofrecer la posibilidad de transformación y salvación a todo ser humano sin ningún tipo de discriminación.
2. Promover una vida de compromiso entre su membrecía para vivir la santidad con Dios en servicio con la comunidad.
3. Desarrollar capacidades en su membrecía para cumplir con el mandato de nuestro señor Jesucristo de alcanzar Nicaragua y otras naciones con su evangelio.
4. Promover comunidades cristianas sanas que contribuyan a la sanidad física, mental y espiritual de nuestra sociedad en particular los sectores más sufridos a través de ministerios especiales.
5. Establecer centros de rehabilitación, capacitación, comedores para ancianos, niños y personas necesitadas.
6. Ser canal de restauración y salvación de las familias para que sean parte de la iglesia de nuestro Señor Jesucristo como expresión de su reino.
7. Desarrollar proyectos de auto sostenibilidad y de proyección social de la fundación para el alcance de su misión.
8. Establecer relaciones de hermandad y solidaridad con otras iglesias, organizaciones y ministerios afines.
9. Fundar iglesias locales en cualquier espacio del territorio nacional y fuera del país cuando las autoridades de la fundación así lo determinen.
10. Desarrollar actividades destinadas a fortalecer a la familia como la base de la sociedad, así como desarrollar actividades en pro de la familia. En virtud de lo anterior, y para alcanza sus fines y objetivos, la Fundación, cuenta con los aportes económicos de cada uno de sus miembros, desarrollará Proyectos de Autogestión, gestionarán donaciones de personas: jurídicas y naturales, nacionales e internacionales, con objetivos afines. Para lo anterior, se tendrá como base, los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la República.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los representantes de la Honorable Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea bien acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a comisión para su dictamen y posterior aprobación.


Fraternalmente,




Msc. CARLOS EMILIO LÓPEZ HURTADO
Diputado






DECRETO ASAMBLEA NACIONAL .No. __________

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO

Arto.1. Otorgase personalidad Jurídica a la Fundación religiosa denominada FUNDACION CRISTIANA “ELEVATE NICARAGUA”, F.C.E.N. Fundación religiosa sin fines de lucro, con duración indefinida, del domicilio de la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.

Arto. 3. La FUNDACION CRISTIANA “ELEVATE NICARAGUA”, F.C.E.N; estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia, a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ___________ días del mes de ____________ del Año dos mil trece.-





DR. RENE NÚÑEZ TELLEZ LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria.

Fundación Cristiana Elevate Nicaragua.pdf


Decreto  7334.pdf