Estelí, 16 de Julio del 2012
Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretario Asamblea Nacional.
Su Despacho.
Honorable Doctora Palacios:
Por este medio solicito someta a consideraciones de Asamblea Nacional la presente solicitud de aprobación de Personería Jurídica de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO ESPIRITU DE DIOS
, es fundamental constar con la respectiva para trabajar legalmente en Pro de la comunidad Cristiana Evangélica, de conformidad a los establecidos en la ley 147, Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro.
Acompaño la presente solicitud con la siguiente documentación: Escritura Pública de Constitución con los estatutos inmersos en la misma, Exposición de motivos y el Ante Proyecto Decreto, todo ello en original y dos fotocopias debidas.
Sin más que asegurar le saludo,
Atentamente,
ELIGIÓ WILBER SANTANA HUELVAS
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho
Honorable Señor Presidente:
El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Artos. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la Ley N°. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”. Presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica para la
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANELISTICO ESPIRITU DE DIOS
. Asociación civil sin fines de lucro, Constituida en Escritura Pública Número ciento ocho (108), en la ciudad de León, a las ocho de la mañana del diecisiete de julio del año dos mil doce, ante los oficios Notariales del Lic. Edgard Antonio Salina Castro.
La constitución se constituyo entre otros, con los siguientes objetivos:
1. Impulsar, organizar, ejecutar y desarrollar proyectos de beneficios sociales que eleven el nivel de vida de la Comunidad Cristiana Evangélica..
2. Generar empleos.
3. Gestionar financiamientos por medios de los organismos nacionales e internacionales, gubernamentales o no gubernamentales e incluso donaciones para el desarrollo de proyectos.
4. Promover la reinserción social de la niñez y la juventud en riesgo mediante drogas, que les provean deportes distracción, Educación y capacitación técnica.
Por lo antes expuesto considero que la ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO ESPIRITU DE DIOS, civil sin fines de lucro es de gran beneficio cumple con todos los requisitos establecidos en la ley número 147, es una asociación sin fines de lucro y de gran desarrollo integral de la sociedad Nicaragüense Cristiana Evangélica, Razón por la que someto a consideración de los honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a la comisión respectiva para su dictamen y su posterior aprobación y concesión de la personería jurídica.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de Julio del año dos mil doce.
JOSÉ RAMÓN SARRIÁ MORALES
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO ESPIRITU DE DIOS
, Sin
fines de lucro, eminente apolítica, de carácter social y educativo, del domicilio en el municipio de León, Departamento de León.
Arto.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La
ASOCIACIÓN MINISTERIO EVANGELISTICO ESPIRITU DE DIOS,
estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ____________días del mes de ___________del dos mil Doce.-
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDES
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA