Managua, 15 de abril del 2016
Diputada
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Poder Legislativo, Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimada compañera, reciba saludos fraternos de parte de la
ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA.
Actuando en mi calidad de Presidente de dicha Asociación la que fue debidamente constituida mediante Escritura Pública Número Veinte (20), de las seis de la tarde del día cuatro de mayo del año dos mil dieciséis, ante los oficios notariales del Licenciado Jorge Luis Díaz González, estamos solicitando se otorgue la personalidad jurídica de nuestra Asociación para gozar de los Derechos y Prerrogativas que establece nuestra legislación.
Acompaño a nuestra solicitud: A) Instrumento Jurídico que contiene el Acta Constitutiva y Estatutos de la
ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA,
con dos copias. B) Constancia de No Inscripción emitida por el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación. C) Un CD conteniendo en digital Escritura de Constitución y Estatuto.-
Esperando cumplir con todo los requisitos establecidos por la ley para el otorgamiento de nuestra Personalidad Jurídica y seguir sirviendo a la comunidad y a todos los necesitados que requieran de nuestro apoyo y solidaridad.-
Atentamente,
José Santos Sobalvarro Ortega
Presidente AFNCCHCCFA
Cédula 441-011150-0003A
Managua, 29 de Febrero del 2016
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5, de los Artos 138 y 140 Constitución Política de la República de Nicaragua, ARTO. 30 y del arto. No. 14, numerales 102 Y 166 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua, Arto. 102 y 166 y la Ley 147 Ley General de Personalidades Jurídicas sin fines de lucro, presento la iniciativa de decreto de otorgamiento de la Personalidad Jurídica de la asociación sin fines de lucro denominada
ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA
, elaborada en la Ciudad de Estelí, a las dos de la tarde del día cuatro de mayo del año dos mil dieciséis, constituida en Escritura Pública Número 20, ante los oficios notariales del Lic. Exequiel Jorge Luis Díaz González.
Como fin principal los siguientes objetivos:
1) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de los miembros y la comunidad.
2) Promover a través de la capacitación permanente la implementación de la agricultura no tradicional y orgánica.
3) Proteger el medio ambiente y su forma de vida
4) Consolidar la calidad de vida mediante la creación de fuentes de trabajo sostenible, el desarrollo tecnológico de la agricultura de alta calidad, la capacitación, la promoción de la equidad de género, el fomento de la ayuda mutua y esfuerzo solidario de todos los asociados.
5) Beneficiar integralmente a los miembros, sus familia y la comunidad mediante la promoción de la agricultura orgánica, con servicio capacitación, promoción, integración de la mujer, certificación de los productos agrícolas fomentando la expansión e integración de la asociación por medio de la incorporación de la asociación a estructuras, superiores de organización con fines de mejorar su solidez económica organizativa y social de cara a las nuevas tendencias globales sin perjudicar el medio ambiente.
6) Promover el desarrollo socioeconómico de los miembros favoreciendo a solidaridad, promoviendo actividades de mejoramiento tecnológico, productivo agropecuaria, recibiendo financiamiento de fuentes nacionales e internacionales, públicas o privadas, ofrecer servicios según lo establecido en los estatutos y reglamento.
7) Establecer servicios económicos diversos, con el objetivo de servir mejor a los miembros y a la comunidad, mejorar las capacidades técnicas, económicas y tecnológicas de nuestros asociados.
8) Recibir apoyo económico a través de fideicomisos, herencias, legados alianzas, donaciones, préstamos, uso y goce y cualquier otra figura semejante establecidas en el código civil vigente, o establecer hermanamiento con organismos nacionales o extranjeros de carácter públicos o privados.
9) Promover la realización de estudios de factibilidad, diagnostico, elaboración ejecución y evaluación de proyectos, favorecer nuestra integración a los mercados de la comunidad, con el fin de mejorar la competitividad en un mercado local elevando nuestra calidad de vida y por ende la nuestra sociedad, contribuyendo de esta manera a la paz social y cualquier otra actividad que sea acordada por la asamblea conforme a los estatutos.
Honorable Señor Presidente, los fines que persigue esta asociación son congruentes con lo dispuesto en el artículo 49 de nuestra Carta Magna, pues además del derecho de constituir organizaciones en las formas que estimen conveniente en otra norma del mimo rango promueve la educación espiritual y secular que es tarea de todos; en este sentido la
ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA,
sumara esfuerzo para mejorar las condiciones espirituales, éticas, morales, sociales y económicas de las familias que paulatinamente se atiendan a través de los distintos programas y estrategias a implementar según los fines y objetivos de la misma.
Por todo lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo al cumplimiento de procedimientos de formación de la ley.-
Adjunto al presente las copias de ley correspondientes, así mismo como propuesta de proyecto de Decreto y Exposición de Motivos
Me despido de usted fraternalmente.
Perla Soledad Castillo Quintero
Diputada
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA
, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en la Ciudad de Estelí, Departamento de Estelí.
Arto.2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La ASOCIACIÓN FRENTE NORTE DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTÓRICOS COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR, AFNCCHFA,
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA