San Juan del Sur, 01 de Noviembre del 2013.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Reciba cordiales saludos:
Estoy enviando documentos impresos y copias digitalizadas en CD, del proyecto de creación de la Organización No Gubernamental (ONG), amparada en el Artículo 7, Ley Número 147. Esta se denomina
FUNDACION PATRICIA CLAEYS, FPCLAEYS
, con domicilio en el Municipio de San Juan del Sur, Departamento de Rivas.
Presentamos el proyecto en Escritura de Constitución y Estatutos conteniendo los requisitos de Ley y tres copias del mismo de conformidad con los artículos 7 y 8 Ley No. 147, y artículo 91 Ley Orgánica. Así mismo adjuntamos soporte electrónico según el último párrafo del artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Adjuntamos Constancia emitida por el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, de la no existencia de otra persona jurídica con el nombre de
FUNDACION PATRICIA CLAEYS, FPCLAEYS.
Solicitamos a los honorables diputados a través de su persona la revisión de nuestro proyecto y la aprobación de la Personería Jurídica respectiva.
Estaremos agradeciéndole su amable atención y buena gestión para lograr resultados positivos a nuestra solicitud.
Atentamente,
DRA. ROSA ELENA BELLO NONORI
Presidenta
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 27 de Noviembre de 2013.
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Señor Presidente:
La suscrita diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 inciso 5 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y Artos. 90 y 91 de la Ley 606 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua; la Ley 147 “Ley General de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”, presento ante usted la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad jurídica sin fines de lucro, ante la Asamblea Nacional la cual llevará el nombre de
FUNDACION PATRICIA CLAEYS,
la que podrá identificarse con las siglas
FPCLAEYS
, fundación de carácter civil sin fines de lucro, con carácter social y humanitario, no partidista, no gubernamental, de duración indefinida, constituida mediante Escritura Pública Número (101), otorgada a las de las diez de la mañana del diecinueve de noviembre del año dos mil trece, ante los oficios notariales de la Licenciada
María Teodora Baldelomar Arriola.
FUNDAMENTO.
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas”, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad a la fundación denominada
FUNDACION PATRICIA CLAEYS,
la que podrá identificarse con las siglas
FPCLAEYS.
Los objetivos principales de esta Fundación son entre otros los siguientes:
a) Coordinar esfuerzos con instituciones pública y privadas, nacionales e internacionales dirigidas a implementar acciones que fortalezcan el desarrollo socioeconómico en la población.
b) Contribuir a democratización y bienestar de la población con la educación cívica y la institucionalidad democrática en el municipio de Nicaragua.
c) Contribuir con el mejoramiento del nivel de vida de la población con los programas y capacitación de desarrollo comunitario, tomando como parámetro el uso de fondos y hacerlos auto sostenible.
d) Promover ayuda para la construcción y desarrollo de los colegios, institutos, talleres de trabajos manuales y técnicos, e implementar políticas de desarrollo social de forma gratuita, tomando en cuenta a la población.
e) Promover y desarrollar instituciones tecnológicas para alcanzar y desarrollar los potenciales para el avance cultural en la población Nicaragüense.
f) Promover el cambio condiciones socioeconómicas y socioculturales de los habitantes de las diferentes áreas urbanas y rurales, en la búsqueda del bienestar y desarrollo integral, mediante apoyo de instituciones públicas y privadas, locales, nacionales e internacionales.
g) El domicilió de la
FUNDACION PATRICIA CLAEYS,
la que podrá identificarse con las siglas
FPCLAEYS,
será en el municipio de San Juan del Sur, República de Nicaragua, pudiendo establecer filiales y sub sede en todo el territorio nacional.
En vista de lo anterior, y por su digno medio sometemos a consideración de los Honorables Representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasarla a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación.
Hasta aquí la exposición de motivos.
MARÍA AUXILIADORA MARTÍNEZ CORRALES
Diputada
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACION PATRICIA CLAEYS,
la que podrá identificarse con las siglas
FPCLAEYS
,
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de San Juan del Sur, Departamento de Rivas.
Arto.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La
FUNDACION PATRICIA CLAEYS,
la que podrá identificarse con las siglas
FPCLAEYS
,
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA