Managua 27 Septiembre del 2012

Doctora

ALBA PALACIOS

Primera Secretaria

Asamblea Nacional

Su Despacho.

Estimado Doctora Palacios:

A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a Aprobación del Plenario la Solicitud de Personalidad Jurídica de LA FUNDACION CAMBIANDO VIDAS, “FUNCAVIDAS”, de conformidad a lo establecido en la Ley No. 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

Adjunto a la solicitud los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos, Proyecto de Decreto en original y copias respectivas.

Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted,


Atentamente,

CARLOS ALBERTO PALADINO MURILLO

Presidente





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 27 de Septiembre 2012
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

Su Despacho



Estimado señor Presidente:


La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III. Arto. 14, numeral 2, Arto 89. Párrafo 4, numeral 2 y Arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta FUNDACION CAMBIANDO VIDAS, “FUNCAVIDAS”, Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Numero Ochocientos Setenta y Ocho (878) denominada, Constitución de Fundación Civil Sin Fines de Lucro y Aprobación de Estatutos, , autorizada en la Ciudad de Matagalpa, Departamento de Matagalpa, a las diez y treinta minutos de la mañana del día Veinticuatro de Septiembre del año dos mil Doce, ante los Oficios del Notario Licenciado. John Menely Blandón Smith, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

la Fundación que en este acto se constituye tendrá por objeto el desarrollo integral sostenible de la población y su entorno con el apoyo de todos los sectores de la sociedad y en especial se procurará: a) Empoderar a los beneficiarios de todos los proyectos proporcionando los medios y las oportunidades para que otros vivan con dignidad, lo que implica la restitución de autoridad, capacidad y fuerza a las comunidades y a los territorios regionales, habitándolos para manejar y gobernar sus propias entidades e instituciones sociales y los recursos naturales de sus entornos locales. b) trabajar para facilitar y brindar asistencia social y económica a los sectores marginales de nuestra sociedad, haciendo énfasis en Salud Convencional, Vivienda y Seguridad Alimentaria, Incidencia, Equidad de Género, Medio Ambiente, Derechos Humanos, Organización Comunitaria y condiciones normales y/o de Desastres;


Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.


Atentamente:



MARÍA AUXILIADORA MARTÍNEZ CORRALES
Diputada
Asamblea Nacional





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a LA FUNDACION CAMBIANDO VIDAS, "FUNCAVIDAS", sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Matagalpa, Departamento de Matagalpa.


Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su escritura de constitución y sus Estatutos.

Arto. 3 La FUNDACION CAMBIANDO VIDAS, "FUNCAVIDAS", estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE Primer Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Fundación cambiando Vidas.pdf


7261.pdf