En consecuencia vengo ante usted en la calidad en la que ya he dejado establecida, y de conformidad a lo señalado en el artículo 25 de los Estatutos aprobados, a solicitar por su medio a la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, se otorgue la personalidad jurídica a mi representado, La ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS ´´HEBREOS 13:8´´, previo cumplimiento de todos los trámites de Ley que exige La Ley orgánica del Poder Legislativo, y en concreto el artículo 7 de la Ley General de Personas jurídicas sin fines de lucro, o Ley 147 ya señalada, así como lo establecido en la Constitución Política.
Para todos los efectos, le adjunto a usted lo siguiente:
3) Copias de cedula de identidad del suscrito y de los integrantes de la directiva.
4) Original y copias de la constancia de NO INSCRIPCION extendida por el Ministerio de Gobernación.
5) La presente Carta a la Primera Secretaría
6) La correspondiente Exposición de Motivos firmada por al menos un o una diputado o diputada.
7) Proyecto de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica
8) Disco compacto conteniendo archivos y respaldos electrónicos pertinentes
Para oír notificaciones, en la dirección que cita en: Comarca La Poma, Escuela La CH, 1 Km al Este, Masaya. o bien puede localizarme en los siguientes teléfonos: 83845135 - 89034912
Aprovecho la ocasión para desearle abundantes Bendiciones.
Luis Adan Chávez Jarquín
Presidente
René Núñez Téllez Presidente de la Asamblea Nacional. Su despacho.
La Suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política en el Arto. 138 inc 5 y 140 Cn; y Arto.11 inc. 2, y arto 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y en la ley 147,Ley sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro arto 2 y 5, Presento solicitud para el otorgamiento de personalidad jurídica para la Asociación civil sin fines de Lucro denominada, ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS ´´HEBREOS 13:8´´, Constituida en escritura Pública numero VEINTICINCO, en la ciudad de Managua de las ocho de la mañana del día veinticinco de agosto de dos mil quince ante los oficios notariales de la notario Melody Mebreño Baltodano.
La ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS ´´HEBREOS 13:8´´ ha sido constituida con el ánimo de ser una organización sin fines de lucro, de interés religioso, apolítico, apartidista y no gubernamental, es un ministerio de interés y servicio en el desarrollo espiritual, social e integral y de gran importancia en su existencia como persona jurídica para la vida cristiana, para la comunidad nicaragüense dado que persigue entre otros, los siguientes objetivos: Como fin primordial es la predicación del Santo Evangelio de Jesucristo, a fin de que la humanidad pueda ser redimida por El. Predicar el Evangelio de Jesucristo en todo el territorio nacional e internacional valiéndose para ello de todos los medios lícitos y permitidos por la ley. Nuestra asociación se propone predicar el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, sembrar el amor de Dios a los corazones de hombres, mujeres, jóvenes y niños hasta en el último rincón del país rigiéndose bajo la creencia del único y verdadero Dios Santo y, preservador de todas las cosas. En virtud de lo antes expuesto considero que la ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS ´´HEBREOS 13:8´´, cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley 147, Ley de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, es una Asociación sin fines de Lucro y encaminada a la enseñanza y promoción religiosa, razón por la cual someto a consideración de los Diputados y Diputadas de este Primer Poder del Estado, la presente iniciativa, con el fin de que sea aprobada por el plenario remitido a la comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación y otorgamiento de la Personalidad o personería Jurídica. Se adjunta original y 3 copias de la Iniciativa conforme a La Ley No 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua. Se acompaña formato electrónico CD.
Diputada
DECRETO: _______
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha Dictado El siguiente:
DECRETO
ARTO 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.
ARTO 3 La ASOCIACION MINISTERIO DE IGLESIAS ´´HEBREOS 13:8´´, estará obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
ARTO 4 El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su Publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional a los_____ Días del mes de _____________ del año dos mil____________.
ING. RENE NUNEZ TELLEZ LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ PRESIDENTE PRIMER SECRETARIA ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL