Managua, 15 de Enero del 2014
Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Oficina
Estimada Diputada Palacios:
En mi carácter de Presidente de la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE JOVENES Y MUJERES NICARAGUENSES, (ADEJOMUNIC)
, estoy presentando ante Usted, solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE JOVENES Y MUJERES NICARAGUENSES, (ADEJOMUNIC)
, nombre y siglas con que realizará sus programas y proyectos de carácter civil sin fines de lucro. La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad de JINOTEPE, del Departamento de CARAZO. La Asociación es de carácter civil y social, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública Número uno
(1)
el día Uno de Enero del Dos Mil Catorce, ante los oficios del notario público:
Franklin Antonio Blandino Aburto
, con el objetivo de que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.
Atentamente,
LIC. JOSÉ MAURICIO CORTÉS SÁNCHEZ
PRESIDENTE
Managua, 15 de Enero 2014
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de
la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE JOVENES Y MUJERES NICARAGUENSES (ADEJOMUNIC),
nombre y siglas con que realizará sus programas y proyectos de carácter civil sin fines de lucro, con domicilio en la Ciudad de Jinotepe, del Departamento de Carazo. La Asociación fue constituida mediante Escritura Pública Número uno
(1)
el día Uno de Enero del Dos Mil Catorce, ante los oficios del notario público:
Franklin Antonio Blandino Aburto.
Los fines y objetivos de la Asociación son:
1)
Brindar atención a los problemas de carácter social de la población de jóvenes y mujeres de la zona urbana y rural de los diferentes municipios de Nicaragua, mediante el apoyo a pequeños y medianos productores agropecuarios, avícolas, pequeños y medianos empresarios y artesanos, contribuyendo al mejoramiento de las condiciones de vida de los núcleos familiares formados por las y los jóvenes,
2
) Apoyar, Impulsar, y desarrollar el deporte en sus diferentes disciplinas en infraestructura, equipamiento y su masificación, en las diferentes comunidades y municipios de nuestro país, así como también la rehabilitación, promoción, y creación de áreas verdes y parques de recreación para la niñez y la adolescencia.
3)
Contribuir a la creación y mejoramiento de infraestructuras de desarrollo de los municipios en Nicaragua, sean estas construcciones verticales u horizontales, en beneficio de las y los jóvenes Nicaragüenses.
4
) Impulsar, promover, incentivar el rescate e inserción de los jóvenes en situaciones de riesgo (delincuencia, alcoholismo, y drogadicción) a la sociedad, por medio de capacitaciones, deporte, y el desarrollo de proyectos de educación técnica que ayude a las mujeres y a los y las jóvenes.
5)
Promover e impulsar la creación de un fondo para desarrollar proyectos de producción agropecuaria, proveyendo a los y las jóvenes campesinas, mujeres madres solteras de las comunidades, semillas mejoradas de granos básicos y hortalizas así como de fertilizantes, pies de crías de ganado mayor y menor, desarrollando junto a ello capacitaciones de técnicas avanzadas para la siembra y cosecha de los granos básicos y la crianza, desarrollo y engorde del ganado menor y mayor y mejorar las condiciones de vida de nuestros jóvenes campesinos
6)
Promover y difundir la defensa de los derechos humanos en todas sus ámbitos y en especial a los derechos de las mujeres y de los y las jóvenes, a través de seminarios, talleres, encuentros de jóvenes, promoción de programas de defensa a las mujeres en contra de la violencia intrafamiliar y reproductiva; divulgación por cualquier medio radial, escrito o visual
7)
Promover la conservación, protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la diversidad biológica en Nicaragua. De manera particular:
a)
Garantizar la conservación, protección y aprovechamiento de los recursos hídricos, como ríos, lagos y zonas costeras marítimas;
b)
Promover el desarrollo de pequeñas centrales hidroeléctricas o eólicas, en aquellas comunidades que tengan recursos hídricos con potencial para la generación de energía eléctrica y sea esta de consumo para la comunidad
. c)
Promover, impulsar y desarrollar programas de educación ambiental a través de seminarios, talleres o encuentros, conjuntamente con proyectos que vallan dirigidos a la protección del medio ambiente, conservación de suelos y áreas forestales protegidas, la conserva con de los recursos naturales y la salud;
d)
Velar por la conservación de suelos y áreas forestales ;
e)
Promover, impulsar, y desarrollar la diversificación de la producción alimenticia en aquellas comunidades que por el potencial acuícola se puedan desarrollar proyectos (pequeñas granjas) de producción de tilapias y camarones a pequeñas escalas para su consumo.
f)
Realizar investigaciones con profundización de diagnósticos por zona, para la búsqueda de soluciones a los problemas del medio ambiente que promuevan el desarrollo de los recursos naturales.
g)
Promover, gestionar y ejecutar ayudas gubernamentales y privadas
,
así como de organismo internacionales que promuevan el desarrollo y protección del medio ambiente en todos sus campos de acción, con el fin de mejorar nuestro medio ambiente, la organización y la educación de los y las jóvenes Nicaragüenses en el desarrollo y protección del medio ambiente; con la participación activa de las mujeres y de los y las jóvenes.
h)
Fomentar, dirigir y fortalecer la defensoría del medio ambiente;
i)
Hacer publicaciones por cualquier medio escrito, radial o televisivo sobre los proyectos y actividades de la asociación. También podrá realizar cualquier actividad que conlleve a lograr el cumplimiento de los objetivos señalados,
8
) Impulsar y desarrollar proyectos apícolas en zonas de nuestro país donde se pueda aprovechar la flora de la zona, junto a talleres de capacitación técnica del uso y manejo de dichos proyectos con la participación activa de la mujer y de los y las jóvenes de la zona
. 9)
Promover el agroturismo en comunidades que presenten el potencial para el desarrollo de dichos proyectos junto a la protección y conservación del medio ambiente con la participación activa de los y las jóvenes
10)
Desarrollar y consolidar las relaciones que sean convenientes para los fines de la asociación con organismos gubernamentales, nacionales y extranjeros. Teniendo además la asociación, facultades de ampliar su objeto con solo que así lo dispongan sus miembros a través de su Asamblea General , ya que la anterior enumeración es enunciativa y de ninguna manera taxativa siendo entendido que para la consecución de los intereses legítimos de su objeto y finalidad, la asociación podrá adquirir toda clase de bienes, derechos, propiedades y celebrar todos los actos y contratos civiles, y de cualquier otro tipo que sean necesarios, convenientes, incidentes o concurrentes a la obtención de sus finalidades sociales dentro del marco de las leyes de Nicaragua.
Por lo expuesto, someto a consideración el Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el Honorable Plenario.
Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha Asociación.
Atentamente,
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado
DECRETO No.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art. 1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE JOVENES Y MUJERES NICARAGUENSES (ADEJOMUNIC)
, sin fines de lucro, de carácter civil y social, con domicilio en Ciudad de JINOTEPE, del Departamento de CARAZO de duración indefinida.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE JOVENES Y MUJERES NICARAGUENSES (ADEJOMUNIC)
, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de ……. del año dos mil catorce.
ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ LIC. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIA
ASAMBLEA NACIONAL
ASAMBLEA NACIONAL