Managua, 26 de febrero del 2015.

Licenciada
Alba Azucena Palacios Benavidez
Primer Secretaría
Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Diputada Palacios:

De la manera más respetuosa, le solicitamos nos reciba la solicitud adjunta, de Personalidad Jurídica para la Fundación denominada: “FUNDACIÓN ARTISTICA XUCHIALT” “FUNDAXU”. La Fundación tiene como fin y objetivo general. La Promoción y rescate de los valores culturales, así como la formación en las diferentes expresiones artísticas como vehículo de integración social y de identidad nacional..

Adjunto a la presente, documentación requerida para el trámite de otorgamiento de Personalidad Jurídica a nuestra Fundación, es físico y en versión electrónica.

Agradeciendo su amable gestión, aprovecho la ocasión para saludarle y desearle éxito en sus funciones.

Atentamente,



Allan Justino Lindo Muñoz
Presidente





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
René Nüñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto.138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua con sus Reformas Incorporadas en el Arto. 11, numeral 2, Arto 90. Párrafo 2º, numeral 2 y Arto 91y 93 y en la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de personalidad Jurídica de la Fundación denominada: “FUNDACIÓN ARTISTICA XUCHIALT”, “FUNDAXU”. Asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número Uno (1) autorizada en la ciudad de León a las cinco de la tarde del día veinte de febrero del año dos mil quince, ante los oficios notariales de la Lic. Xiomara del Socorro Pérez Martínez, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

FUNDAMENTACION:

Esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la:”FUNDACIÓN ARTISTICA XUCHIALT”, “FUNDAXU”. Se fundamenta en que por cuanto en Nicaragua los ciudadanos tienen Derechos de constituirse en organizaciones con el fin de lograr la realización de sus aspiraciones según sus propios intereses, (Arto. 49 Cn) y porque esta Asociación es importante para el Beneficio del Desarrollo artístico y cultural de los Nicaragüenses

La Fundación tiene como Finalidad y Objetivo General: La Promoción y rescate de los valores culturales, así como la formación en las diferentes expresiones artísticas como vehículo de integración social y de identidad nacional. Objetivos Específicos: 1) Desarrollar el conocimiento teórico práctico en las diferentes disciplinas artísticas (danza, poesía, pintura, música, teatro, artesanías, entre otras) mediante la creación de escuelas y talleres culturales dirigidos a la población donde tenga incidencia la Fundación, con especial énfasis en los jóvenes, niños y niñas. 2) Promover el intercambio artístico y cultural con gremios y artistas a nivel nacional e internacional. 3) Motivar en los miembros de la Fundación, el desarrollo de su vena artística y potencializar sus aptitudes y talentos innatos. 4) Promover todo tipo de investigaciones de carácter cultural que abarquen los ámbitos de conocimiento y desarrollo relacionado con las diferentes disciplinas artísticas, así como el rescate de nuestras tradiciones e identidad cultural. 5) Colaborar con las autoridades municipales y centros de enseñanza, en la divulgación de nuestros valores y tradiciones culturales a través de las diferentes disciplinas artísticas como vehículo extraordinario para el desarrollo del sentido del mérito, del gusto, de la imaginación y de la participación ciudadana. 6) Aprovechar la promoción artística cultural como un recurso de integración social en las comunidades donde tenga incidencia la Fundación. 7) Promover el amor y respeto por la madre tierra, la protección y cuido del medio ambiente como parte del rescate de los valores y tradiciones culturales de nuestros ancestros.8) Elaborar y gestionar proyectos socio culturales, tanto a nivel nacional como internacional, que posibiliten el cumplimiento de los fines y objetivos de la Fundación.-

Por lo antes expuesto, pido sea sometida a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, para su posterior dictamen y aprobación.



Juan Ramón Jiménez
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO

Art.1.- Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN ARTISTICA XUCHIALT”, “FUNDAXU” Sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio de la Ciudad de León del departamento de León.

Art.2.- La representación de esta Fundación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.- La “FUNDACIÓN ARTISTICA XUCHIALT”, “FUNDAXU” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de __________ del año dos mil catorce.-

RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria

Fundación Artistica Xuxhialt.pdf

DECRETO 7770.pdf