Ocotal, Nueva Segovia
20 de Marzo del 2015
Licenciada
Alba Palacio Benavidez
Diputado de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Su Despacho

Estimada Licenciada Palacio.

Somos un grupo de ciudadanos jubilados interesados en constituir formal y legalmente la Asociación sin fines de Lucro, la que se denominada; ASOCIACION SEGOVIANA DEL ADULTO MAYOR JUBILADO “DIAMANTES DE ESPERANZA" “ASAMJDE”, esta asociación tiene sus objetivos y proyecciones en base a las necesidades que presenta el adulto mayor en esta etapa de la Vida, y que se describen detalladamente en nuestra Escritura Pública de Constitución de Asociación sin fines de lucro.

Por lo antes expuesto solicitamos de su apoyo y colaboración para que se nos otorgue la personeria Jurídica a nuestra asociación.

Documentos adjuntos a la Presente:
Sin más a que hacer referencia, me suscribo de usted.

Atentamente.


Blanca Olivia López Vílchez
Presidenta de ASAMJDE

Managua, ­­­­____________de____________ del 2015

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Presidente Núñez:


Con fundamento en el inciso 5, del artículo 138, en el artículo 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los artículos 14 numeral 2, 102 y 103 de la Ley No. 606.- Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus Reformas Incorporadas y en la Ley No. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro”, me permito presentar esta solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación Segoviana del Adulto Mayor Jubilado “Diamantes de Esperanzas” “ASAMJDE”, entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública número cuarenta y seis (46), autorizada en la ciudad de Ocotal, Nueva Segovia, a las diez de la mañana del día uno de Diciembre del año dos mil catorce, ante los oficios notariales de la Licenciada Mayella Aracely Cajina Ortiz.


ASAMJDE: Es una entidad de carácter social, sin fines de lucro, de orientación esencialmente humanitaria, moral y social, su fin primordial es fomentar la asociación del adulto mayor, unir a los jubilados de nuestra sociedad, establecer entre sus miembro información de interés común y crear un centro para diversas actividades y tratar de dar mejores condiciones de vida a sus asociados, uno de nuestros objetivos es el que el adulto mayor no quede en el olvido después de que termina su vida laboral.

FUNDAMENTACIÓN

En Nicaragua tienen derecho de constituir organizaciones los trabajadores de la ciudad y del campo, las mujeres, los jóvenes, los productores agropecuarios, los artesanos, los profesionales, los técnicos, los intelectuales, los artistas, los religiosos, las comunidades de la Costa Caribe y los pobladores en general, sin discriminación alguna, con el fin de lograr la realización de sus aspiraciones según sus propios intereses y participar en la construcción de una nueva sociedad. Estas organizaciones se formarán de acuerdo a la voluntad participativa y electiva de los ciudadanos, tendrán una función social y podrán o no tener carácter partidario, según su naturaleza y fines.

Con fundamento en el inciso 5, del artículo 138, en el artículo 140 de la Constitución Política de Nicaragua, en los artículos 14 numeral 2, 102 y 103 de la Ley No. 606.- Ley Orgánica del Poder Legislativo con sus Reformas Incorporadas y en la Ley No. 147 “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro”, solicito se otorgue la Personalidad Jurídica a la Asociación Segoviana del Adulto Mayor Jubilado “Diamantes de Esperanzas” “ASAMJDE”, la que será de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a la consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el Plenario y luego remitida a Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación, y de Derechos Humanos para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.

Adjunto a la presente Exposición de Motivos y Fundamentación y las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto.


Atentamente,




Dr. José Figueroa Aguilar
Diputado





DECRETO A. N. No.
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente:

DECRETO


Art.1.- Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SEGOVIANA DEL ADULTO MAYOR JUBILADO “DIAMANTES DE ESPERANZA”, “ASAMJDE”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia, República de Nicaragua.

Art. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su Escritura Pública de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3.- La ASOCIACIÓN SEGOVIANA DEL ADULTO MAYOR JUBILADO “DIAMANTES DE ESPERANZA”, “ASAMJDE” , estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Asociación Segoviana del Adulto Mayor Jubilado Diamante de Esperanza.pdf


DECRETO 7813.pdf