Chinandega 2 de Junio 2013

Licenciada.
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primer Secretario.
Asamblea Nacional.

Su despacho.

Por este medio le solicitamos se nos someta a consideración de la Honorable Asamblea Nacional el otorgamiento de la personería Jurídica a la ASOCIACIÓN DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS DEL FRENTE SANDINISTA DE LIBERACION NACIONAL DE CHINANDEGA 9 DE SEPTIEMBRE, Denominada con las siglas, ACCHFSLN 9 DE SEPTIEMBRE, la que fue Constituida mediante Escritura Pública numero diecinueve (19) acto de las once de la mañana del día veintidós de Mayo del año dos mil trece, ante los oficios notariales del Licenciado Juan José Nájera Pérez.

Adjunto fotocopia de la Escritura de Constitución y Estatutos, Exposición de Motivos y anteproyecto de Decreto.


Sin más sobre el particular me suscribo de usted deseándole en nombre de mis compañeros asociados y del mío propio, muchos éxitos en el desarrollo de sus actividades.


Atentamente,



MODESTO GILBERTO VARELA
Presidente




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.


Ingeniero.
RENE NÚÑEZ TELLEZ.
Presidente.
Asamblea Nacional.
Su despacho.

Honorable Señor Presidente.

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y los Artos. 30 NUMERAL 5, 89, 90, y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ley 147 ley general de personalidades jurídicas presento la Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personería Jurídica de la. ASOCIACIÓN DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS DEL FRENTE SANDINISTA DE LIBERACION NACIONAL DE CHINANDEGA 9 DE SEPTIEMBRE, denominada con las siglas ACCHFSLN 9 DE SEPTIEMBRE constituida en Escritura Pública número diecinueve (19) del día veintidós de Mayo del año dos mil trece, ante los oficios Notariales del Licenciado Juan José Nájera Pérez.

Fundamento:
En Nicaragua los pobladores tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal como lo reconoce nuestra Constitución Política (Arto, 49 Cn.) Y la ley ordinaria No. 147 Ley General sobre Personalidad Jurídica, en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse
Se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la ASOCIACIÓN DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS DEL FRENTE SANDINISTA DE LIBERACION NACIONAL DE CHINANDEGA 9 DE SEPTIEMBRE, denominada con las siglas ACCHFSLN 9 DE SEPTIEMBRE Asociación Civil sin fines de lucro, de carácter social pluralista, no discriminatoria, y sin fines religiosos.


La Asociación tendrá como objetivos y finalidad los siguientes.

1) Mantenerse fiel a los principios y valores de la gesta heroica del General Sandino y como militantes disciplinados cumplir con las orientaciones de nuestro partido. El Frente Sandinista de Liberación Nacional.
2) Capacitar y educar a nuestros miembros en cuanto a los cambios y hechos históricos por los que pase Nicaragua y su Revolución, sobre todo la Democracia y nuestra Autodeterminación respetando la soberanía del pueblo.
3) Tratar de garantizar a nuestros asociados un estado económico que permita salir de la pobreza, insertándonos en programas que generen fuentes de trabajo, vivienda, educación, salud, y/o gestionar con organismos e instituciones Nacionales e internacionales ayudas que beneficien a nuestros asociados y que ayuden en la buena andanza de la asociación, que sean lícitos y no comprometan nuestra naturaleza.
4) Promover, formular y gestionar actividades que estén dirigidas a fortalecer el bienestar económico, cultural, educativo, recreativo, ecológico y del medio ambiente de nuestra comunidades.
5) Rescatar a compañeros que se encuentran inmersos en el alcoholismo y la drogadicción a través de programas especiales.
6) Establecer Relaciones con el Gobierno Central y las Alcaldías Municipales a fin de apoyar y promover todas las actividades que beneficien a nuestra comunidades y a nuestros asociados.
7) La Asociación podrá ampliar sus objetivos sociales ya que los aquí planteados son de carácter enunciativos y de ninguna manera taxativos.

Por lo antes expuesto, solicito someter a consideración del Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.


En la Ciudad de Chinandega dos de Junio del 2013.



BAYARDO CHÁVEZ MENDOZA
Diputado





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

EN USO DE SUS FACULTADES.

HA DICTADO.

EL SIGUIENTE.

DECRETO

Arto. 1- Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS DEL FRENTE SANDINISTA DE LIBERACIÓN NACIONAL DE CHINANDEGA 9 DE SEPTIEMBRE,. Denominada con las siglas ACCHFSLN 9 DE SEPTIEMBRE. Asociación Civil sin fines de Lucro, de duración indefinida y con domicilio en la cuidad de Chinandega. Departamento de Chinandega.


Arto. 2- La representación legal de esta Asociación será ejercida por el Presidente de la Junta Directiva Nacional con facultades otorgadas mediante Poder Generalísimo.


Arto. 3- La Asociación ASOCIACION DE COMBATIENTES Y COLABORADORES HISTORICOS DEL FRENTE SANDINISTA DE LIBERACIÓN NACIONAL DE CHINANEDGA 9 DE SEPTIEMBRE, Denominada con las siglas ACCHFSLN 9 DE SEPTIEMBRE. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la República de Nicaragua,


Arto. 4- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.


Dado en la cuidad de Managua, sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los-------------
del mes de del año dos mil trece.


ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ. LIC. ALBA PALACIOS B.
Presidente. Primer Secretario.
Asamblea Nacional. Asamblea Nacional.

Asociación de Combatientes y Colaboradores Históricos del Frente Sandinista.pdf


DECRETO 7432.pdf