Managua, 21 de junio del año 2016

Licenciada
Alba Palacios Benavidez
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Honorable Señora Primera Secretaria:

El Suscrito Presidente de la “ASOCIACION DE EMPRESARIOS CRISTIANOS DE NICARAGUA”, AECNIC”, solicita con base a la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACION DE EMPRESARIOS CRISTIANOS DE NICARAGUA”, AECNIC”, Asociación de carácter humanitario, Cristiana, constituida en Escritura Pública número veintidós, otorgada ante los oficios notariales del Abogado y Notario. Pablo Emilio Meléndez Castillo, a las nueve de la mañana del día siete de noviembre del año dos mil quince. Adjuntamos Escritura Pública número veintidós (22) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación se constituyó entre otros con los siguientes objetivos:

1.- Promover el desarrollo integral, espiritual y el bienestar social de la comunidad empresarial cristiana Nicaragüense conforme a los principios y valores del Reino de Dios con el fin de desarrollar en cada miembro de la asociación pureza, integridad, orden, estabilidad, contentamiento, honradez, fidelidad y paz en la práctica empresarial.

2.- Impulsar el desarrollo social sostenible de cada miembro de la asociación, su familia y la comunidad. A través de la gestión y ejecución de proyectos, programas y acciones que conduzcan a mejorar las condiciones de vida de cada uno de ellos.

3.-. Facilitar el acompañamiento en diversos temas de interés para el desarrollo de los miembros de la asociación.

4.-. Establecer relaciones con las diferentes instituciones de gobierno nacional, departamental y municipal con el fin de desarrollar estrategias que beneficien a los empresarios que forman parte de la Asociación

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de formación de la ley.






Dina Elizabeth López Guido
Presidente
“AECNIC”


Managua, 21 de junio del año 2016
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El suscrito Diputado de la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Art. 138 y 140 de la Constitución Política, el Arto. 14 y en el inciso 2 del artículo 102 y 166 de la Reforma a la Ley No.606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACION DE EMPRESARIOS CRISTIANOS DE NICARAGUA”, AECNIC”; Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública número veintidós (22) , otorgada ante los oficios notariales del Abogado y Notario Público Pablo Emilio Meléndez Castillo, a las nueve de la mañana del día siete de noviembre del año dos mil quince. Adjuntamos Escritura Pública número veintidós (22) de Constitución de la Asociación.

Esta Asociación se creó entre otros con los siguientes motivos:

1.- Promover el desarrollo integral, espiritual y el bienestar social de la comunidad empresarial cristiana Nicaragüense conforme a los principios y valores del Reino de Dios con el fin de desarrollar en cada miembro de la asociación pureza, integridad, orden, estabilidad, contentamiento, honradez, fidelidad y paz en la práctica empresarial.
2.- Impulsar el desarrollo social sostenible de cada miembro de la asociación, su familia y la comunidad. A través de la gestión y ejecución de proyectos, programas y acciones que conduzcan a mejorar las condiciones de vida de cada uno de ellos.
3.-. Facilitar el acompañamiento en diversos temas de interés para el desarrollo de los miembros de la asociación.
4.-. Establecer relaciones con las diferentes instituciones de gobierno nacional, departamental y municipal con el fin de desarrollar estrategias que beneficien a los empresarios que forman parte de la Asociación.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de formación de la ley.






José Ramón Sarria Morales
Diputado






ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Arto.1 Otorgase Personería Jurídica a la “ASOCIACION DE EMPRESARIOS CRISTIANOS DE NICARAGUA,” “AECNIC”, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de León.

Arto.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.

Arto.3 La “ASOCIACION DE EMPRESARIOS CRISTIANOS DE NICARAGUA,”, AECNIC”, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _____ del año dos mil dieciséis.



Ing. René Núñez Téllez Dra. Alba Palacios Benavidez
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

Asociación de Empresarios Cristianos de Nicaragua.pdf

8064.pdf