Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primera secretaria
Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable Primera Secretaria.

El suscrito presidente de la fundación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER DEL CAMPO Y LA CIUDAD (FUDIMUJER), de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número siento veintitrés (123) ante los oficios notariales del Abogado : KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA, a la dos de la tarde 20 de abril del año dos mil Doce.

Adjuntamos la escritura pública número siento veintitrés antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.

1.-Escritura de constitución de la asociación ( original y dos copias )
2- Exposición de motivos
3- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo




DOUGLAS FRANCISCO MALDONADO GARCÍA
Presidente



Managua 20-04-2012.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLÉZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Honorable Señor Diputado

El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política y Arto. 30 numeral 5, 89 90 y 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER DEL CAMPO Y LA CIUDAD (FUDIMUJER), de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número siento veintitrés (123) ante los oficios notariales del Abogado : KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA, a la dos de la tarde 20 de abril del año dos mil Doce. Adjuntamos la escritura pública número siento veintitrés antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.






ING. AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA
Diputado
Managua 20-04-2012.


Ingeniero
AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política y Arto. 30 numeral 5, 89 90 y 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER DEL CAMPO Y LA CIUDAD (FUDIMUJER), de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número siento veintitrés (123) ante los oficios notariales del Abogado : KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA, a la dos de la tarde 20 de abril del año dos mil Doce. Adjuntamos la escritura pública número siento veintitrés antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.






ING. AGUSTÍN JARQUÍN ANAYA
Diputado




ASAMBLEA NACIONAL

En uso de sus facultades

Ha Dictado El siguiente

DECRETO

Arto. 1 Otorgase la Personalidad Jurídica de la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER DEL CAMPO Y LA CIUDAD (FUDIMUJER), fundación sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de ESTELÍ departamento de ESTELÍ

Arto. 2 La representación legal de esta fundación , será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MUJER DEL CAMPO Y LA CIUDAD (FUDIMUJER)) estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil trece.



RENÉ NÚÑEZ TELLÉZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional