Managua, 10 de Febrero del 2014.

Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Junta Directiva
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimada Diputada:

Me dirijo a usted de la manera mas formal para solicitarle que en su calidad de Primer Secretaria de la Junta Directiva de la Honorable Asamblea Nacional y con fundamento en el Artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, y la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, se realicen los trámites que correspondan para el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE ONCOLOGIA “ANICO”, que tiene los siguientes objetivos:

Adjunto los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución de la Asociación y Estatutos, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto en original y copias respectivamente.

Sin más a que referirme y agradeciendo su amable atención, me suscribo.

Atentamente,




DR JOSE´VALDIMIR ALTAMIRANO
Presidente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 26 de febrero del 2014

Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Ingeniero Núñez:

La suscrita Diputada ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Artículo 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, y el artículo 6 y 7 de la Ley 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro. Presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ONCOLOGIA “ANICO”, constituida en Escritura Pública Número 91, otorgada en la ciudad de Managua, a las ocho y treinta minutos de la mañana del día dieciocho de Junio del año dos mil trece, ante los oficios notariales del Lic. JIMMY SARAVIA CALLEJAS, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.
FUNDAMENTACION

Considerando: Que la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ONCOLOGIA “ANICO” apoyará en la docencia en el sentido de informar sobre recursos que trabajen en la patología oncológica en nuestro territorio nacional.

Considerando: Que la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ONCOLOGIA “ANICO” apoyará la investigación sobre los problemas de salud en el área de oncología, tanto en las unidades estatales, como en el área del seguro social.

Considerando: Que la ASOCIACIÓN NICARAGUENSE DE ONCOLOGIA “ANICO” impulsará y realizará actividades de cooperación con Instituciones Gubernamentales y Entes Autónomos, a través de acuerdos para la consecución de los fines y objetivos de la Asociación.

Por lo anterior expuesto, solicito que la Junta Directiva someta esta iniciativa de ley a consideración de la Magna Asamblea Nacional, a fin de que sea acogida en Plenario y remitida a la comisión pertinente para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,




MARÍA JILMA ROSALES ESPINOSA.
Diputada





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto 1.- Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE ONCOLOGIA “ANICO” sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto 2.- La Representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determina su Escritura Constitutiva y sus respectivos Estatutos.

Arto 3.- La ASOCIACIÓN NICARAGÜENSE DE ONCOLOGIA “ANICO” estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los ____ días del mes de ______ del año dos mil_____.


RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primer Secretaria

ANICO.pdf


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