Managua, 01 de Marzo del 2012
Doctora
ALBA PALACIOS.
Primera secretaria Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable primer secretaria.
El suscrito Presidente de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO (MIBAC)
con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO (MIBAC)
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número
sesenta y seis (66)
ante los oficios notariales de la Abogada
KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA
las tres de la tarde de día 18 de marzo del año dos mil Doce. Adjuntamos la escritura pública número cuarenta y una antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1-Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2-Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3-Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APÓSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la asociación ( original y dos copias )
2- Exposición de motivos
3- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo
Atentamente,
Reverendo :
MILTO WILMER PINEDA SÁNCHEZ
PRESIDENTE ASOCIACIÓN
(MIBAC)
Managua, 01 -03-2012
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Honorable Señor Diputado
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO (MIBAC)
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número
sesenta y seis (66)
ante los oficios notariales de la Abogada
KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA
las tres de la tarde de día 18 de marzo del año dos mil Doce. Adjuntamos la escritura pública número cuarenta y una antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.
Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.
Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3.
Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APÓSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
ING. AGUSTÍN JARQUIN
Diputado
Managua, 01 -03-2012
Ingeniero
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Exposición de Motivos
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO (MIBAC)
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número
sesenta y seis (66)
ante los oficios notariales de la Abogada
KARLA MARIANA VARGAS MENDIOLA
las tres de la tarde de día 18 de marzo del año dos mil Doce. Adjuntamos la escritura pública número cuarenta y una antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.
Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.
Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3.
Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
ING. AGUSTÍN JARQUIN
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL
En uso de sus facultades
Ha Dictado El siguiente
DECRETO
Arto. 1 Otorgase la Personalidad Jurídica de la asociación:
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO (MIBAC)
Asociación
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Matagalpa, departamento de MATAGALPA.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.
Arto. 3 La Asociación
“
ASOCIACIÓN MINISTERIO LISTOS PARA LAS BODAS DEL CORDERO” (MIBAC)
“esta
rá obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil doce.
RENE NÚÑEZ DRA. ALBA PALACIOS
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional