Managua, 08 de abril del 2013

Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su despacho

Estimada Diputada Palacios:

Por medio de la presente solicito a usted, en mi carácter de Presiente de la FUNDACION COMUNITARIA PARA UN FUTURO MEJOR, FUNCOM, realice las gestiones y trámite legales establecidos en la Asamblea Nacional para el otorgamiento de Personería Jurídica, constituida en la Escritura Pública Número Quince constitución de asociaciones sin fines de lucro y Estatutos, autorizada en la ciudad de Managua, a las nueve de la mañana del día quince de marzo del año dos mil trece por el Dr. Marvin David Rivera Hernández, abogado y notario público de Nicaragua.

Adjunto a esta solicitud los siguientes documentos:

En espera de su pronta resolución, le saluda.

Atentamente.


LIC. MARTA ADILIA LÓPEZ CENTENO
Presidenta






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 08 de abril del 2013
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Oficina.

Estimado Presidente:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, y con fundamento en el inciso. 5 del Arto. 138 y Arto. 140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capítulo III, Arto. 14, numeral 2, Arto 89, Párrafo 4, numeral 2 y Arto. 91 y en la Ley 147 Ley General sobre personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presento la solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica a la FUNDACION COMUNITARIA PARA UN FUTURO MEJOR, pudiéndose llamar también simplemente como FUNCOM constituida en escritura pública número quince otorgada en la ciudad de Managua, a las nueve de la mañana del día quince de marzo del año dos mil trece por el Dr. Marvin David Rivera Hernández, abogado y notario público de la república de Nicaragua.

Fundación Comunitaria para un Futuro Mejor se establece como objetivos fundamentales:
Para lograr sus objetivos esta Fundación podrá realizar todos los actos que considere convenientes siempre y cuando estos se apeguen a los estatutos de FUNDACION COMUNITARIA PARA UN FUTURO MEJOR, pudiéndose llamar también simplemente como FUNCOM.


Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional a la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada


Atentamente,





LIC. EVELIN PATRICIA ABURTO
Diputado



DECRETO NO.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EN USO DE SUS FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO

Art.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACION COMUNITARIA PARA UN FUTURO MEJOR, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOM, sin fines de lucro de carácter civil, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Art.2.- La representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.- La FUNDACION COMUNITARIA PARA UN FUTURO MEJOR, la que podrá identificarse con las siglas FUNCOM, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de __________ del año dos mil doce.-

RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA PALCIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIA
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

Fundación Comunitaria para un Futuro Mejor.pdf


Decreto  7342.pdf