Managua, 16 de Julio del año 2013.
Honorable Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ.
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimada Licenciada Palacios:

Por este medio le solicito someta a consideración de la Asamblea Nacional la presente solicitud de aprobación de la Personalidad Jurídica de la FUNDACIÓN PROFESORA SARA LUISA BARQUERO, INMEMORIA, la que podrá denominarse FUNDACION SARA LUISA BARQUERO, para tramite de otorgamiento de la Personalidad Jurídica, conforme la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro No. 147.

Sin más que agregar, le saludo.-

Agradezco su atención me despido de usted..-

Fraternalmente.-

JOSÉ IGNACIO BARQUERO BOJORGE
Presidente


Managua, 16 de julio del año 2013.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorable Diputado
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

Distinguido Señor Presidente:

El suscrito diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5, de los Artículos 138 y 140 y el Artículo 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, y la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, presento la siguiente solicitud de Otorgamiento de Personalidad jurídica que se denominará FUNDACIÓN PROFESORA SARA LUISA BARQUERO INMEMORIAN. , la que podrá denominarse FUNDACION SARA LUISA BARQUERO, de carácter civil, cristiana, humanitaria con domicilio en la ciudad de Managua, la que fue constituida en Escritura Pública Número Nueve, del día diez de julio del año dos mil doce, a las ocho de y diez minutos de la mañana y ante los oficios notariales de la Licenciada María Leonor Sandino Martínez

FUNDAMENTACION.

Es prosperidad para la Fundació0n atender a los niños, niñas y adolescentes de escasos recursos económicos que asistan a los Colegios Púbicos que se encuentran en extrema pobreza, abandonados, con servicios gratuitos a la comunidad, para personas de escasos Recursos Económicos. Y que estén en abandono o carentes de afecto familiar, de manera que se ayuden a la formación física e intelectual de los niños y niñas, adolescentes, y a la comunidad donde ellos viven y de ser posible ayudarles a las personas de la tercera edad, sobre todo darles “amor”.-.

OBJETIVOS:
Por todo lo antes sometemos a consideración de los representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión competente, para su Dictamen y su posterior aprobación.






ADOLFO MARTÍNEZ COLE
Diputado





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN CIVIL Y DENOMINADA PROFESORA SARA LUISA BARQUERO INMEMORIAN. , la que podrá denominarse FUNDACION SARA LUISA BARQUERO, sin fines de lucro, de duración indefinida, y con domicilio en esta Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto.3 La FUNDACIÓN CIVIL Y DENOMINADA PROFESORA SARA LUISA BARQUERO INMEMORIAN. , la que podrá denominarse FUNDACION SARA LUISA BARQUERO, Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto.4 El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA

Fundación Sara Luisa Barquero.pdf


7571.pdf