Rivas, 10 de Diciembre del 2012.
Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDES.
Primer Secretaria
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Estimada Doctora Palacios:
Por este medio me dirijo a Usted para solicitarle su apoyo en el otorgamiento de la Personería Jurídica de
“ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE BEISBOL DE RIVAS”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODEBERI)
, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Rivas, Departamento de Rivas.
Le adjunto las escrituras y copias de ley, la propuesta de decreto y todos los documentos necesarios.
Le agradezco de antemano su fina atención y valioso apoyo al Deporte Nacional.
Cordialmente.
JOSÉ RAMÓN RUIZ
Presidente
Cedula Número: (
561-311249-0002N
)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE ASAMBLEA NACIONAL
SU OFICINA
El suscrito diputado ante la asamblea nacional, con fundamento en los artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y artos. 30 numeral 5,89, 90 y 91 de la ley orgánica del poder legislativo, presento iniciativa de decreto de otorgamiento de personería jurídica a la
“ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE BEISBOL DE RIVAS
”, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODEBERI),
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Rivas, Departamento de Rivas.
El marco Jurídico Constitucional Nicaragüense reconoce a sus ciudadanos el derecho de organización sustentado en el arto. 49 Cn, haciendo uso de esos derechos se presenta iniciativa de decreto de otorgamiento de Personería Jurídica a la
“ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE BEISBOL DE RIVAS”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODEBERI).
Fundamento.
La ASOCIACIÓN se constituye como un organismo deportivo nacional, no gubernamental sin fines de lucro y se promueve bajo altos ideales deportivos, por lo que no acepta discriminación alguna por asuntos raciales, políticos, religiosos, por razones de edad o sexo, ni de cualquier otra índole.
La importancia de esta Asociación para la sociedad Nicaragüense esta sustentado en el interés social que se ha planteado desde los objetivos siguientes: 1-Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de Beisbol en todas las categorías procurando una cobertura en todo el departamento de Rivas. 2-Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del Beisbol en Nicaragua. 3-Promover y estimular el desarrollo del deporte de Beisbol infantil, juvenil y mayor en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento. 4.- Auspiciar, avalar y promover: a- Campeonatos anuales en las diferentes ramas y categorías, en la forma que lo establece el reglamento de competencia b- Dictará las bases que rijan todas las competencias de Beisbol en todo el departamento de Rivas, organizados o avalados por la Asociación. c.-- Revisar y/o actualizar los reglamentos para la función interna de la Junta Directiva. d.- Promover la afiliación de miembros deportista que quieran participar en el Deporte de Beisbol. e.- Realizar reconocimientos 5.- Implementar cada actividad que sea necesaria y conveniente para el desarrollo del Beisbol en el departamento de Rivas, ya sea de naturaleza económica, social o deportiva. 6.-Seleccionar adecuadamente y conforme a sus méritos a los deportistas de Beisbol que deban representar al departamento en competencias locales, nacionales e internacionales, avalados por la FENIBA, proveer de acuerdo a sus posibilidades lo necesario para su participación, así como su debido entrenamiento y atención. 7.- La Asociación creará programas para la preparación del personal que dirija eventos deportivos, capacitación de entrenadores, árbitros, médicos y jueces para contribuir a la divulgación e implementación del deporte de Beisbol en el Departamento de Rivas. 8.- Formara Atletas para que representen al departamento de Rivas y a Nicaragua en Competencias departamentales, nacionales e internacionales avalados por FENIBA. 9.- Canalizar ayuda humanitaria nacional e internacional, para los jóvenes, niños, de escasos recursos que estén dentro de la disciplina de Beisbol, con mayores dificultades económicas ya sea en ropa, calzado, víveres, medicamentos, asistencias médicas, útiles deportivos, ayuda económica, entre otros. 10) – Fomentar todas las actividades del deporte de Beisbol en las diferentes ramas y categorías: a) Beisbol b) femenino, c) masculino y otros estilos afines en todo el Departamento. 11.- Impulsar programas de desarrollos Beisbolísticos que vayan en pro de la niñez y la adolescencia.- 12. Fortalecer el Béisbol en el área rural y urbana mediante alternativas que incentiven su desarrollo.- 13. Contribuir con programas alternativos y asistencia técnicas, para potencializar el nivel del Béisbol.- 14. Proporcionar espacios de participación de toda la población, en condiciones de igualdad, con acceso a todos los recursos y medios de la
Asociación.- 15. Impulsar a nivel Nacional e internacional la capacidad de gestión para lograr mayor apoyo y beneficios de los organismos de cooperación, agencias de desarrollo y organismos multilaterales.- 16. Intercambiar experiencia con otros organismos que nos permitan fortalecer la capacidad de ejecución y engrandecimiento de la Asociación.-
Por lo antes expuesto solicito a someter a consideración del plenario de la asamblea nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la comisión respectiva, para su posterior aprobación por el mismo.
En la ciudad de Managua, a los diez días del mes de Diciembre del año dos mil Doce.
ING. EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE BEISBOL DE RIVAS”
, pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODEBERI),
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el municipio de Rivas, Departamento de Rivas.
Arto.2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La
“ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE BEISBOL DE RIVAS”,
pudiendo abreviarse con las siglas
(ASODEBERI),
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA