Granada, 15 de marzo del año 2013.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria Asamblea Nacional
Su despacho.-
Tengo el honor de dirigirme a usted, con el objeto de solicitar el trámite de Ley correspondiente, para la obtención de personalidad jurídica a favor de la Asociación denominada:
“Asociación Club Rotario La Gran Sultana Granada”
de la cual soy representante legal.
Para los fines antes mencionados me permito acompañar la documentación siguiente:
a) Escritura de constitución legal
b) Certificación de Estatutos
c) Exposición de motivos
d) Proyecto de Decreto de Personalidad Jurídica
Sin otro particular a que hacer referencia y en espera que los órganos de la Asamblea Nacional, nos brinden acogida a nuestra solicitud, solo me resta reiterarle mi atento saludo.
CARLOS JOSÉ ARANA GORLERO
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ.
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado presidente:
El suscrito representante ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 50, 138 numeral 1, 5 y 140 de la Constitución Política, en el numeral 2 del artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, lo mismo que con fundamento en los artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y con fundamento también en las disposiciones pertinentes de la Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro, ley número 147, publicada en la Gaceta Diario Oficial número 102, del 29 de mayo de 1992, somete por su medio a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la presente solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica para la entidad, sin fines de lucro denominada:
“
Asociación Club Rotario La Gran Sultana Granada
”.
Esta fundación fue constituida en
escritura pública número constituida en escritura pública número treinta y cinco autorizada en la ciudad de Granada a las diez de la mañana del día veinte y ocho de octubre del año dos mil once por el Notario Uriel Barquero Arévalo.
La
“
Asociación Club Rotario La Gran Sultana Granada
”
fue creada con los objetivos siguientes: a) Contribuir a mejorar la calidad de vida de los sectores más vulnerable de la población. b) Gestionar recursos y esfuerzos de coordinación con las instituciones competentes en el ámbito de ejecutar y desarrollar proyectos de suministro de agua potable para las comunidades que carecen de este vital servicio. c) Ejecutar y desarrollar proyectos y programas tendientes a mejorar las condiciones salud de la población, especialmente de la niñez enfatizando en la medicina preventiva y los esfuerzos encaminados a erradicar enfermedades contagiosas y endémicas como el caso de la poliomielitis. d) Formular y ejecutar proyectos educativos y de infraestructura escolar como aulas, escuelas parvularios; y equipamiento para este tipo de centros. f) Contribuir mediante esfuerzo propio o bien en coordinación con las instituciones estatales; o privadas con la educación ambiental y el cuido y preservación de la naturaleza y el medio ambiente. En la consecución de los objetivos antes mencionados nuestra Asociación podrá desarrollar las siguientes actividades, derechos, u obligaciones: a) Adquirir o transferir derechos. b) Gestionar recursos provenientes de personas naturales o jurídicas, bien sean nacionales o extranjeras. c) Adquirir herencias o legados y manejar recursos que contribuyan a la consecución de sus objetivos. En tal sentido la Asociación podrá realizar todas aquellas actividades, organizativas, legales y administrativas que sean lícitas y coadyuven a la consecución de sus propósitos, metas y objetivos.
Por lo antes expuesto, solicito a los honorables Diputados dar su aprobación a la presente iniciativa en el plenario enviándola a la comisión respectiva, para ser dictaminada, para recibir posteriormente su aprobación final, todo de conformidad a lo establecido por los estatutos de la Asamblea Nacional.
NASSER SILWANY BAÉZ
DIPUTADO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto 1.- Otórguese Personalidad Jurídica a la:
“Asociación Club Rotario La Gran Sultana Granada”
,
entidad civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de la ciudad de Granada, departamento de Granada.
Arto 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determina su escritura constitutiva y sus respectivos estatutos.
Arto 3.- La
“Asociación Club Rotario La Gran Sultana Granada”
,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua en la Sala de sesiones de la Asamblea Nacional, el día................................del mes de..................................del año dos mil once.
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ.
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
Por tanto publíquese y ejecútese.- Managua......................... de......................del dos mil cuatro.
JOSÉ DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.
Presidente de la República.