Managua, 25 de Junio de 2013
Licenciada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimada Licenciada Palacios:

Tengo a bien dirigirme a usted en mi carácter de Presidenta de la Junta Directiva de la “FUNDACION NICARAGUENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), la cual es una organización civil, social, plural, apolítica y de carácter humanitario, que ha sido constituida de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.

Por lo anterior, le solicitamos muy amablemente dar a la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Jorge Castillo Quant el trámite de Ley correspondiente.

Sin otro particular, reciba un cordial y atento saludo de mi parte.

Atentamente,


AZUCENA DEL SOCORRO AGUIRRE GARCÍA
Presidenta


Managua, 25 de Junio de 2013
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Ingeniero Núñez:

Tengo a bien dirigirme a usted en mi carácter de Presidenta de la Junta Directiva de la “FUNDACION NICARAGUENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), la cual es una organización civil, social, plural, apolítica y de carácter humanitario, que ha sido constituida de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.

Por lo anterior, le solicitamos muy amablemente dar a la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Jorge Castillo Quant el trámite de Ley correspondiente.

Sin otro particular, reciba un cordial y atento saludo de mi parte.

Atentamente,


AZUCENA DEL SOCORRO AGUIRRE GARCÍA
Presidenta





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ingeniero Managua, 25 de Junio de 2013
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional de Nicaragua, con fundamento en lo establecido en los Artículos 138, numeral 5) y 140 Inc. 1 de la Constitución Política de Nicaragua, y Artículos 91 y 92 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua”, por medio de la presente someto a consideración de la Asamblea Nacional la Iniciativa de Decreto de otorgamiento de Personería Jurídica de la “Asociación Civil sin Fines de Lucro “FUNDACION NICARAGUENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), la cual ha sido constituida de conformidad con lo establecido en la Ley No.147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.

La “FUNDACION NICARAGUENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), fue constituida mediante Escritura Pública Número Uno (1), Constitución de Asociación sin Fines de Lucro, autorizada en esta ciudad de Managua, el día once de junio del año Dos Mil Trece, ante los oficios notariales del doctor Marcial Genaro Cerda Mejía, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

La Asociación Civil “FUNDACION NICARAGUENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), su finalidad radica en que los miembros afiliados podrán desarrollar proyectos de carácter social, para los habitantes de los Municipios del Departamento de Masaya, que comparten la Laguna de Masaya, en general y en particular para todo el pueblo nicaragüense, sus principales objetivos son: 1. Coadyuvar a la preservación y conservación del Medio Ambiente, promoviendo el uso racional de los Recursos Naturales que están dentro y a la orilla de la Laguna. 2.- Promover e implementar capacitaciones en los Lideres del Departamento de Masaya para coadyuvar a la conservación de la Laguna de Masaya. 3.- Promover acciones y técnicas que contribuyan a la preservación de la Laguna de Masaya. 4.- Fortalecer la coordinación interinstitucional en la implementación de programas que fortalezcan medidas para salvaguardar y que no se siga contaminando la Laguna de Masaya. 5.- Gestionar y canalizar fondos a nivel nacional e internacional, para realizar la construcción de proyectos tales como: a).- Construcciones de pozos para el abastecimiento de agua, b).- Construcciones de represas que contengan el agua contaminada para evitar seguir destruyendo la Laguna, c).- realizar cualquier otra obra de construcción que coadyuve a la conservación de la Laguna de Masaya. 6.- Apoyar y acompañar en la rehabilitación de la Laguna de Masaya a los Gobiernos Locales que comparten territorialmente la Laguna. 7.- Realizar cualquier otra actividad que sea legal para la conservación de la Laguna de Masaya.

Por lo anterior, respetuosamente le solicito muy amablemente dar a la presente Iniciativa de Decreto el trámite de Formación de la Ley establecido en la Constitución Política de la República y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua.

Sin otro particular a que hacer referencia, le saludo.

Atentamente,

ING. JORGE ALBERTO CASTILLO QUANT
Diputado




LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

HA DICTADO

El Siguiente

DECRETO

Arto. 1. Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION NICARAGÜENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), de carácter humanitaria y sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya.

Arto. 2 La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen su Escritura Constitutiva y sus Respectivos Estatutos.

Arto. 3 La “FUNDACION NICARAGÜENSE SALVEMOS LA LAGUNA DE MASAYA (FUNSALMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

En la Ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _________ días del mes de __________ del año dos mil _______


RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria

(FUNSALMA).pdf


7530.pdf