Managua, 19 de Mayo del 2014.
Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional de Nicaragua.
Su Despacho.
Estimada Doctora Palacios:
Por este medio presento solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica de la
FUNDACIÓN “IGLESIA CRISTIANA LA VID VERDADERA”, “FUVIDRA”,
de carácter Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en el Municipio de Nagarote, Departamento de León.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, de conformidad con la Ley.
Sn más a que hacer referencia, Bendiciones.
Atentamente,
ESCOLÁSTICO RAMIRO OJEA CONTRERAS
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 15 de Mayo del 2014
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 de la Constitución Política y Artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley 147, “Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro”, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
FUNDACIÓN “IGLESIA CRISTIANA LA VID VERDADERA”,
la que puede abreviarse
“FUVIDRA”
, sin fines de lucro, constituida en escritura pública número cuatro (04) otorgada en la Ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, a las once de la mañana del día diez de junio del año dos mil trece ante los oficios notariales de la Licenciada Ivania Rosalía Rivera Solis, Abogada y Notario Público de la República de Nicaragua.
FUNDAMENTO:
En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho a constituirse en organizaciones tal como lo establece el artículo 49 de nuestra Carta Magna y así lo admite la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y en estricto apego a este derecho ciudadano que le conceden las normas citadas es que se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la Fundación denominada
FUNDACIÓN “IGLESIA CRISTIANA LA VID VERDADERA”,
la que puede abreviarse
“FUVIDRA”
.
FINES Y OBJETIVOS DE LA FUNDACION
.
El principal objeto y finalidad de la Fundación es el de: 1) predicar el evangelio de Jesucristo a toda persona. 2) Utilizar todos los medios posibles de comunicación para difundir la palabra de Dios. 3) Abrir nuevas Iglesias. 4) Construir clínicas médicas. 5) Crear farmacias comunitarias. 6) Crear Centros de atención psicológica, Universidad secular y teológica (2 Timoteo 3:16). 8) Construcción de viviendas para las personas que las necesiten de nuestra iglesia cristiana la Vid Verdadera. 9) Promover la organización y participación de la congregación en cursos, campañas, talleres, la edificación espiritual.
Por todo lo antes relacionado solicito a someter a consideración del Honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el Plenario, y luego enviada a la Comisión respectiva para su Dictamen y para su posterior aprobación.
Atentamente,
JUAN RAMÓN JIMÉNEZ
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN “IGLESIA CRISTIANA LA VID VERDADERA”, la que puede abreviarse “FUVIDRA”,
de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida, con domicilio en Managua, Departamento de Managua.
Arto.2
La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto.3
La FUNDACIÓN “IGLESIA CRISTIANA LA VID VERDADERA”, la que puede abreviarse “FUVIDRA”,
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas de carácter civil sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto.4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ DRA. ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
PRESIDENTE PRIMER SECRETARÍA