Managua 15 de Diciembre 2012.-
Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
.
Secretaria Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Secretaria:
Por este medio le estoy Adjuntando a la presente iniciativa de Personería Jurídica
“FUNDACIÓN MINISTERIO CRISTIANO NUEVA VIDA” ( FUMINUVI),
con domicilio en la ciudad de
LEÓN,
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos, Decreto. más archivo digital .
Solicito se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente de acuerdo a lo establecido a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y la Constitución Política para su posterior aprobación por el Plenario.
Atentamente.
LUIS ALBERTO SOMARRIBA PASOS
Presidente
Cédula No 281-120643-0007B
Managua, 15 de Diciembre 2012
Doctora
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho.
-
Estimado Secretaria:
Adjunto estoy remitiendo iniciativa de Personería Jurídica
“FUNDACIÓN MINISTERIO CRISTIANO NUEVA VIDA” ( FUMINUVI),
con domicilio en la ciudad de
LEÓN,
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos, Decreto. más archivo digital .
Solicito se le dé a esta iniciativa el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.
Por su fina atención, quedo agradecido.
Atentamente,
JOSÉ RAMÓN SARRIÁ MORALES
Diputado
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 15 de Diciembre 2012
RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.
-
Honorable Presidente Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Artículo 138 de nuestra Constitución Política y Ley Orgánica del Poder Legislativo, basado en la Ley 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro" presento la solicitud para la denominada
“FUNDACIÓN MINISTERIO CRISTIANO NUEVA VIDA” ( FUMINUVI).
Fundamentación
L
a Fundación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:
1) Dar servicio al pueblo de Nicaragua en general tanto en el ámbito urbano como rural, dirigido a propagar el mensaje de salvación del evangelio de Jesucristo.
2) Evangelizar, predicar y enseñar la palabra de Dios y el evangelio de nuestro señor, rey y Salvador Jesucristo, a través de todo tipo de medios escritos, audiovisuales.
3) Estructurar, organizar y proyectar ministerios cristianos evangelisticos al servicio del Señor Jesucristo, con la finalidad de predicar y enseñar la palabra de Dios en comunidades rurales y urbanas de la sociedad nicaragüense, pudiendo dirigir estas actividades a poblaciones de todo el mundo.
4) Iniciar y construir templos cristianos evangélicos, seminarios, institutos bíblicos, bibliotecas, librerías, teatros, centros de convenciones dedicados al servicio del señor Jesucristo, con el fin de predicar la palabra de Dios.
5) Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, quirúrgicas especializadas, centros médicos de rehabilitación social para adictos a las drogas y todo tipo de sustancias tóxicas para el ser humano, alcohólicos, tabacómanos, prostitutas, lesbianas, homosexuales, heterosexuales, bisexuales, huérfanos, minusválidos, menesterosos, desprotegidos y otros tipos de personas rechazadas por la sociedad.
6) Organizar y construir centros de estudios cristianos evangelisticos, para la educación de la sociedad nicaragüense, en comunidades rurales y urbanas tales como: preescolar, primaria, secundaria,
7) Crear comedores infantiles en los mercados, centro de estudios menores de quince años en todo el territorio nacional.
8) Publicar la palabra de Dios y el mensaje de salvación del evangelio de nuestro rey y señor Jesucristo a través de la radio, televisión, grupos musicales de alabanza y adoración, artistas de teatros, publicaciones escritas, propagandas en volantes, folletos, revistas, periódicos, boletines, libros y literatura cristiana evangelista.
El domicilio principal de la entidad será el municipio LEÓN, Departamento de LEÓN, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua y su duración es por tiempo indefinido.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
JOSÉ RAMÓN SARRIÁ MORALES
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1- Otórguese Personalidad Jurídica a la
““FUNDACIÓN MINISTERIO CRISTIANO NUEVA VIDA” ( FUMINUVI),
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio del Departamento de LEÓN.
Arto. 2- La representación de esta
FUNDACION
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.
Arto.3.
“FUNDACIÓN MINISTERIO CRISTIANO NUEVA VIDA” ( FUMINUVI),
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la de la República.
Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil doce
RENE NUÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional