Managua,
lunes 18 de febrero del 2013
Lic. ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
Primer Secretario
Junta Directiva, Asamblea Nacional
Sus manos:-
Muy estimada Lic. Palacios Benavidez:
-
Con motivo de la constitución de la
FUNDACION CENTRO DE ADORACIÓN FAMILIAR A JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO”,
y con el objetivo de cumplir los trámites de legalidad de la misma, de conformidad con los Artos. 7, 9 y 10 de la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 102, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta Honorable Primer Secretaría de la Asamblea Nacional, la solicitud de Personería Jurídica de la Fundación antes mencionada.
De conformidad con la Ley N° 147, nuestra Escritura Constitutiva y Estatutos de la
FUNDACION CAF JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO”,
solicitamos la inclusión en el orden del día para la próxima sesión de Plenario de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personalidad Jurídica a la
FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACION CAF JESUCRISTO”,
con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua, constituida de conformidad a las Leyes de la República de Nicaragua, a la una de la tarde del día lunes dieciocho de febrero del año dos mil trece, ante los oficios notariales del Doctor
Germán Eduardo Jáenz Somarriba,
compuesta de
ocho
hojas de papel sellado de ley.
Aprovecho la ocasión para reiterarles las muestras de consideración y estima así como su atenta gestión para la pronta aprobación de nuestra Personalidad Jurídica.
Atentamente,
DAVID ANTONIO RUIZ ESPINOZA
Presidente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, lunes 18 de febrero del 2013
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE, Junta Directiva,
Asamblea Nacional
Su Despacho:-
Señor Presidente:-
El suscrito Diputado, Representante ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, con fundamento en el inciso 5, del Arto. N° 138 y 140 Cn; y del inciso 2, del Arto. N° 14, y los subsiguientes Artos. Nº 90, 91, 152, 153 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua; y en la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 102, del 29 de Mayo de 1992, presenta ante la Primer Secretaría de este Poder del Estado, la solicitud de otorgamiento de la Personalidad Jurídica a la
FUNDACION CENTRO DE ADORACIÓN FAMILIAR A JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO”,
sin fines de lucro y del Municipio de Managua, Departamento de Managua, constituida de conformidad con las Leyes de la República de Nicaragua en Escritura Pública Número 36, del día lunes dieciocho
de Febrero
del año dos mil Trece, otorgada ante los oficios notariales del Doctor
Germán Eduardo Jáenz Somarriba.
La Fundamentación de esta Fundación, se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:
A).- Predicar,
el Santo Evangelio del Señor, a tiempo y fuera de tiempo, en todas las comunidades del país, a través de cualquier medio de comunicación escrito, radial y televisivo posible, con el debido permiso de las autoridades competentes, y que sirvan para la provisión de una palabra de fe y esperanza a la población necesitada de ella.
B).- Apoyar,
a las Iglesias Evangélicas, Misioneros y Ministerios Cristianos en el país, a la construcción de sus Templos, Capillas y Tabernáculos para la Adoración al Señor, así como al uso múltiple que tengan para la ejecución de actividades de desarrollo social en las comunidades pobres, así como la edificación de sus propias infraestructuras religiosas que sirvan para el área social como eclesial.
C).- Realizar,
todo tipo de eventos religiosos públicos y masivos, (Vigilias, Campañas Evangelísticas, Concentraciones al aire libre, Conciertos de Alabanza y Adoración, etc…), que tengan como finalidad, la propagación de la Santa Palabra del Señor, así como la Conversión de más Almas para Dios.
D).- Realizar,
todo tipo de acciones conducentes a la consolidación de la Unidad Pastoral en todo el territorio nacional, en función de una visión de ayuda mutua de todas las Iglesias y Ministerios en el país.
E).- Ejecutar,
todo tipo de acciones, programas y proyectos que sirvan para la formación, educación y capacitación Bíblica y Teológica de las personas en general, así como de los Líderes, Pastores y Misioneros en todo el país, que estén fundamentados en los cinco Ministerios Bíblicos, (Maestros, Pastores, Apóstoles, Evangelistas y Profetas).
F).- Impulsar,
Todo tipo de programas, proyectos y actividades que lleven como finalidad, la promoción del respeto al Derecho Público y Privado, así como la defensa de los Derechos Humanos en el campo y en la ciudad.
G).- Impulsar,
todo tipo de acciones, programas y proyectos que sirvan para la atención especial a personas de la tercera edad, (Asilos de Ancianos, Casa-Hogares para la Tercera Edad, etc), que son abandonados por las familias que no tienen posibilidades económicas para su manutención.
H).- Promover,
en las familias y pobladores de las comunidades urbanas y rurales de la región, un mejor nivel de organización comunitaria y participación cívica y ciudadana que les permita el desarrollo directo como actores y protagonistas de su propio desarrollo personal, social y comunitario.
I).- Crea,
proyectos y programas de formación y capacitación técnica y vocacional que estén enfocados hacia el incremento de los niveles educativos de las personas analfabetas, conducentes a un mejor nivel de participación ciudadana y movilización social fundamentados en la apropiación de mejores valores humanos y principios éticos.
J).- Desarrollar,
un conjunto de programas de desarrollo técnico y vocacional, a través de la implementación de Talleres de Manualidades, así como el fomento de la Música Ecológica, Arte, Documentales, Deporte, Costura, Artesanía Reciclable y Cultura en general, que incremente el desarrollo auto sostenible de la región para la superación socio-económica de las familias nicaragüenses, en coordinación con las autoridades locales y nacionales.
K).- Impulsar,
un conjunto de proyectos y programas auto sostenibles ante la comunidad donante y cristiana en el país, para el apadrinamiento de niños, niñas adolescentes y jóvenes en pobreza extrema, para la superación de los niveles educativos, y la disminución del desempleo y la pobreza en el país.
L).- Promover,
a nivel regional y nacional, campañas masivas para la protección y conservación de nuestra biodiversidad, flora y fauna natural nicaragüense, que lleve como ejes transversales la apropiación de nuevos valores humanos, cristianos, educativos, solidarios y sociales, como fundamentos éticos inherentes a la vida social de las personas en el país.
M).- Impulsar,
en la región y a nivel nacional, Estudios, Sondeos, Encuestas, Publicaciones, Diagnósticos, Sociales, Económicas y de Seguimiento a las Políticas Públicas, que cuente con un enfoque de preservación, auto conservación y buen uso racional de los recursos naturales en el país para un mejor aprovechamiento como sociedad.
N).- Ejecutar,
programas intensivos y especializados de educación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidades diferentes que coadyuve a la erradicación y a la disminución de los niveles de analfabetismo de las personas que no tienen el acceso necesario en el sistema educativo formal, en conjunto con las instituciones correspondientes.
O).- Impulsar,
de una manera objetiva y racional, programas y proyectos especiales de viveros e invernaderos comunitarios que facilite la implementación de mejores procesos de reforestación y rescate medio ambiental, en el hábitat nicaragüense, en las zonas en vías de deforestación, para el beneficio de las familias más pobres en las comunidades a través de ayuda de la comunidad donante nacional e internacional.
P).- Gestionar,
programas de becas escolares, técnicas y universitarias, nacionales e internacionales, para el beneficio de las familias de muy escasos recursos económicos y con precariedad social, en las comunidades de la región a través de diagnósticos socio-familiares.
Q).- Fomentar,
programas y proyectos de formación y desarrollo deportivo y cultural, que potencialicen de esa manera sus cualidades y talentos individuales y colectivos, a través de escuelas de entrenamiento y formación de talentos, que beneficien a los niños, niñas adolescentes y jóvenes en general en las zonas urbanas y rurales de la región, para la mejora de su autoestima personal y la superación de sus niveles de vida grupal.
R).- Impulsar,
proyectos de autogestión y financiamiento, de una manera auto-sostenible que apadrinen los planes de trabajo enfocados hacia la mejora y la calidad de vida de las comunidades más vulnerable y empobrecidas en el país.
S).- Gestionar,
todo tipo de ayuda humanitaria y solidaria para familias de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en extrema pobreza, tanto urbana como rural, en la región, que les ayude a la superación de sus niveles y condiciones de vida, así como a la conservación del medio ambiente, con un sentido de empoderamiento social.
T).- Suscribir,
alianzas, hermanamientos, intercambios y convenios de cooperación interinstitucional, a nivel nacional e internacional, que sirvan para el apoyo y el acompañamiento de los programas y proyectos realizados por la Fundación.
U).- Promover,
a nivel de la región y nacionalmente, en conjunto con las autoridades competentes, diversos programas y proyectos en salud educativa, ecológica, deportiva y cultural, etc. que le permita a las comunidades urbanas y rurales, la obtención de un mayor beneficio familiar en el menor tiempo posible.
Por lo antes expuesto, pido sea sometida a consideración de los Honorables Representantes de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen, y posteriormente sea acogida y aprobada por el Plenario para su posterior aprobación.
Atentamente,
AGUSTÍN ARMANDO JARQUIN ANAYA
Diputado
DECRETO A.N. N°_______________
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO:
Arto. 1
Otórgase Personalidad Jurídica a la
FUNDACION CENTRO DE ADORACIÓN FAMILIAR A JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO”,
Fundación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2
La representación legal de esta
FUNDACIÓN
será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3
La
FUNDACION CENTRO DE ADORACIÓN FAMILIAR A JESUCRISTO,
la que puede abreviarse como
“FUNDACIÓN CAF JESUCRISTO”,
está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los________días del mes de______________________del año dos mil Trece.-
Ing. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
, Presidente de la Asamblea Nacional.-
Lic. ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVÍDEZ
, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto
: Publíquese y Ejecútese, Managua,__________de______________________del año dos mil Doce.-
DANIEL ORTEGA SAAVEDRA
, Presidente de la República.